- El ajuste entró en vigencia a partir del lunes 12 de septiembre de 2022
El Servicio de Administración Tributaria del Distrito Capital (SATDC) anunció un aumento del precio de la Unidad Tributaria (UT) en Caracas. El valor de la UT pasó de Bs. 12,41 a Bs. 23,90, de acuerdo con la información del decreto oficial.
Debido al aumento de la tasa oficial (Bs. 8) del Banco Central de Venezuela (BCV), las personas que deban cancelar trámites tributarios tienen que pagar en promedio 2,9 dólares por unidad. El ajuste entró en vigencia el lunes 12 de septiembre de 2022.
Mediante acto administrativo se procede a publicar el monto correspondiente al Valor de la Unidad Tributaria del Distrito Capital que entrara en vigencia a partir del #12Sept de 2022, equivalente en bolívares VEINTITRÉS BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (23,90 Bs).#LaPazNosUne pic.twitter.com/dzlsWD5ES5
— GDCEsPueblo (@GDCEsPueblo) September 12, 2022
En mayo de 2020, en la Gaceta Oficial del Distrito Capital N° 617, se publicó el decreto N° 006, en el cual se establece que la Unidad Tributaria del Distrito Capital (en adelante “UTDC”) será una unidad de medida para el cálculo de la determinación de los montos de las obligaciones tributarias, cuyo acreedor sea la Gobernación del Distrito Capital.
El decreto también le confiere la potestad al SATDC de reajustar el valor de la UTDC dentro de los primeros cinco días de cada mes.
¿En qué incide el aumento del valor de la Unidad Tributaria?
La UTDC se aplicará a todos los impuestos, tasas y contribuciones; así como al cálculo de las exenciones, exoneraciones, sanciones, intereses y demás valores señalados en la ley como tributos competencia del Distrito Capital.
El valor de la UTDC es el equivalente al 5 % del valor del criptoactivo Petro, de acuerdo con el precio publicado en la última Gaceta Oficial.
El precio de la Unidad Tributaria en Venezuela
En abril de 2022, el régimen de Nicolás Maduro aumentó el valor de la UT de 0,02 a 0,40 bolívares, un incremento de 1.900 %. El nuevo valor se publicó en la Gaceta Oficial Nro. 42.359.
Las competencias del cobro de la UT corresponden al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). La UT es utilizada como una medida para la determinación de los tributos nacionales.
El decreto oficial especifica que la UT no puede ser utilizada por otros órganos y entes del poder público.
El Código Orgánico Tributario creó la UT en el año 1994 para expresar cantidades relativas a la determinación de tributos y a las sanciones por ilícitos tributarios.