- Gustavo Valecillos, presidente de Consecomercio, dijo que la reducción de este impuesto mejorará la rentabilidad de las empresas | Foto principal: EFE
Luego de que el presidente de la República, Nicolás Maduro, anunciara el 12 de julio la eliminación del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) en bolívares, varios expertos han opinado sobre el alcance de esta medida y cómo podría afectar la economía de Venezuela.
El economista y director de la empresa consultora Ecoanalítica, Asdrúbal Oliveros, aclaró que la medida tomada por el mandatario venezolano no significa una eliminación de este impuesto sino una “licencia” que prorroga su pago por un plazo indefinido.
Por su parte, Gustavo Valecillos, presidente del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), manifestó su apoyo por la resolución emitida por Nicolás Maduro y recordó que hace varios años solicitaron al Ejecutivo tomar esta medida.
El representante de Consecomercio estimó que la rebaja aplicada podrá mejorar la rentabilidad de las empresas, ya que de acuerdo con los últimos informes el 60 % de la utilidad del sector comercio y los servicios se va en pago de impuestos.
Asdrúbal Oliveros comentó que a pesar de que se haya reducido a 0 % el IGTF para transacciones en bolívares, aún se cobra este impuesto para los pagos hechos en dólares, que representa el 3 %. Para el director de Ecoanalítica este impuesto representa un universo mayor de recaudación debido al uso recurrente de la moneda estadounidense en Venezuela.
“El 70 % de los pagos en divisas se hacen en efectivo. Lo que quiere decir que muchísima gente usa efectivo (en dólares) y está siendo gravada con este impuesto. (…) Es risible que alguien por pagar un café en 5 dólares tengas que pagar un impuesto que se supone que es para grandes transacciones financieras”, resaltó Oliveros.
Gustavo Valecillos recalcó que, a su juicio, la razón por la que el gobierno nacional no ha eliminado el IGTF en dólares es porque se busca fortalecer el uso del bolívar como moneda de intercambio.
El bolívar recobra “confianza” entre los ciudadanos
Asdrúbal Oliveros, enfatizó que en los últimos meses el bolívar está repuntando como moneda de intercambio en Venezuela en comparación con años anteriores.
El experto recordó que en 2019 y 2020 las transacciones en bolívares estaban en alrededor del 40 % y dijo que esto se debe a la reducción de la inflación y la estabilidad cambiaria. “Sin embargo, hace falta mucho más para corregir los desequilibrios de esta economía (la de Venezuela), que es multimoneda”, acotó.
El director de Ecoanalítica puso como ejemplo el uso de los dólares y los euros, además de los pagos que se hacen en pesos colombianos en zonas cercanas a la frontera con Colombia. “Si te vas a la frontera con Brasil se ve la presencia del real brisero y hasta el uso del oro por la cercanía del arco minero”, destacó.
Eliminación del IGTF en bolívares
El presidente de la República Nicolás Maduro firmó un decreto que elimina el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) en bolívares, el cual cobraba un 2 % a las transacciones en moneda local a contribuyentes especiales.
“Estoy firmando el decreto para eliminarlo ipso facto, el 2% del IGTF. Ya estamos en condiciones de hacerlo y lo que hay que aumentar es la eficiencia en la recaudación de los otros impuestos que existen”, declaró Maduro el 12 de julio.
¿En qué consiste el pago de IGTF?
El IGTF se aprobó el 30 de diciembre de 2015, cuando fue publicado en la Gaceta Oficial número 6.210. Sin embargo, el 25 de febrero de 2022 se promulgó una reforma a esta ley para captar tributos de las transacciones en divisas, esto a propósito del creciente uso de las mismas en el país.
La Ley de Reforma Parcial del Decreto Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras fue promulgada el 25 de febrero de 2022 en la Gaceta Oficial número 6.687.
Las personas que están obligadas a pagar la contribución del IGTF son las siguientes:
– Personas naturales que realicen pagos en moneda distinta al bolívar o en criptoactivos distintos a los emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV).
– Personas jurídicas que realicen pagos en moneda distinta al bolívar o en criptoactivos distintos a los emitidos por el BCV.
– Entidades sin personalidad jurídica (por ejemplo: herencias yacentes, comunidades de bienes, sociedades de hechos) que realicen pagos en moneda distinta al bolívar o en criptoactivos distintos a los emitidos por el BCV.
Antes de la reforma, este impuesto aplicaba a todas las operaciones en bolívares realizadas por los sujetos pasivos especiales designados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), conocidos como “contribuyentes especiales”.