• Las resoluciones emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), afín al régimen de Nicolás Maduro, en las que se ordena el cierre de los tribunales durante el confinamiento, ha afectado el estatus judicial de las personas que se encuentran privadas de libertad

Desde que el régimen de Nicolás Maduro anunció el decreto de cuarentena por el covid-19 en Venezuela, se ha acentuado el retardo procesal, una problemática que se sortea desde hace años en el sistema penitenciario del país  y que genera más angustia para los privados de libertad y sus familiares.

Carolina Girón, directora del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), explicó para El Diario que el sistema de justicia en Venezuela está paralizado “prácticamente” desde el 16 de marzo, fecha en la que iniciaron las medidas de confinamiento por la pandemia.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), afín al régimen de Nicolás Maduro, ha emitido seis resoluciones desde el inicio de la cuarentena en las que ordena el cierre de los tribunales. Solo quedarán habilitados los juzgados de urgencias. La última sentencia, emitida el 12 de agosto, estará vigente hasta el 12 de septiembre.  

Aunque no define una fecha específica, Girón detalló que el retardo procesal se ha venido presentando mucho antes de la llegada del coronavirus al país. Sin embargo, la pandemia ha acentuado esta paralización.

Procesado. Persona que no tiene sentencia pero esta en una etapa procesal. Puede estar siendo investigado, a la espera de un juicio y puede o no estar en libertad.

Para el año 2019, 26.670 reclusos en el país se encontraban bajo el estatus de procesados, mientras que 16.364 se encuentran cumpliendo pena. Esto equivale a 61% de procesados y 39% de penados en el sistema carcelario de Venezuela, según cifras del Informe 2019 del OVP.

Penado. Es la persona que tiene sentencia firme y está cumpliendo una pena en un centro penitenciario.

Sobre los procesados y penados

Girón señala que no hay cambios significativos con respecto a las cifras del año pasado. Desde que iniciaron las medidas de confinamiento, no se han emitido boletas de excarcelación ni se han celebrado audiencias, explica la directora de OVP. 

El debido proceso es un derecho previsto en la Carta Magna, en el artículo 26: 

Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, autónoma, transparente, independiente, responsable, equitativa y expedita”, reza el artículo.

Durante los cinco meses que ha durado la cuarentena en el país, los tribunales que se encuentran activos son los que atienden flagrancias, lo que deja en desamparo a las personas privadas de libertad que esperan una pena o boleta de excarcelación, explica Girón. 

El retardo procesal y el índice de hacinamiento en las cárceles ha llevado también a la sobrepoblación de los centros de detención preventivas o calabozos policiales. En estos lugares, explica Girón, más de 90% de los privados de libertad son procesados. Existen casos en los que los reclusos esperan durante más de tres años por una condena, siendo estos lugares centros de reclusión transitoria. 

El retardo procesal en Venezuela es una dramática que se acentúa en cuarentena
Foto: Cortesía.

Piden reactivar el sistema de justicia

Venezuela se encuentra en Estado de Excepción, pero esta medida no impide el funcionamiento de los Poderes Públicos. El artículo 3 de la Ley Orgánica de Estados de Excepción establece: “El decreto que declare los Estados de Excepción no interrumpe el funcionamiento de los Poderes Públicos(…)”.

Por esta razón el Observatorio Venezolano de Prisiones y la ONG Acceso a la Justicia emitieron un comunicado en conjunto en el que exigen la reactivación del sistema de justicia en el país.

Nos preocupa sobremanera que los sucesivos decretos de estado de alarma dictados desde el 13 de marzo se hayan convertido en una excusa para que el Estado venezolano no garantice el acceso a los órganos de justicia, el debido proceso y la libertad personal.”, reza el comunicado.

El caso de Douglas Rojas, un privado de libertad del Rodeo II (estado Miranda), quien falleció por tuberculosis el mismo día que debieron excarcelarlo, refleja la problemática. Debido a la enfermedad que estaba presentando, el OVP tramitaba una medida humanitaria. El 21 de agosto, día en que se cumpliría la fecha límite de su condena, los compañeros de celda de Rojas llamaron a la familia para informarle que había fallecido.

El retardo procesal no fue lo único que afectó a Rojas. El hambre, el hacinamiento y la falta de atención médica menguaron su vida. “Mi hijo murió de mengua y de hambre”, dijo su madre al observatorio. 

Familiares también a la deriva

La situación de los familiares es desesperada, ellos se sienten burlados. No consiguen respuesta en ningún organismo. Ya cuando acuden a nosotros es porque ellos han ido a todas partes. No hay ni siquiera compasión por ese ser humano”, comenta Girón.

Señala que la mayoría de los familiares que se enfrentan al retardo procesal son mujeres: madres, esposas o hijas que se encargan de velar porque su familiar reciba alimentos, medicinas, artículos de higiene, entre otros beneficios que el Estado no le facilita a los privados de libertad. 

Explica que los familiares acuden a los tribunales para obtener información acerca del estatus de los casos, pero no obtienen respuesta debido a que los tribunales no están despachando. Esta situación constituye una violación a los derechos humanos de los familiares, explica Girón, y una forma de maltrato institucional. 

El olvido se volvió una constante hacia los reclusos. Algunos esperan años por una respuesta judicial. En medio de la pandemia que azota a Venezuela y el mundo el panorama a futuro no es muy claro.

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