BCV elevó las tasas mínimas de remuneración para depósitos bancarios

La disposición establece por primera vez una remuneración obligatoria para la totalidad de las cuentas bancarias
Tahiana González
Tahiana González - Redactora
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El Banco Central de Venezuela (BCV) modificó las tasas de interés mínimas que las instituciones bancarias deben pagar a sus clientes por los depósitos mantenidos en moneda nacional. La medida entró en vigencia el 15 de septiembre de 2026.

De acuerdo con el comunicado publicado en su página web, entre los cambios establecidos por el organismo destaca la obligación de remunerar la totalidad de las cuentas bancarias, incluyendo las cuentas corrientes, mientras que para los depósitos a la vista se fijó una tasa mínima de 10 % anual.

La medida también contempla un aumento en los rendimientos mínimos para los depósitos de ahorro, cuya tasa pasa de 32 % a 42 % anual. En el caso de los depósitos a plazo fijo, el mínimo se incrementa desde 36 % hasta 46 % anual.

Los porcentajes definidos por el BCV corresponden a tasas mínimas, por lo que las instituciones financieras podrán ofrecer a sus clientes rendimientos superiores a los establecidos por el ente emisor.

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Foto: BCV

De acuerdo con el BCV, la actualización forma parte del uso de las tasas de interés como instrumento de política monetaria. El organismo planteó que estos ajustes buscan fortalecer los incentivos para que personas naturales y jurídicas mantengan sus recursos en moneda nacional dentro del sistema financiero.

El ente emisor señaló además que continuará implementando acciones en materia de tasas de interés, con el objetivo de reforzar su función como mecanismo de transmisión de la política monetaria y contribuir al proceso de estabilización de precios en el país.

Actualización para las comisiones bancarias

El 16 de agosto se conoció que el BCV actualizó el tarifario de comisiones, servicios y mantenimiento de cuentas del sistema bancario nacional, de acuerdo con la Gaceta Oficial N.º 43.427, con fecha del 31 de julio de 2026.

La normativa establecía nuevos límites para operaciones como Pago Móvil, servicios en cajeros automáticos, mantenimiento de cuentas, emisión de referencias bancarias, cheques devueltos y transacciones relacionadas con moneda extranjera.

Entre los principales cambios está el aumento de algunas tarifas que anteriormente tenían un límite de 8 bolívares y ahora cuentan con un nuevo tope de 54 bolívares (0,06 centavos de dólar).

El nuevo tarifario fijó en 14 bolívares (0,01 centavos de dólar, de acuerdo con la tasa del BCV) la comisión mínima para las operaciones de Pago Móvil que no sean aprobadas o sean reversadas.

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Pagos NFC | Foto: Freepik

Para las operaciones habituales se establecieron distintos porcentajes según el tipo de transacción:

  • Persona a Persona (P2P): 0,30 % del monto, con una comisión mínima de 14 bolívares, tanto en operaciones interbancarias como dentro de una misma institución.
  • Persona a Comercio (P2C): hasta 1,50 % del monto pagado, con una tarifa mínima de 14 bolívares.
  • Comercio a Persona (C2P): hasta 2 % para operaciones interbancarias y 1,75 % cuando se realizan entre cuentas del mismo banco.
  • Operaciones no aprobadas o reversadas: 14 bolívares.

Asimismo, las operaciones de consulta, rechazo o transferencia en cajeros automáticos de una misma institución tendrán una comisión máxima de 54 bolívares, mientras que los retiros de efectivo en estos equipos tendrán un cobro de 3 % sobre el monto retirado.

El tarifario también estableció un máximo de 54 bolívares para servicios como el mantenimiento mensual de cuentas corrientes de personas jurídicas, la emisión de referencias bancarias y los estados de cuenta impresos.

En el caso de los cheques devueltos por falta de fondos, el límite quedó establecido en 587 bolívares para personas naturales y 662 bolívares para personas jurídicas.

Tahiana González
Tahiana González - Redactora
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