Ley de Nietos: aprobaron una prórroga para solicitar la nacionalidad española

Andreína Barreto Jové
6 Min de lectura

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  • Las autoridades españolas extendieron el plazo para la petición del documento hasta octubre de 2025 | Foto principal: EFE

El Consejo de Ministros de España aprobó extender el plazo para solicitar la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática (LMD), también conocida como Ley de Nietos.

En este sentido, el Ministerio de Asuntos Exteriores de España publicó que la ampliación para el trámite es de un año, por lo que los solicitantes tendrán hasta el 22 de octubre de 2025 para solicitar la documentación.

Con esta medida, el plazo para hacer la solicitud se extendió a un total de tres años, entre la ampliación y los dos años previstos en la Ley de Nietos.

Más de 300 mil solicitudes para la nacionalidad española

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España informó el 9 de julio que, desde la entrada en vigencia de la Ley de Nietos, hasta el 31 de marzo de 2024, las Oficinas del Registro Civil Consular han recibido 301.121 solicitudes de opción a la nacionalidad española en los consulados del país europeo en todo el mundo.

“El gobierno (de España) prorroga por ese motivo un año el plazo de dos previsto para optar a la nacionalidad española; de tal forma que se puedan atender todas las solicitudes de cita ya presentadas y pendientes de asignación de fecha, así como todas las solicitudes que se presenten y que no puedan ser atendidas en los dos primeros años de aplicación inicialmente previstos en la ley”, señaló el comunicado.

Pasaporte español
Foto: EFE

¿Cómo solicitar la Ley de Nietos?

La página web de la institución detalla que los interesados deben seguir los siguientes pasos para tramitar la nacionalidad española por la Ley de Nietos:

Solicitar la cita previa

Para poder tramitar y entregar la documentación es indispensable solicitar una cita previa, debido a que el Consulado reiteró que no atenderá ninguna solicitud que no esté programada en el sistema.

La cita solo debe pedirse cuando la solicitante tenga la documentación completa. En el caso de Venezuela, puede pedirla en la web del Consulado de España en Caracas.

Cada cita es única y personal, por lo que no podrá compartirse ni transferirse. En caso de ser un grupo familiar, cada optante debe realizar su propia cita. Además, el día de la cita debe presentar la documentación personalmente.

El Consulado advirtió que quien asista sin cita previa no será atendido y tampoco se les serán respondidas las dudas, por lo que instaron a comunicarse a través del correo electrónico cog.caracas.rgc@maec.es o visitar la página web de la institución.

Recaudos para pedir la nacionalidad española por la Ley de Nietos

Entre los requisitos que pide la sede consular, el solicitante deberá rellenar y firmar por Internet el formulario anexo I. Además, debe completar y firmar la hoja de declaratoria de datos, esta debe ser hecha en computadora o a mano con letra de molde.

-Original y copia de la cédula de identidad o pasaporte que lo acredite como solicitante de la cita. (Se entrega luego de que se cotejen los datos).

-Original de la partida de nacimiento del solicitante expedido por el Registro Civil venezolano debidamente apostillada. La fecha de emisión del documento debe ser como máximo cinco años anterior a la presentación de los documentos. (El original queda en el expediente).

-Original de la partida de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela, exiliado del solicitante que originariamente hubieran sido españoles.

-Copia compulsada o autenticada del documento que acredite la identidad de los progenitores del solicitante (cédula de identidad o pasaporte). Puede presentarse el original y una copia y se sellará en el momento de entregar la documentación.

-Documentación que acredite la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela (si son documentos extranjeros han de estar apostillados o legalizados).

-Si el solicitante es nieto o nieta de una persona originalmente española, se

aportará, además, original o copia certificada de la partida de nacimiento del padre o madre de la persona que tramita. En el caso de no tener la partida de nacimiento del abuelo o abuela, el Consulado aceptará que se presente una copia del certificado de bautismo. En este caso, el certificado de bautismo que debe ir acompañado de una copia de la certificación negativa del registro civil.

-Si el padre o madre, abuelo o abuela originariamente español nació en Venezuela, se deberá presentar su partida de nacimiento apostillada. La fecha de emisión del documento debe ser como máximo cinco años anterior a la presentación de los documentos. (El original queda en el expediente).

-Dos fotografías recientes del solicitante, de frente, y en tamaño 3 centímetros por cuatro centímetros, en fondo blanco. La cara debe ocupar el 80 % de la superficie total de la foto.

-Requisito opcional: el solicitante podrá presentar también original o copia certificada de la partida de matrimonio de los padres o abuelos, en caso de que estuvieran casados.

Andreína Barreto Jové
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