Todas las miradas están centradas hoy en la capital de México. Luego de un marcado fracaso de negociaciones anteriores, el último de ellos en Barbados hace dos años, todas las miradas se centran ahora en este nuevo intento para tratar de dar solución a la grave cris humanitaria y compleja vigente en Venezuela. Todo diálogo es importante en el contexto de un proceso coyuntural, el cual busca apostar a la cultura de la paz para resolver las controversias. Comenzó un nuevo diálogo entre la Administración de Nicolás Maduro y una Plataforma Unitaria de oposición, pero ¿qué puede significar este diálogo frente lo que se avecina internacionalmente?

Lo primero que debemos comentar es que un diálogo está sujeto a la resolución de un conflicto de carácter civil o político, pero dos partes no pueden negociar la inobservancia de una norma o de una ley. Mucho menos cuando se trata de normas y preceptos de carácter internacional, por ello es tan importante ver cómo se desarrolla el diálogo en México, que busca por un lado la solución pacífica de controversias, que pueda dar una salida pacífica y consensuada a la más grande crisis humanitaria del continente que ha llevado a casi 6 millones de venezolanos a un exilio forzado, y por el otro cómo afecta al mismo diálogo la presión internacional por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad por personeros de la Administración de Maduro.

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Pero, ¿en qué estado esta Venezuela actualmente? La misma viene sometida ya hace más de 20 años a un proceso de injusticia, en el que jueces, magistrados, fiscales y peritos se han encontrado a las órdenes de otro poder y así lo ha venido diciendo el relator especial para la independencia de jueces y magistrados, por la Organización de Naciones Unidas (ONU), Diego García-Sayan, exministro de Justicia y Relaciones Exteriores del Perú y exjuez de la Corte Interamericana de DD HH. En un comunicado con fecha del 1º de marzo de 2019, el relator exhortó a todas las instituciones estales a “respetar, promover y garantizar la independencia e imparcialidad de la judicatura, así como a que jueces y fiscales del país mantengan su independencia ante presiones indebidas y respeten la Constitución y los tratados de derechos humanos”.

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Esta aseveración hoy cobra mucha más relevancia, en razón de que un escrito de la e fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, fue desclasificado el 11 de agosto. En él se ratifica que hay bases razonables para creer que se cometieron crímenes de lesa humanidad bajo el mandato de Nicolás Maduro, por lo menos del 2017 en adelante; y que el sistema de justicia venezolano no actúa para sancionar a los perpetradores. El nuevo fiscal Karim Khan tiene la última palabra sobre lo que va a ocurrir con el caso denominado “Venezuela I”. Las conclusiones de su predecesora, la exfiscal gambiana, inclinan la balanza a favor del inicio de una investigación formal en contra de Maduro y altos funcionarios.

¿Qué son crímenes de lesa humanidad? son crímenes cometidos como parte de un ataque general o sistemático contra civiles en tiempo de paz o de guerra, que incluyen tortura, desaparición forzada, homicidio, esclavización, deportación y actos de violencia sexual y de género. Los delitos o crímenes de lesa humanidad son la máxima creación del derecho internacional, a través de lo que se ha dado en llamar derecho internacional penal. Estas construcciones, en principio de carácter académico y doctrinal, progresivamente se han enraizado en la dinámica internacional, a medida que los Estados han abrazado sus conceptos dentro de los tratados internacionales. Para ello los Estados han adoptado el Estatuto de Roma, instrumento de creación de la Jurisdicción Especial Penal Internacional, como lo es la Coste Penal Internacional, que solo por el principio de complementariedad cuando un Estado no puede o no quiere juzgar a los transgresores o perpetradores de delitos consagrados en dicho Estatuto, la CPI lo entra a juzgar. 

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Crímenes de lesa humanidad a lo largo de la historia:

19821983: Genocidio contra los mayas en Guatemala

1948-1992: Crimen del apartheid

1993: Limpieza étnica en la ex Yugoslavia

1994: Genocidio de Ruanda

2014: El ISIS en Siria

2021: Posible inicio de la fase de investigación del expediente “Venezuela I”.

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Sin duda podríamos destacar que la CPI ha dado un enorme paso al finalizar el examen preliminar. Recordemos que el proceso penal en la CPI consta de seis fases: A. Examen preliminar, B.Investigación, C.Juicio y condena, D.Apelación, E.Sentencia firme y F.Cumplimiento de la pena.

El inicio de una investigación formal es un avance significativo después de nueve años de inacción del primer fiscal de la CPI, Moreno Ocampo, quien recibió la remisión de denuncias que fueron desestimadas; y luego nueve años de un mandato de la exfiscal gambiana Bensouda, quien ya a solo días de dejar el cargo fue que emitió un pronunciamiento que hoy es público. 

Por ahora nada está totalmente escrito. Ni en la CPI ni en los diálogos. Solo podemos esperar que cada vez sean más elevados los estándares de derechos humanos en Venezuela, que la observancia de los mismos prive ante toda situación, y que los diálogos ayuden a transitar un camino de paz. Amanecerá y veremos. 

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