• El Parlamento electo en 2020 inició la primera discusión de la Ley de Fiscalización, Regulación y Actuación de las ONG. En su intervención, identificó a 62 organizaciones a las que acusó de tener fines políticos y recibir financiamiento del extranjero

La Asamblea Nacional electa en 2020 inició el 24 de enero la discusión de la Ley de Fiscalización, Regulación y Actuación de las ONG. Este proyecto, impulsado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), buscará restringir la actividad de las organizaciones no gubernamentales en Venezuela, bien sea cortando sus fuentes de financiamiento, o directamente ilegalizándolas.

El diputado del PSUV, Diosdado Cabello, intervino en la sesión para señalar que ha identificado a 62 ONG las cuales, a su juicio, reciben sus recursos desde otros países, algo que será prohibido por la nueva ley. De igual modo, las acusó de operar con fines políticos y de estar presuntamente involucradas en planes de desestabilización al régimen de Nicolás Maduro.

“Detrás de una ONG hay caras, partidos políticos, lo demás es una absoluta hipocresía. Estoy seguro que si nosotros revisamos los nombres de quienes están detrás de esas fachadas llamadas (ONG) viven a cuerpo de reyes porque se la pasan viajando por el mundo”, declaró.

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Entre las organizaciones mencionadas por Cabello están Provea, Súmate, Lidera, Presente Futuro, el Instituto Parlamentario Fermín Toro y Más Ciudadano. Esta última, indicó que está relacionada a la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB).

¿Qué establece la nueva ley?

La Ley de Fiscalización, Regulación y Actuación de las ONG tiene como propósito regular la actividad de estas organizaciones de la sociedad civil y afines. Esto aplicaría no solo para las organizaciones no gubernamentales, sino también para organizaciones sociales, fundaciones, asociaciones civiles sin fines de lucro. El texto establece que ahora deberán contar con autorización y reconocimiento por parte del régimen para operar en el país, además de rendir cuentas de todas su administración.

En su artículo 10, contempla la creación de un Registro Nacional de Organizaciones No Gubernamentales. Este será obligatorio y las autoridades podrían exigir a las ONG la constancia de su inscripción para poder realizar cualquier trámite o beneficio. Tendrá toda la información sobre la creación, funcionamiento, financiamiento y modificaciones actualizadas de las organizaciones. En el caso de aquellas domiciliadas en el extranjero deberán tener una autorización especial por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Entre la información que las organizaciones deberán declarar ante el registro, está el inventario anual de todos sus bienes, balances contables y registros financieros. También las actas de sus asambleas ordinarias y extraordinarias. Además, deberán identificar a sus donantes, aclarando su relación y si son nacionales o extranjeros. De igual forma, el régimen de Maduro tendrá la potestad de “implementar mecanismos de control que permitan supervisar y sancionar las desviaciones de los sujetos de la presente ley que comprometan la soberanía nacional o el normal desenvolvimiento de la asociación civil”.

Sanciones y prohibiciones

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Foto: Cortesía

La nueva ley establece en su artículo 15 una serie de prohibiciones para las organizaciones. Por ejemplo, no podrán recibir aportes monetarios que estén destinados a organizaciones con fines políticos ni participar en ninguna actividad política. Tampoco podrán ”promover o permitir actuaciones que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República”. Finaliza dejando la puerta abierta a más prohibiciones en el futuro, acorde a lo que determine la legislación venezolana.

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Agrega que, en caso de violarse alguna de las prohibiciones, las autoridades competentes podrán tomar medidas contra las ONG. Estas pueden ir desde procedimientos administrativos o su suspensión por un tiempo determinado, hasta la disolución de oficio de la organización. Incluso podrá ordenar a un tribunal que tome medidas cautelares acordes a la gravedad del delito señalado.

El artículo 16 enumera una serie de ilícitos formales por los cuales también se puede sancionar a una organización. En este caso, con una multa de hasta 200 petros (cerca de 12.000 dólares). Entre estos figuran: el incumplimiento de la obligación de inscribirse en el registro y de declarar los actos solicitados; no mantener sus libros contables actualizados y no colaborar con el Estado en sus actividades de fiscalización y control. También fija una multa por no declarar el recibimiento de una donación, por el doble de la cantidad recibida.

Criminalizar el activismo

Varias organizaciones se pronunciaron de inmediato para rechazar la ley discutida por la AN afín al régimen. Provea, una de las mencionadas por Cabello, advirtió en su cuenta de Twitter que el oficialismo intenta ilegalizar a las ONG. Los ilícitos formales contemplados en la ley y sus multas afectarían a las organizaciones que trabajan en la defensa de los Derechos Humanos, a la sociedad civil, y a las víctimas amparadas por sus actividades.

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El activista Melanio Escobar defendió el trabajo de las ONG de la sociedad civil, pues realizan trabajos en pro de la ciudadanía a pesar de las amenazas del régimen. “En Venezuela hay personas que reciben sus medicamentos gracias a ONG, personas en libertad o defendidas gratuitamente por ONG, gente que come gracias a ONG, gente que estudia y se forma gracias a ONG. Hacemos gratis por derecho, el deber que el Estado omite con intención”, escribió.

Rocío San Miguel, presidenta de Control Ciudadano, aseguró que el objetivo de la ley simplemente es el de eliminar la mayor cantidad de organizaciones posibles. Una opinión similar expresó la asociación civil Acceso a la Justicia, que señaló que se les deja en una situación de inseguridad jurídica que puede propiciar la violación de derechos humanos. 

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