Otorgaron libertad plena a los cinco activistas de Azul Positivo en el estado Zulia

Jackelin Díaz
Jackelin Díaz - Redactora
3 Min de lectura

Se adhiere a los criterios de

  • Los trabajadores humanitarios estuvieron más de 28 días presos en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) en 2021. Este martes un juzgado del estado Zulia decidió cerrar el caso

El Juzgado Cuarto del estado Zulia otorgó durante la mañana del martes 28 de junio una medida de sobreseimiento por el caso de criminalización de los cinco trabajadores de la organización no gubernamental (ONG) Azul Positivo. 

De esta manera, la sentencia dictada en el año 2021 contra los trabajadores humanitarios queda sin efecto, otorgándoles la libertad plena sin medidas cautelares.

Azul Positivo es una ONG encargada de atender y ofrecer orientación a personas diagnosticadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) en el estado Zulia. 

El proceso judicial fue irregular

Lisseth Mogollón, una de las abogadas del caso e integrante de Azul Positivo, indicó que no se cumplió el procedimiento regular de detención; pues los funcionarios solo contaban con una orden para allanar la sede de la organización. 

La abogada también señaló que de existir una investigación en contra de estas personas, no deberían estar detenidas en la sede del DGCIM de la entidad zuliana. “El arresto domiciliario sería lo más pertinente”, tal y como se dispone para delitos ordinarios. 

Detención a miembros de Azul Positivo: seis activistas serán procesados por la jurisdicción militar
Foto: Azul Positivo

Por el contrario, es un sistema cerrado donde si bien se utiliza una tarjeta que recibe fondos, no es un instrumento financiero ni tiene apoyo de ninguna entidad bancaria y solo permite a los usuarios adquirir productos en los comercios aliados a dicho programa.

Los integrantes de Azul Positivo tampoco pudieron comunicarse con sus familiares y los abogados.

Sobre los delitos imputados

Asimismo, un análisis publicado por la organización Acceso a la Justicia detalló que no existían fundamentos para imputar el delito de legitimación de capitales, pues solo es aplicable cuando el origen de los fondos es ilícito y se pretende esconder o aparentar que esos fondos son legales. En este caso, el dinero abonado en las tarjetas proviene de organismos de cooperación internacional. 

Sobre el uso fraudulento de tarjetas electrónicas, la organización aclaró que solo se incurre en este delito cuando se pretende incorporar registros o modificaciones de su cuantía. Acceso a la Justicia argumentó que la ONG ha identificado a sus beneficiarios; así como los comercios vinculados al programa humanitario, “por lo que no hay necesidad de manipular tarjetas ni alterar sus montos”. 

Jackelin Díaz
Jackelin Díaz - Redactora
3 Min de lectura