El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, órgano federal encargado de gestionar disputas en la materia, anuló el miércoles 28 de mayo la decisión de establecer aranceles generalizados sobre las importaciones, una medida dictada por el presidente Donald Trump.
Las medidas fueron consideradas por la corte federal como “ilegales” porque, al declarar una emergencia nacional para justificarlas, se sobrepasaron los límites legales de autoridad.
Los mercados financieros recibieron favorablemente la sentencia y eso se reflejó en el alza de los futuros en la bolsa de Wall Street. De acuerdo con expertos, los aranceles representan una amenaza para la estabilidad económica y podían provocar una recesión junto con un aumento generalizado de los precios.
¿Qué dice el fallo sobre el bloqueo a los aranceles de Trump?
La Corte de Comercio Internacional desautorizó los aranceles que Donald Trump impuso en abril de 2025 a casi todos los socios comerciales de Estados Unidos. La decisión también deja sin efecto tarifas previas dirigidas contra países como China, México y Canadá.
El tribunal consideró que el presidente de EE UU se excedió en sus atribuciones al aplicar esas medidas sin autorización del Congreso estadounidense. Trump había recurrido a una ley de 1977 —la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés)— para justificar su decisión, argumentando que los desequilibrios comerciales representaban una emergencia nacional. Pero para los jueces, esa norma no le daba facultades para actuar por cuenta propia en un tema de esta magnitud.

¿Qué argumentos rechazó el tribunal?

El equipo legal del expresidente intentó justificar la imposición de aranceles amparándose en decisiones tomadas por anteriores mandatarios. Uno de los ejemplos citados fue el de Richard Nixon, quien en 1971 aplicó tarifas durante una crisis económica. Sin embargo, los jueces señalaron que aquella medida se basó en una ley diferente, pensada para situaciones excepcionales.
Los jueces consideraron que la interpretación que hizo el presidente de EE UU sobre la ley de 1977 fue «excesiva». También concluyeron que los déficits comerciales no constituían una emergencia súbita, ya que son una constante en la economía estadounidense desde hace casi cinco décadas.
¿Qué implica el bloqueo a los aranceles de Trump?
La decisión pone freno a uno de los pilares de la política comercial de Trump, que usa la figura de la “emergencia nacional” para sortear al poder legislativo.

La Casa Blanca argumentó que los déficits comerciales ponen “en riesgo la estabilidad económica del país”, lo que habilitaría al presidente a actuar sin consultar al Congreso.
El fallo de la Corte de Comercio Internacional desarma esa lógica. Para los jueces, ni la ley invocada por Trump ni la situación económica justificaban medidas de ese alcance sin un proceso legal más riguroso.
¿Todos los aranceles quedan anulados?
La resolución solo afecta los aranceles establecidos bajo la IEEPA. Permanecen en vigor otros gravámenes, como los impuestos al acero, el aluminio y los automóviles extranjeros.

Estos aranceles se basan en normativas distintas, entre ellas la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial. A diferencia de la IEEPA, esta legislación establece que antes de aplicar cualquier medida, el Departamento de Comercio debe llevar a cabo una investigación que determine si las importaciones afectan la seguridad nacional. Solo después de completado ese proceso, el presidente está autorizado a intervenir, lo que impide que tome decisiones de manera arbitraria.
Tribunal de apelaciones levantó el bloqueo
Una Corte de Apelaciones levantó este jueves 29 de mayo el bloqueo ordenado el día anterior por otro tribunal a buena parte de los aranceles impuestos por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, a sus socios comerciales.
La medida pone en pausa “hasta nuevo aviso” la sentencia del Tribunal de Comercio Internacional -que paralizó el miércoles 28 de mayo los gravámenes globales anunciados el pasado 2 de abril y otros previos contra Canadá, México y China- mientras los jueces revisan las mociones de apelación presentadas por el gobierno.

Al recurrir el bloqueo judicial a su política arancelaria, la administración advirtió que llevaría el caso ante el Supremo si no se emitía antes una orden temporal que frenara el fallo.
Aunque el veto ordenado por el Tribunal de Comercio Internacional queda sin efecto temporalmente, la corte federal del Distrito de Columbia emitió a su vez hoy otro fallo que también bloquea la aplicación de los mismos aranceles a los que hace referencia la sentencia de la víspera.