• La Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente establece las instancias a las que se debe acudir para denunciar casos de violencia contra niños y adolescentes

Organizaciones de derechos humanos denuncian que los niños, niñas y adolescentes (NNA) son las principales víctimas de la violencia por parte de sus padres, representantes o terceros. La organización no gubernamental (ONG) Centro Comunitario de Aprendizaje (Cecodap) destaca que esta violencia puede ser manifestada de forma física, psicológica, verbal, sexual, entre otras.

En este sentido, instan a las instituciones públicas a realizar campañas que exhorten a las personas a formular la denuncia sobre estos casos.

El Observatorio Venezolano de Violencia (OVV) precisa que las instancias primarias a las que se debe acudir frente a un caso de maltrato infantil son los Consejos de Protección del Niño, Niña y Adolescente, debido a que esos órganos están facultados por la ley para procesar cualquier situación que represente una agresión o vulneración de los derechos de los niños y adolescentes.

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¿A dónde acudir en caso de maltrato infantil?

El OVV indicó que los Consejos de Protección del NNA son garantes de que se cumpla lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna). 

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“Los consejos de protección dependen directamente de los gobiernos municipales. En caso de tener alguna denuncia pueden dictar medidas de protección para los pequeños; esto puede incluir algún tipo de atención médica o psicológica u ordenar la separación del niño de la persona que lo maltrata”, detalló la organización.

En el artículo 119, la Lopnna establece cuáles son las instancias que integran el sistema rector nacional para la Protección Integral de NNA. Estas son:

-El Ministerio del poder popular con competencia en materia de protección integral de niños, niñas y adolescentes.

-Consejos de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

-Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

-Ministerio Público.

-Defensoría del Pueblo.

-Servicio Autónomo de Defensa Pública.

-Entidades de atención.

-Defensoría del Niño, Niña y Adolescente.

-Los consejos comunales y demás formas de organización popular.

-Las policías administrativas y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).

Desconocimiento sobre los derechos de los NNA

Gloria Perdomo, coordinadora general del Observatorio Venezolano de Violencia (OVV), precisó en entrevista a La Prensa Lara que existe un desconocimiento de la sociedad sobre los derechos de los menores establecidos en el marco legal y hay carencia de programas educativos para su difusión.

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Aunque en Venezuela existen leyes e instituciones que deben defender los derechos de los menores, Perdomo afirmó que en la práctica cuando una persona acude a denunciar tiene que someterse a trámites engorrosos, o no reciben respuesta legal oportuna.

“Es muy necesario que todas las instituciones (…) desarrollen programas y campañas que exhorten a formular la denuncia e incluso que te inviten a hacerlo en forma tal que las personas no lo perciban como una posibilidad delicada, porque el agresor y el contexto en que está el niño puede ser intimidante”, precisó.

Aumentan casos de maltrato infantil

En el año 2020, el programa Creciendo sin Violencia de Cecodap registró una cifra récord de casos de maltrato infantil en Venezuela. Esta organización procesó 4.300 consultas en todo el país relacionadas con violencia en contra de niños, niñas y adolescentes.

El número es 17 veces más alto que el registrado en 2017, cuando atendieron a 250 menores; 9 veces superior al de 2018, cuando fue de 500; y 4 veces más altos que los de 2019, cuando se superaron las 1.000 consultas de ese tipo.

Además, la organización registró en el primer trimestre de 2021 más de 350 consultas. Por lo que desde que inició la pandemia hasta la actualidad, se han contabilizado 4.700 casos, una cifra cinco veces mayor a las previsiones que tenían.

Los expertos advierten que los registros de maltrato infantil probablemente no sean representativos del total de casos en el país, sin embargo, son los únicos datos que se manejan debido a que el Estado no provee información al respecto.

Procedimiento para realizar la denuncia

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De acuerdo con Cecodap, los órganos receptores de las denuncias deben garantizar que el procedimiento sea sencillo, rápido y eficaz. Además, también tienen el deber de orientar a la persona que hace la denuncia. 

En este sentido detallan que las personas y organismos deben cumplir con lo siguiente:

-Todos los órganos receptores de denuncias están obligados a informar, orientar y referir a la instancia idónea de acuerdo con los hechos que motiven una denuncia.

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-Las personas pueden efectuar la denuncia de forma oral o escrita. Si la denuncia es oral se levantará un acta en presencia del denunciante, que contendrá sus declaraciones. Esta acta debe ser firmada por el denunciante y el funcionario que la reciba.

-Toda denuncia debe especificar los datos de identificación del denunciante, datos de domicilio, narración de los hechos y los nombres de cada una de las personas señaladas en estos.

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Denunciar es una obligación

El OVV indicó que la ley en Venezuela exhorta tanto los educadores como los médicos que durante el ejercicio de sus funciones estén al tanto de un caso de violencia contra un menor de edad. Estas personas están obligados a denunciar, debido a que de lo contrario serán considerados cómplices del delito. 

En el artículo 121 de la Lopnna está establecido que el Estado y la sociedad son responsables por la ejecución y control de las políticas de protección de los niños, niñas y adolescentes.

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