El reconocimiento constitucional y legal de los derechos de los pueblos indígenas.

En diciembre pasado se cumplieron dos décadas de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), cuyo capítulo VIII sobre los derechos de los pueblos indígenas significó uno de los más importantes paradigmas en Venezuela. En especial para sus pueblos originarios, pero también para Latinoamérica, pues vieron en nuestro modelo un ejemplo a seguir sobre el pluralismo jurídico que empezó a discutirse y desarrollarse en el mundo a partir de finales de 1980. 

Venezuela inició con mucha fuerza su constitucionalismo indígena, con sólidos movimientos de base, quienes a través de sus organizaciones y representantes legítimos redactaron el capítulo referido a los derechos y garantías constitucionales de los pueblos indígenas. Se trató de una demanda histórica, una demanda que por primera vez fue cristalizada a través de nuestro pacto social de 1999 y en 2005 fue desarrollada amplia e integralmente en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (Lopci) y demás leyes específicas en lo sucesivo. No cabe duda de que en el plano constitucional y legal, Venezuela fue (y es) vanguardia en el reconocimiento de los derechos indígenas, pero lamentablemente solo se trata del reconocimiento, no de su respeto, garantía y efectiva materialización.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como esperanza de los pueblos indígenas

La CRBV significó la esperanza histórica de los pueblos indígenas de nuestro país, donde sus expectativas no solo se vieran reivindicadas en el texto fundamental, sino en su efectiva garantía y cumplimiento. Siendo sincero, desde 1999 hasta al menos el año 2010, hubo interesantes avances en los derechos indígenas y su efectivo cumplimiento. Se crearon instituciones e instancias donde los pueblos indígenas se vieron identificados en la atención y solución de sus demandas específicas. Algunos de esos avances fueron las políticas y programas de salud indígena, la creación de la Comisión de Demarcación de Tierras y Hábitat Indígenas, la Jurisdicción Especial Indígena, el reimpulso de la Educación Intercultural Bilingüe, el reconocimiento y desarrollo de sus derechos sociales y culturales, las formas propias de organización político-social; además, la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas, entre muchos otros derechos contenidos en la CRBV. Fue una época de mucho dinamismo en el contexto indígena, que indicaba un franco desarrollo y materialización de sus demandas.  

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El declive de los derechos indígenas

Lamentablemente al día de hoy, la garantía y cumplimiento de estos derechos no está en la agenda del Estado, posiblemente porque ello significa un conflicto de intereses con su proyecto político-desarrollista, al referirnos a su modelo de desarrollo extractivista o sencillamente por el agotamiento del discurso y políticas indigenistas, aunado a la desaparición de movimientos indígenas con agendas autónomas, propias y no impuestas por la política partidista.

De las políticas e instancias creadas en los primeros años de la CRBV, hoy ninguna tiene indicadores positivos, inclusive, ninguna está en regular funcionamiento. Los diferentes programas de salud indígena, como por ejemplo el Plan de Salud Yanomami en Amazonas o el Plan de Salud Delta en Delta Amacuro al día de hoy son inexistentes, a pesar del importante éxito que tuvo en su época de funcionamiento y cobertura sanitaria de esas poblaciones de especial atención. Por ello no es casual que actualmente los indígenas  yanomami y warao tengan los peores indicadores de salud del país en cuanto a malaria, oncocercosis, tuberculosis, sarampión, enfermedades epidérmicas y gastrointestinales, parasitosis, desnutrición, VIH (población Warao), entre otros padecimientos. También sufren los desplazamientos forzados hacia los países vecinos en busca de atención sanitaria y alimentación en los refugios para tal fin, como lo refieren los tres informes de 2019 de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh), Michelle Bachelet. 

Al igual que la desaparición de los programas sanitarios interculturales, la Comisión de Demarcación de Tierras y Hábitat Indígenas, órgano dependiente de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República, desde el año 2005 se encuentra sin funcionamiento. Por consiguiente los procesos de demarcación de las tierras indígenas y las respectivas titulaciones colectivas se encuentran paralizadas. Según el Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas de la Universidad de los Andes (GTAI), solo 12% de las tierras indígenas del país han sido tituladas; sin embargo, sigue indicando GTAI que dichas titulaciones no han sido conforme a las expectativas o autodemarcación de las propias comunidades involucradas. 

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Esta situación (la no titulación) no debe entenderse de manera aislada, sino como un mecanismo de acceder o despojar de manera menos compleja las tierras indígenas para actividades extractivistas por parte del Estado y sus operarios, como en efecto hoy está ocurriendo en los estados Bolívar y Amazonas. El primero a través de un decreto espurio (Decreto 2.246 A.M.O) violatorio de una serie de derechos indígenas y ambientales, y en el segundo caso, de facto, pues a pesar de estar en plena vigencia el Decreto 269 del año 1989, que prohíbe toda actividad minería metálica en el estado Amazonas, dicha actividad se practica de manera ilegal y además con la omisión y opacidad del Estado venezolano.

La necesidad de movimientos y organizaciones indígenas autónomas

En momentos tan críticos como los que hoy padecen los pueblos indígenas es donde deben emerger movimientos fuertes y autónomos en la demanda de sus derechos. En el periodo político pasado, sin absolutamente ninguna figura constitucional o legal sólida sobre los derechos indígenas, surgieron  movimientos indígenas fuertes que hicieron posible, con la ayuda del proceso político de 1998, escribir su propio catálogo de derechos indígenas en la CRBV. 

Hoy, con todo este complejo de normas constitucionales y legales en favor de los indígenas, se evidencia un estruendoso silencio por parte de la mayoría de esos movimientos ante la violación sistémica de sus derechos. Aquellas importantes organizaciones indígenas surgidos entre 1980 y 1990, que fueron víctimas de la exclusión e invisibilización como pueblos con características identitarias específicas y, en consecuencia, de un proceso asimilacionista, en su mayoría hoy son indiferentes ante una realidad evidente.

Es pertinente decir que ese estruendoso silencio se debe a que esos movimientos fuertes y demandantes en su momento, hoy son gobierno o parte de él, razón por la cual en la mayoría de los casos permanecen inmutados ante una clara y evidente realidad, que se refleja en las pésimas condiciones de vida que encarnan estas poblaciones de especial situación de vulnerabilidad, que además tuvo que ser conocida en nuestro país y el mundo a través de los informes la Acnudh, y no por la denuncia clara y sin ambages de estos movimientos que hoy merecen ser revisados a sí mismos.

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Lamentablemente en la mayoría de los casos, por esta razón, no hay agenda propia y autónoma que garantice las legítimas demandas que hoy reclaman los pueblos indígenas de Venezuela, que a decir en el informe de Acnudh, “son la población más vulnerables del país y con la más crítica tasa epidemiológica y otras condiciones sociales”. 

El gobierno nacional y sus figuras descentralizadas en las regiones indígenas en vez respetar sus formas específicas de vida a través de programas interculturales o fortaleciendo sus modelos de desarrollo propio, que garanticen su subsistencia como pueblos con culturas específicas, se han dedicado a cooptarlos con fines político partidistas y electorales. Con poca importancia de los graves daños que se están generando. No por casualidad los procesos de cooptación y el paternalismo estatal tienen una estrecha relación con los casos de desnutrición que padece la mayoría de las comunidades indígenas de Amazonas, por decir lo menos.

Mi experiencia en comunidades indígenas de Amazonas

Desde mi modesta y muy emotiva experiencia en investigaciones de campo y documental sobre las condiciones sociales de los pueblos indígenas, sus territorios y su situación ambiental, he corroborado en cada comunidad visitada sus realidades, que cada día se agravan. Antes se trató de no reconocerle como indígena, como diferente; hoy se trata de negarles sus territorios, el derecho a la educación propia, sus actividades económicas tradicionales, su salud y su vida. Todo ello vinculado transversalmente a la invasión y despojo de sus tierras para actividades extractivistas de minerales, donde los propios indígenas son víctimas de esclavitud, en algunos casos forzados y, en otros, “voluntariamente” al cerrárseles todas las alternativas ante esta actividad impuesta por grupos irregulares en anuencia o sociedad con el Estado, y además, por cercenárseles las oportunidades de desarrollo individual y comunitario que venían practicando ancestralmente. 

Frecuentemente recuerdo una de mis más duras experiencias en comunidades indígenas, que acostumbro a visitar para mantener el contacto directo con las realidades y los muchos padecimientos sociales de sus miembros. En enero de 2019, mientras visitaba la Comunidad Huöttöja “Pozo Terekay”, en el río Alto Ventuari del municipio Manapiare del estado Amazonas, conversando con su capitán Carlos Pérez y dos jóvenes maestros del sector, me informaban sobre el fallecimiento de cinco personas a causa de malaria en el reciente periodo de un año. Me generó impacto saber que dos de los fallecidos: Florencio Pérez, de 64 años, y Alberto Pérez, de 41, eran padre e hijo. Más tristeza me causó el fallecimiento de tres niños: dos hembras y un varón, el varón de 5 años era hermano de la niña de 13.

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Lamentablemente esta experiencia no se trata de un caso especial o aislado, sino de una de las tantas realidades presentes en los siete municipios del estado Amazonas. Una entidad en la que los impactos socioambientales de la minería y desatención gubernamental, se expresa de esta dramática forma, a través de la salud y la vida de la gente, en este caso de los más vulnerables en la pirámide social.

Concluyo con uno de los temas de mayor importancia y empeño de mi parte como investigador de derechos indígenas: la salud. Enfatizando que los indicadores sanitarios de los pueblos indígenas, desde mi perspectiva analítica, siempre se enfocarán desde una visión integral de la calidad de vida y desarrollo humano. Esto significa que la articulación sistémica de otros indicadores: seguridad alimentaria propia, disponibilidad de servicios mínimos, capacidad resolutiva de atención sanitaria, seguridad de los modelos socioproductivos autóctonos, acceso a un sistema educativo propio, entre otros, son fundamentales para aproximarnos a definir la salud y la calidad de vida, como un valor y no estrictamente como la ausencia de enfermedades.

A 20 años de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que fue la esperanza histórica de los pueblos indígenas de nuestro país, vale dejar que la realidad presente sea el indicador que juzgue su estado de cumplimiento, así como a los actores políticos encargados de su garantía.

Luis Betancourt Montenegro
Investigador de Derechos Indígenas.
Coordinador del Grupo de Investigaciones sobre la Amazonía (GRIAM).

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