Ordenaron la detención de Luis Carrera Almoina, agresor de la abogada Linda Loaiza

El hombre quedó privado de libertad en el Rodeo II tras presentarse ante la Fiscalía. El viernes 28 de agosto está prevista una audiencia para revisar el proceso por el delito de violación
José Gregorio Silva
José Gregorio Silva - Coordinador de edición
6 Min de lectura

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El tribunal ordenó este 27 de agosto la privación de libertad de Luis Antonio Carrera Almoina, quien en 2001 secuestró y sometió a Linda Loaiza López Soto durante casi cuatro meses. El hombre quedó recluido en el centro penitenciario Rodeo II, después de presentarse ante la Fiscalía de Derechos Humanos del Área Metropolitana de Caracas.

La información sobre la detención de Carrera Almoina fue dada a conocer inicialmente por la periodista Maryorin Méndez y posteriormente confirmada por distintos medios. Carrera Almoina se presentó el 25 de agosto ante la Fiscalía, luego de que el Tribunal 45 de Control del Área Metropolitana de Caracas dictara una orden de aprehensión en su contra el 9 de julio.

La medida ocurre 25 años después de los hechos y mientras continúa el proceso judicial relacionado con los delitos por los que Carrera Almoina no fue condenado en 2005, entre ellos violación y tortura. Este viernes 28 de agosto está prevista una audiencia ante la Corte de Apelaciones para revisar el proceso por el delito de violación.

Carrera Almoina quedó privado de libertad

Carrera Almoina acudió el 25 de agosto a la Fiscalía de Derechos Humanos del Área Metropolitana de Caracas para ponerse a derecho, después de la orden de aprehensión dictada por el Tribunal 45 de Control.

La orden había sido emitida el 9 de julio, pero su ejecución se retrasó. A mediados de agosto, la propia Loaiza y organizaciones de derechos humanos denunciaron que la medida no había sido formalmente notificada a organismos como el CICPC e Interpol, por lo que el acusado continuaba en libertad.

Esta situación impidió que se realizara una audiencia prevista para el 11 de agosto ante la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La diligencia tenía como objetivo revisar las apelaciones contra la absolución por el delito de abuso sexual.

Ahora, con Carrera Almoina privado de libertad, está prevista para este 28 de agosto una nueva audiencia para examinar el proceso relacionado con el delito de violación.

De acuerdo con lo informado por Loaiza, la jueza también instó al Ministerio Público a revisar la petición relacionada con el delito de tortura, tomando en cuenta lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

El secuestro de Linda Loaiza

Linda Loaiza tenía 18 años cuando fue privada de libertad el 27 de marzo de 2001 por Carrera Almoina. Permaneció cautiva durante casi cuatro meses, hasta que fue rescatada el 19 de julio de ese año.

Durante ese período sufrió violencia física, psicológica y sexual, además de graves lesiones. La sentencia de la Corte IDH documentó que fue sometida a reiterados actos de violencia y violación sexual, y que las lesiones sufridas requirieron 15 cirugías.

Tras su rescate, Loaiza inició un proceso judicial en Venezuela que estuvo marcado por irregularidades, retrasos, cambios de jueces y cuestionamientos sobre la actuación de las autoridades.

En 2004, Carrera Almoina fue absuelto en una primera decisión judicial. En 2005 se realizó un nuevo juicio y fue condenado a seis años y un mes de prisión por privación ilegítima de libertad y lesiones personales gravísimas.

Sin embargo, aquella condena dejó fuera los delitos de violación, tortura y homicidio calificado en grado de frustración. Carrera Almoina salió en libertad en 2008.

La sentencia de la Corte IDH

Ante las deficiencias del proceso interno, Loaiza llevó su caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que posteriormente lo remitió a la Corte IDH.

El 26 de septiembre de 2018, la Corte declaró la responsabilidad internacional del Estado venezolano por las violaciones de derechos cometidas contra Loaiza y sus familiares. El tribunal determinó que Venezuela no actuó con la debida diligencia en la investigación y el proceso penal relacionado con la violencia que sufrió.

La Corte también encontró irregularidades en la recolección de pruebas, retrasos en el proceso y un trato marcado por estereotipos y discriminación de género, que contribuyeron a la revictimización de Loaiza.

Entre las reparaciones ordenadas, la Corte IDH dispuso que Venezuela debía continuar eficazmente el proceso penal y, de ser procedente, sancionar a los responsables por los hechos de tortura y violencia sexual cometidos contra Loaiza.

José Gregorio Silva
José Gregorio Silva - Coordinador de edición
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