• El director de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, explicó para El Diario que la cifra mínima para exonerar a una persona del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) debería ser equivalente al precio de la canasta básica alimentaria, que en Venezuela se ubica en 294 dólares

A la crisis económica que atraviesa Venezuela y que ha pulverizado el poder adquisitivo del ciudadano común se le suma una preocupación adicional. Es el pago de impuestos que, en el contexto de la pandemia del covid-19, limita la actividad económica por las medidas de cuarentena. 

El lunes 1° de febrero, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) recordó el Decreto N° 4.420 -publicado en la Gaceta Oficial N° 42.049 del 18 de enero-. Esta resolución establece el monto a partir del cual se debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

Determinando el monto. u0022El valor actual de la Unidad Tributaria es de Bs. 1.500u0022.

La nueva norma solo exceptúa a aquellas personas naturales cuyo “enriquecimiento neto” gravable no supere las 5.000 unidades tributarias (U.T.) -es decir, 7.500.000 bolívares o poco más de 4 dólares- durante todo año fiscal de 2020. Quienes estén por encima de la cifra, sí deberán hacer el pago. 

¿Qué es el año gravable?

Es el periodo que comprende del 1° de enero al 31 de diciembre y en el cual cada ciudadano debe cumplir con sus compromisos tributarios acorde a sus ingresos producto de las actividades financieras que haya desarrollado.

¿Quiénes deberían pagar impuestos?

El director de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels, explicó para El Diario que el establecimiento de montos para el pago del ISLR está dentro de la normalidad institucional, pero considera ilógico y sin sentido que las personas que ganen menos del equivalente a la canasta básica familiar -que en diciembre fue de 294 dólares- deban pagar.

Las inconsistencias del cobro de Impuesto Sobre la Renta en Venezuela
Director de Acceso a la Justicia, Alí Daniels. Foto: comisionadoddhhv.org

En este sentido, señaló que el pago de impuestos se les deben exigir a quienes estén en condiciones de subsistir económicamente. Considera una “incoherencia” exigirle contribución a quienes sobreviven con un salario mínimo en Venezuela. 

Una diferencia. ISLR es la sigla que se emplea en Venezuela, mientras que ISR en el resto de los países debido a que no se toma en cuenta la u0022Lu0022 del artículo u0022lau0022.

El Decreto N° 4.420 establece que en el caso de los trabajadores promedio que hayan generado, por ejemplo, Bs. 30.000.000 en 2020, tendrán una exoneración de Bs. 7.500.000 y el resto (Bs. 22.500.000) se considera como enriquecimiento gravable. 

Asimismo, las personas que hicieron el pago del ISLR correspondiente al año fiscal de 2020 antes de que entrase en vigencia el Decreto N° 4.420, cuentan con un excedente que se les enviará para pagar el próximo año. 

Es decir, si el ISLR a declarar por parte de un ciudadano fue de 10.000 U.T. y pagó 12.000 U.T., las 2.000 U.T. restantes quedarán almacenadas para usarse en el próximo pago tributario. 

¿Los términos del ISLR violan los derechos de los ciudadanos?

Daniels considera que la forma en la que se establece este decreto afecta la economía familiar y, por ende, vulnera el derecho de toda persona a pagar impuestos de acuerdo con su capacidad tributaria. 

Este derecho está contemplado en el artículo 316 de la Constitución y dice que el Sistema Tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente, atendiendo al principio de progresividad. Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia.

En este sentido, considera que exigir una contribución a quien apenas puede subsistir “viola sus derechos humanos, porque se le está quitando al que no tiene”.

¿Los jubilados y pensionados deben pagar impuestos?

Ni los jubilados ni los pensionados deben pagar impuestos en vista de que no cuentan con una fuente de enriquecimiento propia, sino una renta amparada por la ley.

“Se entiende que su actividad económica no genera renta. A partir de allí, por vía conceptual, ellos están fuera de la exoneración”, explica el director de Acceso a la Justicia. 

El impuesto sobre la renta en otros países

El director de Acceso a la Justicia detalla que en la mayoría de países de América Latina se vincula el ISLR con el salario mínimo, que suele oscilar entre 250 y 300 dólares.

Sin embargo, no es comparable el caso de una persona que gana 300 dólares mensuales y paga un impuesto base, que en la mayoría de los casos es una cantidad fija, con el caso de una persona en Venezuela, donde puede estar ganando 20, 30 dólares cuando mucho. Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia.

Acceso a la Justicia explica que la exoneración del ISLR debería ser acorde a la suma del sueldo mínimo acumulado por todo un año gravable. Es decir, si el salario es de 300 dólares al mes, el total anual es de 3.600 dólares y partiendo de esa cifra es que se consideraría la exoneración de dicho impuesto.

Pero en Venezuela el sueldo base -Bs. 1.200.000 al mes- no llega ni a un dólar y aun así supera al año el monto mínimo establecido (Bs. 7.500.000) para que el trabajador deba pagar el ISLR. 

“El mayor empleador del país (el Estado) está pagando unos salarios de miseria que lo que hacen es incentivar a la corrupción de los funcionarios, obligándolos a pagar impuestos a pesar de que esos mismos salarios no alcanzan para el mínimo requerimiento de una familia”, dice Daniels, quien considera que “la desproporción es tan grande que no hay manera de justificarla”.

Artículo 91. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.

El covid-19 y sus consecuencias en el ISLR 

Como consecuencia de la pandemia, los venezolanos no solo han visto mayor complejidad para cubrir sus necesidades básicas por la disminución de las actividades económicas. Además deben enfrentar el pago del ISLR por enriquecimientos que no alcanzan para subsistir. 

Por ello, Daniels considera “increíble que a las personas a las que cada vez se les hace más complicado cubrir sus necesidades básicas (…), se les exija que paguen impuestos”. 

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