La Sala Constitucional nombró a los rectores la noche de este 12 de junio, pese a que es la Asamblea Nacional es el Poder encargado de hacerlo, esto de acuerdo con la Ley Orgánica de Procesos Electorales

Cinco nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) fueron designados este viernes 12 de junio por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), afín al régimen de Nicolás Maduro, pese a que —de acuerdo con Ley Orgánica de Procesos Electorales— es la Asamblea Nacional (AN)  la que está facultada para hacer dicho nombramiento.

La Sala Constitucional del Poder Judicial fue la encargada de develar los nombres de los funcionarios que tendrán la responsabilidad de velar por los comicios electorales que se efectúen en los próximos siete años. Se trata de: Indira Maira Alfonzo Izaguirre, como rectora principal y presidenta del máximo ente comicial; Rafael Simón Jiménez Melean, como rector principal y vicepresidente del CNE; Tania D’Amelio Cardiet, como rectora principal; Gladys María Gutiérrez Alvarado, como rectora principal y José Luis Gutiérrez Parra, como rector principal.

¿Qué dice el gobierno interino?

Tras conocerse la designación de los nuevos rectores, fuentes del gobierno interino consultadas por El Diario aseguraron que los partidos del G4 (Voluntad Popular, Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, Acción Democrática), partidos minoritarios y junta directiva de la AN, mantienen el respaldo a la ruta establecida por el presidente interino, Juan Guaidó para lograr el cese de la usurpación.

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¿A quiénes reemplazan los nuevos rectores designados por el TSJ?

A Tibisay Lucena Ramírez (Presidenta), Sandra Oblitas Ruzza (Vicepresidenta), al rector Luis Emilio Rondón González y a la rectora Socorro Elizabeth Hernández Hernández. Tania D’Amelio mantiene su cargo como funcionaria dentro del Consejo Nacional Electoral.

¿Cuánto tiempo deberán cumplir con sus funciones los nuevos rectores?

La ley electoral establece que los integrantes del Poder Electoral permanecerán en funciones durante siete años. Además, indica que estos rectores deben ser elegidos por separado. Los tres postulados por la sociedad civil son ratificados al inicio de cada período de la Asamblea Nacional, y los otros dos a la mitad del mismo.

¿Por qué el TSJ designó a los rectores del CNE?

El 5 de junio el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) publicó una sentencia en la que declaró que existía la omisión legislativa por parte de la Asamblea Nacional que obstaculiza su labor de designar a los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).

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La decisión fue la respuesta a un recurso que introdujo el día anterior Felipe Mujica, secretario del partido Movimiento Al Socialismo (MAS) y otros integrantes de la mesa de diálogo que impulsa el régimen de Maduro. 

El 9 de junio, durante su sesión ordinaria, la Asamblea Nacional restó importancia a la sentencia y aseguró que mantendría en funciones al Comité de Postulaciones que nombraron para elegir nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Posteriormente, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó al Comité de Postulaciones Electorales de la Asamblea Nacional entregar la lista de los preseleccionados como rectores al Poder Electoral, para ello les dio un plazo de 72 horas que no fue acatado por el Parlamento. 

Ángel Medina, presidente del Comité de Postulaciones, explicó que no podían enviar los nombres de los posibles aspirantes porque aún no se ha realizado una convocatoria pública para dar con estos candidatos. 

Esta no es la primera vez que el TSJ declara la omisión legislativa del Parlamento para hacerse cargo de los nombramientos. En 2014 sucedió luego de que oposición y oficialismo no lograran consenso para la selección. Mientras que en 2016 la decisión se debió al supuesto desacato en el que aún incurre el Parlamento. 

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¿Qué es el Comité de Postulaciones Electorales de la AN y quiénes lo integran?

La ley de Procesos Electorales refiere que el Comité de Postulaciones Electorales es el órgano encargado de convocar, evaluar, seleccionar y presentar ante la plenaria de la Asamblea Nacional las listas de las candidatos calificados para estar al frente del Poder Electoral. 

Bajo esta premisa, el 20 de febrero de este año 21 personas fueron seleccionadas para conformar el Comité de Postulaciones Electorales de la AN. Se trata de 11 diputados (entre opositores y oficialistas) y 10 representantes de la sociedad civil. 

Los diputados opositores seleccionados fueron: Ángel Medina (PJ), Luis Aquiles Moreno (AD), Piero Maroun (AD), José Gregorio Graterol (PJ), Olivia Lozano (VP) y Stalin González (UNT).

Los representarán de la bancada oficialista son: William Gil (PSUV), Nosliw Rodríguez (PSUV), Jesús Montilla (PSUV), Julio Chávez (PSUV) y Franklyn Duarte, quién es disidente de Copei.

¿Qué dice el presidente Juan Guaidó sobre la designación?

El presidente interino, Juan Guaidó, aseguró que la designación de los rectores por parte del TSJ obstaculiza la posibilidad de condiciones para lograr una salida a la crisis.

En días pasados, durante una entrevista exclusiva para El Diario, Guaidó confirmó que habían “contactos informales” entre representantes de Maduro y representantes de la AN en el marco de la designación de las nuevas autoridades electorales del CNE.

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El mandatario dejó claro que no reconocerá ningún CNE que no sea designado por la AN, la cual, dijo, es la única facultada para hacerlo. 

Lo hemos dicho y lo mantenemos, y se lo hemos dejado claro a todo el mundo. La única institución que puede nombrar al CNE y que garantiza que tenga reconocimiento nacional e internacional es la Asamblea Nacional. La dictadura puede intentar repetir cualquier fraude y puede intentar tal vez hacer lo mismo que hicieron en 2018 y el resultado será igual para ellos”, expresó.

¿Cómo debería efectuarse el correcto nombramiento de los rectores? 

La ley de Procesos Electorales establece que la Asamblea Nacional es el poder que designa a los nuevos rectores del CNE a través de un Comité de Postulaciones que debe estar conformado por diputados y representantes de la sociedad civil, quienes son los encargados de evaluar a los aspirantes. 

Finalmente, en una sesión y con el voto de las dos terceras partes de los parlamentarios, se selecciona a los cinco rectores del Poder Electoral.

Sin embargo, en los últimos 20 años este proceso lo ha realizado en cuatro ocasiones (2003, 2005, 2014 y 2016) la Sala Constitucional del TSJ, no el Parlamento. 

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