• La franquicia informó en un comunicado que no aceptarán pagos en divisas hasta obtener más información

La franquicia de comida rápida Arturo’s Venezuela informó este lunes 28 de marzo, que motivado a la incertidumbre generada por la aplicación de la nueva Ley de Impuestos a Grandes Transacciones Financieras (IGTF), suspendieron temporalmente la recepción de pagos en dólares en efectivo en sus restaurantes.

En un comunicado, la empresa indicó que la medida estará vigente hasta que tengan mayor información sobre el nuevo procedimiento.

IGTF: Arturo’s suspende la recepción de pagos en dólares en efectivo

Una gerente de la franquicia, quien prefirió mantener el anonimato al considerar que no está autorizada para brindar declaraciones, detalló para El Diario que los pagos en divisas están suspendidos en sus sedes debido a que necesitan saber cómo será el nuevo proceso para pagar el impuesto.

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Comentó que Arturo’s necesita adecuar su sistema para que cuando los clientes realicen pagos en divisas, sepan cómo se realizará el descuento del porcentaje del impuesto. En este sentido, sostuvo que mientras esperan instrucciones de las autoridades tendrán el cobro en divisas suspendido.

La empresa señaló que el servicio de delivery mantendrá todas las formas de pago disponibles, incluidos los que de hacen en divisas.

 “Les pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y nos mantenemos trabajando activamente para reactivar este servicio lo antes posible”, indicó Arturo’s en la misiva publicada en su cuenta de Instagram, la cual fue eliminada a dos horas de su publicación.

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IGTF: nuevo impuesto para los pagos en divisas

La Asamblea Nacional de mayoría oficialista aprobó en febrero de 2022 una reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, la cual le permitirá al Ejecutivo Nacional cobrar un impuesto a todos aquellos pagos realizados en divisas o criptomonedas.

La nueva legislación establece que los impuestos se determinarán en tres renglones dependiendo del tipo de moneda y transacción realizada. En tal sentido, quedaron agrupadas de la siguiente manera:

1) 0 % a 2 %: Todas aquellas transacciones realizadas en moneda nacional.

2) 2 % a 8 %: Todas las operaciones realizadas en divisas o criptomonedas (no emitidas por el Banco Central de Venezuela) que se lleven a cabo dentro del sistema bancario nacional.

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3) 2 % a 20 %: Todas las operaciones realizadas en divisas o criptomonedas (no emitidas por el Banco Central de Venezuela) que se realicen por fuera del sistema bancario nacional.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó a mediados de marzo una providencia administrativa en la que especifica cómo será el cobro del nuevo impuesto a las transacciones realizadas en moneda extranjera a partir del 28 de marzo de 2022.

En el texto, contenido en la Gaceta Oficial N°42.339, el organismo detalla que las facturas de las ventas, bien sea en dólares o en criptomonedas, deben reflejar el porcentaje correspondiente al nuevo tributo.

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El pago de dicho impuesto al Seniat se realizará de forma quincenal. A diferencia del pago del IVA que debe llevarse a cabo de manera semanal por parte de los comercios.

A fin de poder proceder al cobro del impuesto a las transacciones en dólares, los negocios también deberán adecuar sus respectivas máquinas fiscales. De esta forma puedan realizar el cálculo correspondiente.

Sin embargo, la Ley de las Grandes Transacciones Financieras y la reciente providencia publicada por el Seniat no aportan ningún tipo de información acerca de cómo se procederá en el caso de aquellas transacciones comerciales que impliquen pagos multimoneda.

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