La Justicia argentina concedió el martes 17 de junio el beneficio de la prisión domiciliaria a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner (2007–2015), condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por irregularidades en la concesión de obras públicas durante sus mandatos y el de su antecesor, Néstor Kirchner.
Con esta decisión, que deja sin efecto su comparecencia ante el tribunal prevista para el 18 de junio, se confirma que la condena ya comenzó a ejecutarse y que Fernández se encuentra formalmente detenida bajo la modalidad de prisión en su domicilio en el barrio de Constitución, en Buenos Aires, donde desde hace días se congregan simpatizantes.
La medida fue adoptada por el Tribunal Oral Federal N.º 2, encargado de ejecutar la condena confirmada por instancias superiores. La resolución, firmada por el juez Jorge Gorini, indica:
Corresponde establecer que a partir del día de la fecha Cristina Elisabet Fernández de Kirchner se encuentra, en calidad de detenida bajo la modalidad de prisión domiciliaria, cumpliendo la pena firme de seis años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, accesorias legales y las costas del proceso que le fuera impuesta en esta causa”.
La expresidenta deberá permanecer en su domicilio, donde estará bajo monitoreo mediante una tobillera electrónica —a pesar de que la defensa había solicitado evitar este dispositivo por considerarlo innecesario y humillante— y no podrá ausentarse sin autorización judicial.
La resolución también impone varias condiciones: Fernández no podrá abandonar su casa salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor; deberá abstenerse de alterar la tranquilidad del vecindario; y en un plazo de 48 horas deberá presentar un listado con las personas que conviven con ella, su custodia, equipo médico y abogados, quienes podrán ingresar sin autorización previa.
El cumplimiento de estas reglas será supervisado por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, que deberá presentar informes trimestrales a la Justicia.
La corte dejó firme la condena e impidió su candidatura
El beneficio fue otorgado una semana después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara firme la condena por administración fraudulenta en la llamada causa “Vialidad”, que investigó el direccionamiento de 51 contratos de obra pública a empresas del empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.
En el fallo del 10 de junio, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti concluyeron que:
El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley.”
Esta resolución dejó sin efecto los recursos extraordinarios presentados por la defensa de Fernández, convirtiendo en definitiva la condena dictada en 2022.
Con esta decisión, Fernández quedó inhabilitada para presentarse como candidata en las elecciones legislativas previstas para septiembre, donde había manifestado su intención de competir como diputada por la provincia de Buenos Aires.
Argumentos de la defensa y reacción política
La defensa de la exmandataria solicitó la prisión domiciliaria invocando el artículo 32 de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, que permite ese beneficio para personas mayores de 70 años. Fernández, quien cumplió 72 años en febrero, reúne ese requisito objetivo.
Además, sus abogados argumentaron que existe un riesgo para su integridad física, en alusión al intento de magnicidio ocurrido el 1 de septiembre de 2022 frente a su domicilio, cuando un hombre intentó dispararle a pocos centímetros con un arma cargada que no se accionó.
También invocaron su condición de expresidenta y la falta de riesgo de fuga para pedir que no se le colocara una tobillera electrónica. Sin embargo, el juez rechazó ese pedido y ordenó el monitoreo con un dispositivo de geolocalización.
La Fiscalía, por su parte, se opuso al beneficio al considerar que no había razones humanitarias excepcionales que lo justificaran, ni condiciones que obstaculizaran el cumplimiento de la pena en un establecimiento penitenciario.
Tras la confirmación de la condena, Fernández calificó la decisión de la Corte como parte de un “cepo al voto popular” y un caso de lawfare, denunciando una persecución judicial con motivaciones políticas. En declaraciones públicas, definió a los magistrados como un “triunvirato de impresentables” y afirmó que “estar presa es un certificado de dignidad”.

Una causa de alto impacto político e institucional
El expediente “Vialidad” es considerado uno de los casos más emblemáticos de presunta corrupción durante los gobiernos kirchneristas. La causa investigó supuestas irregularidades en la adjudicación de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz, entre 2003 y 2015, durante las presidencias de Néstor Kirchner y Cristina Fernández.
En diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal N.º 2 dictó la condena en primera instancia. En 2023, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia, y finalmente, en junio de 2024, la Corte Suprema rechazó los recursos extraordinarios y dejó el fallo firme.
Fernández fue condenada por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, pero absuelta por asociación ilícita, el cargo más grave originalmente planteado por la fiscalía.
La pena firme es de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Si bien no fue detenida en 2022 por sus fueros como vicepresidenta y porque el fallo no estaba firme, la sentencia ya se encuentra en ejecución desde el 17 de junio de 2025.
El cumplimiento efectivo de la condena, aunque bajo la modalidad domiciliaria, representa un hito institucional sin precedentes desde el retorno de la democracia en 1983: es la primera vez que un expresidente o expresidenta de Argentina comienza a cumplir una pena firme por hechos de corrupción cometidos durante su gestión.
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