• Manuela es el nombre ficticio que se le dio a la mujer de El Salvador que buscó atención médica en 2008 por una emergencia obstétrica y fue condenada a 30 años de cárcel. Dos años después falleció por un cáncer no atendido adecuadamente mientras cumplía sentencia. La CIDH determinó la responsabilidad del Estado en la violación de los derechos humanos de esta mujer. Foto principal: Camilo Freedman

Trece años le llevó a la familia de Manuela obtener justicia. Ante la inacción de los tribunales de El Salvador, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró la responsabilidad del Estado en la violación de los derechos de esta mujer, quien fue condenada a 30 años de prisión por sufrir una emergencia obstétrica. 

La CIDH declaró el martes 30 de noviembre que el Estado de El Salvador es responsable internacionalmente por las violaciones a los derechos humanos contra Manuela. Se le señala de vulnerar su libertad personal, las garantías judiciales, igualdad ante la ley, el derecho a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, y a la salud. 

La decisión del organismo internacional sentó un precedente en Latinoamérica, donde en muchos países la interrupción voluntaria del embarazo sigue siendo un delito, con excepción de las causales aceptadas por cada país. Específicamente en El Salvador, el aborto es un delito en cualquier circunstancia. La misma restricción poseen Nicaragua, Honduras y República Dominicana.

Leer más  5 palabras aceptadas por la RAE con significados controversiales

La historia de Manuela

Manuela es el nombre ficticio que se le dio a la víctima para proteger su identidad real y su privacidad en medio del conflicto judicial que enfrentaba. De acuerdo con la sentencia de la CIDH, la mujer era analfabeta, de escasos recursos económicos y vivía en una zona rural.

El 26 de febrero de 2008 la mujer estaba embarazada y sufrió una caída que le generó un fuerte dolor pélvico que derivó en un aborto espontáneo. La madre de Manuela la encontró al día siguiente en su habitación, sangrando y pálida, por lo que decidió llevarla al hospital. 

Ingresó a la emergencia del hospital de la ciudad de San Francisco Gotera, donde el personal de salud observó que Manuela tuvo un “parto extrahospitalario, retención de placenta y desgarro perineal”, de acuerdo con los registros médicos. El diagnóstico fue que la mujer tuvo un cuadro de preeclampsia grave postparto y también anemia debido a la pérdida de sangre. 

El caso de Manuela, la mujer salvadoreña criminalizada por tener un aborto espontáneo
Mujeres salvadoreñas recuerdan y piden justicia por Manuela el 8 de marzo. Foto Colectiva Feminista

Los médicos hallaron evidencia física de un parto, pero no encontraron un feto, por lo que la médica que la atendió procedió a denunciar a Manuela ante las autoridades por la presunción de que se había realizado un aborto. 

La policía allanó la casa de Manuela al día siguiente y encontraron a un recién nacido muerto dentro de un pozo séptico. En ese momento, la mujer fue detenida “por el delito de homicidio en perjuicio de su hijo recién nacido”. Fue esposada a la camilla donde recibía tratamiento en el hospital y le asignaron un defensor público.

Leer más  Edmundo González: "Acepto la responsabilidad de ser el candidato de los que quieren un cambio electoral"

El 11 de agosto de 2008 el Tribunal de Sentencia de San Francisco Gotera condenó a Manuela a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado. “Primero, sabía de su embarazo y que este era producto de una infidelidad, pues era casada; por lo que teniendo capacidad de elección entre tenerlo, cuidarlo, alimentarlo y vivir por él como naturalmente lo haría cualquier madre biológica, optó por un comportamiento contrario a la naturaleza misma y a las exigencias del ordenamiento jurídico al que estamos sometidos, y así esperó dar a luz al bebé para luego deshacerse de él arrojándolo ella misma a la fosa séptica”, fue uno de los argumentos que usó el tribunal para condenar a Manuela.

En febrero de 2009, mientras cumplía sentencia, fue trasladada al hospital donde le diagnosticaron linfoma de Hodgkin con esclerosis nodular. De acuerdo con la sentencia de la CIDH, la víctima recibió tratamiento de forma inconsistente por parte del personal de salud.

Manuela falleció el 30 de abril de 2010 en el Pabellón de Reos del Hospital Nacional Rosales. Dejó huérfanos a dos niños. 

El caso de Manuela, la mujer salvadoreña criminalizada por tener un aborto espontáneo
AGRUPACIÓN CIUDADANA POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO

La violaciones a los derechos humanos que determinó la CIDH 

La CIDH detalló que la medida de prisión preventiva fue arbitraria y violó el derecho de presunción de inocencia en perjuicio de Manuela. Argumentó que la resolución no tuvo una motivación suficiente y su base legal fue contraria a lo establecido en la Convención Americana. También señala que la condena de 30 años fue desproporcionada. 

Leer más  ¿Cuáles son los partidos intervenidos por el TSJ que participan en las elecciones presidenciales?

Además, la Corte determinó que la defensa pública actuó en detrimento de los derechos e intereses de Manuela, dejándola en estado de indefensión. También hubo estereotipos de género durante la investigación. “La sentencia que condenó a Manuela incurre en todos los prejuicios propios de un sistema patriarcal y resta todo valor a las motivaciones y circunstancias del hecho. Recrimina a Manuela como si esta hubiese violado deberes considerados propios de su género y en forma indirecta le reprocha su conducta sexual”, dice la sentencia de la CIDH. 

La corte concluyó que el Estado de El Salvador falló al no garantizar el derecho a la vida de Manuela con la realización de exámenes médicos y tratamiento adecuado que evitaran que ella muriera por cáncer. 

En ese sentido el organismo internacional ordenó al Estado otorgar becas de estudios para los hijos de la víctima, tratamiento psicológico para los padres de Manuela, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, regular la obligación de mantener el secreto profesional médico y la confidencialidad de la historia clínica, desarrollar un protocolo de actuación para la atención de mujeres que requieran atención médica por emergencias obstétricas, entre otras.

No cabe duda que Manuela sufrió una emergencia obstétrica causada por la preeclampsia. La Corte resalta que las emergencias obstétricas, por tratarse de una condición médica, no pueden dar lugar automáticamente a una sanción penalu0022, dice la sentencia.

Situación de las mujeres de El Salvador

Según las organizaciones civiles de El Salvador, al menos 181 mujeres que sufrieron emergencias obstétricas han sido procesadas por aborto o por homicidio agravado en los últimos 20 años. 

Leer más  Sudeban: “Operaciones de Bancamiga se desarrollan con normalidad”

La CIDH afirmó en la sentencia que muchas mujeres se enfrentan a una pena de entre 30 a 50 años de prisión. Advirtió que la mayoría de las procesadas tienen escasos o nulos ingresos económicos, provienen de zonas rurales o urbanas marginales y tienen baja escolaridad. Puntualizó que es frecuente que las denuncias las realice el personal de salud que atiende a la mujer.

La CIDH condena al Estado de El Salvador en el caso de Manuela, una mujer criminalizada por sufrir una emergencia obstétrica. El Estado salvadoreño violó los derechos humanos de una mujer inocente”, dijo Erika Guevara Rosa, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

“Los hechos de Manuela ocurrieron en 2008, pero eso no le exime al actual gobierno de la responsabilidad de asumir y cumplir las medidas que le está mandando la Corte, esas son las reglas del sistema interamericano”, dijo Morena Herrera, activista salvadoreña durante una entrevista. 

Las organizaciones que colitigaron el caso ante la CIDH fueron el Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, con el acompañamiento de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto en El Salvador.

“Ganamos el caso de Manuela, queda demostrada su inocencia y se hace justicia por ella y por todas las que han sufrido lo mismo”, dijo Catalina Martínez Coral, directora regional del Centro de Derechos Reproductivos.

Noticias relacionadas