• El Parlamento aprobó, con el voto salvado de la bancada  de Vente Venezuela, una reforma parcial de la ley que permitirá su continuidad y la de la presidencia interina por un año más. No obstante, también implica una reestructuración del gobierno y el traspaso de competencias al Poder Legislativo, lo que fue cuestionado en primera discusión y reformulado en su sesión final

La reforma parcial del estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de Venezuela se aprobó en su segunda discusión. Durante una sesión extraordinaria realizada la noche del 3 de enero de 2022, la Asamblea Nacional electa en 2015 acordó mantener la vigencia de la ley. Esto, en principio, permite la continuidad tanto de ese Parlamento, como del gobierno interino encabezado por Juan Guaidó.

Sin embargo, el texto va más allá de una simple extensión del período legislativo por un año más. El estatuto, además de plantear los protocolos constitucionales para superar la usurpación de Nicolás Maduro de la presidencia y convocar a elecciones libres, establece la organización y funciones del gobierno interino. También el papel supervisor de la Asamblea Nacional, desde 2021 a través de su Comisión Delegada.

El nuevo estatuto aprobado por la AN plantea cambios sustanciales dentro de la presidencia encargada con el fin de reducir su tamaño. El primer vicepresidente del Parlamento, Juan Pablo Guanipa, indicó que entre las medidas tomadas está la eliminación del Centro de Gobierno y de varias embajadas. Además de un mayor control de las actividades que desarrolla el ejecutivo encargado.

En esta reforma del estatuto se redimensionan algunas estructuras con la idea de desburocratizar el ejercicio del gobierno interino, ser más eficientes y no perder el foco que nos debe llevar hacia la liberación del país”, declaró el diputado de Primero Justicia (PJ).

Al tercer intento

El camino para llegar a esta versión del Estatuto de la Transición fue bastante largo. Durante una rápida reunión el 24 de diciembre de 2021 donde se convocó a una ronda de sesiones extraordinarias para debatir dos proyectos de ley propuestos por PJ. El primero era la modificación del estatuto. El segundo, otra reforma parcial, pero de la Ley de Fondo para la Liberación de Venezuela y atención de casos de riesgo vital.

La primera discusión se produjo el 27 de diciembre. Allí las fuerzas políticas estuvieron de acuerdo en la necesidad de prorrogar la continuidad del Parlamento de 2015, cuyo período vence el 5 de enero de 2022. Ahora, a menos que se restablezca antes el orden constitucional del país, la vigencia del nuevo periodo será hasta enero de 2023. No obstante, también hubo discrepancias con el resto de artículos del proyecto.

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Las fracciones 16 de Julio y Concertación salvaron su voto en esa oportunidad. Alegaron que la reforma planteada era inconstitucional, al violar el principio de separación de poderes al traspasar competencias del Ejectivo al Legislativo. Igualmente, diputados como Freddy Guevara y Delsa Solórzano manifestaron que si bien apoyan la continuidad del Parlamento y del gobierno interino, no estaban de acuerdo con varios de sus nuevos artículos.

La reforma se aprobó a pesar de las críticas, y pasó a segunda discusión, la cual inicialmente se pautó para el 30 de diciembre. Sin embargo, llegado el día, no hubo convocatoria por parte del presidente de la AN, Juan Guaidó. La sesión extraordinaria se reprogramó para el lunes 3 de enero de 2022, a las 11:00 am. Por segunda vez, la AN no dio razones para la postergación, aunque extraoficialmente se apuntó a reuniones entre las fracciones políticas para llegar a un consenso sobre el texto definitivo. 

Finalmente el pleno de la AN se reunió ese lunes en la noche, casi a las 11:00 pm. De acuerdo con Solórzano, el quórum fue de 105 diputados, aunque contaron con 130 conectados, entre principales y suplentes. 

¿Qué modificaciones se hicieron al estatuto?

Asamblea Nacional
Foto: Cortesía

El equipo cambio significativo que marca el nuevo estatuto ocurre en su artículo 12, en el cual se establece que ante la ausencia de un Poder Ejecutivo legítimo en Venezuela, el cargo de jefe de Estado será ocupado por el presidente de la Asamblea Nacional. Si bien esta parte se conserva, ahora su papel se delimita al propósito de defender la democracia y proteger los activos de la república en el extranjero. Igualmente se expresa que sus actos “serán objeto de las potestades de control” de la AN.

-Se suprimen los artículos 16 y 17, referentes a las competencias del presidente encargado. También los artículos 18 y 19, con lo cual queda eliminada la figura del Consejo Político, que era el órgano de coordinación, seguimiento y evaluación del interinato. Entre los cambios en las funciones que Guaidó puede ejercer como presidente figuran:

-El presidente de la AN, en calidad de presidente encargado, solo podrá designar a los representantes diplomáticos en los países que reconozcan al gobierno interino, y mientras dure ese reconocimiento. Estos deberán contar con la aprobación de la Comisión Delegada y rendir cuentas de sus actividades mensualmente.

-En los países y organizaciones internacionales que no reconocen al gobierno interino, la Comisión Delegada podrá designar representantes del Parlamento. Estos actuarán en materias de derechos humanos, migración, crisis humanitaria y lucha contra la corrupción.

-Todas las juntas administrativas ad hoc nombradas por el presidente interino tendrán que ser autorizadas por la Comisión Delegada. Esto aplica para empresas estatales, fundaciones, instituciones y demás dependencias del gobierno. La AN también deberá aprobar la remoción de los miembros de estas juntas, por solicitud del presidente.

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-Ahora la AN pasará a definir los instrumentos contractuales y financieros para defender los activos venezolanos en el extranjero, evaluando las sugerencias del presidente interino.

-Ahora el presidente interino y el procurador especial designado por él deberán rendir cuentas mensualmente, o cuando la Comisión Delegada lo requiera. Compadecerán sobre el avance de los juicios realizados en el exterior para la recuperación de activos del Estado, así como de los fondos públicos usados.

-La AN evaluará para su aprobación los nombres propuestos por el presidente interino para la junta directiva ad hoc de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) y sus empresas filiales. También requerirá autorización del Parlamento para su remoción.

-Toda la autorización total o parcial para el uso de fondos públicos que correspondía al extinto Consejo Político, ahora pasará a ser competencia de la Comisión Delegada.

Como disposición final primera, el nuevo estatuto informa que todos los funcionarios del gobierno interino serán sometidos a un proceso de revisión, para su remoción o ratificación. Esto aplicará a embajadores, jefes de misiones diplomáticas y miembros de las juntas administradoras ad hoc.

¿Qué decía el primer borrador de la reforma?

¿Cuáles son los cambios aprobados por la Asamblea Nacional en el estatuto que rige la transición?
Foto: Cortesía

La primera propuesta para el proyecto de reforma planteado por la bancada de PJ era muy diferente a su versión definitiva. El equipo de El Diario tuvo acceso al documento y constató que en él se limitaba todavía más la figura del presidente interino. Se mantenía solo como cara de la lucha por la democracia ante la comunidad internacional y representante de Venezuela en la protección de activos. Todas sus demás competencias pasaban a manos de la Comisión Delegada de la AN.

De este modo, el Parlamento quedaría como el encargado de coordinar la política diplomática. Princpalmente con la designación de los representantes diplomáticos, además de organizar la atención y apoyo a los migrantes venezolanos. También asumirían las decisiones en torno a la defensa de los capitales del Estado en el extranjero, nombrando las juntas ad hoc y eliminando la figura del procurador especial. En este sentido, el papel de Guaidó estaría limitado al reconocimiento que tiene por parte de varios países. Por ejemplo, el caso de Gran Bretaña y el juicio por las reservas de oro depositadas en el Banco de Inglaterra.

Además del procurador especial, serían suprimirían las comisiones presidenciales y entes creados por el gobierno interino. La única excepción de la Comisión de Administración del Gasto, que se mantendría vigente. Esta medida, aunque no aparece reflejada en el texto aprobado en segunda discusión, se planea cumplir de manera independiente por parte del propio Juan Guaidó.

Las comisiones eliminadas

Al cierre de la sesión extraordinaria, el presidente encargado, Juan Guaidó, informó que presentó un decreto derogatorio de algunos de los comisionados que conforman su gobierno, de acuerdo con lo establecido en la reforma del Estatuto de Transición.nnAunque no informó cuáles serán esas instancias, durante el debate se adelantó que uno sería el Centro de Gobierno, gabinete de comisionados presidenciales presidido por Leopoldo López. Igualmente, en el informe para el proyecto de reforma del estatuto se enumeró la lista de comisiones y acuerdos parlamentarios a ser derogados:n- Acuerdo para la promoción del plan de rescate del país, denominado Plan País.n- Comisión presidencial consultiva para la renegociación de la deuda pública venezolana.n- Comisión para la reorganización de C.A. Telesur Venezuela y sus empresas filiales. También se anula el decreto de designación del presidente y director ad hoc del canal estatal.n- Comisión presidencial para asuntos de Seguridad Policial e Inteligencia.n- Comisionado presidencial para la Ayuda Humanitaria.n- Comisionado presidencial para la Emergencia de Salud y atención sanitaria a los migrantes.nnEn el primer informe también se contempló la eliminación del Centro de Comunicación Nacional, aunque en el proyecto debatido en segunda discusión se creó un parágrafo en el que se establece que el ente informativo será sometida a “una reestructuración orgánica para su funcionamiento, y estará sujeto a las limitaciones presupuestarias a las que haya lugar y sean valoradas por la Comisión Delegada”. Este parágrafo no fue mencionado posteriormente durante la sesión.n

Contra la ley

¿Cuáles son los cambios aprobados por la Asamblea Nacional en el estatuto que rige la transición?
Delsa Solórzano, líder del partido Encuentro Ciudadano. Foto: Cortesía

La propuesta de PJ generó fuertes críticas dentro de la sesión extraordinaria de la AN. El diputado Edwin Luzardo, del partido Alianza Bravo Pueblo (ABP), denunció que la medida buscaba crear un “gobierno parlamentario”, figura que no está reconocida en la Constitución y usurpa las funciones del Poder Ejecutivo, representado a fines del estatuto por Juan Guaidó. Por su parte, Delsa Solórzano cuestionó que el proyecto se debatiera internamente por los partidos miembros del  G4 (Voluntad Popular, Primero Justicia, Acción Democrática y Un Nuevo Tiempo) sin tomar en cuenta a las demás fuerzas políticas del Parlamento.

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La líder de Encuentro Ciudadano también indicó que tras la primera discusión, el proyecto pasó a consulta por parte de un grupo de juristas y expertos. Uno de ellos fue el abogado y profesor Allan Brewer Carías, quien confirmó que los artículos violaban el principio de separación de poderes, además de ser “un suicidio” para el sistema de transición democrática.

Por su parte, el exprocurador especial del gobierno interino, José Ignacio Hernández, publicó un documento en el que llegaba a la misma conclusión. Agregó que lejos de garantizar la transparencia en el manejo de activos, la ley daba a la AN demasiado poder sin mecanismos de control interno. Esto, aseguró, podía poner en riesgo el reconocimiento internacional del Parlamento y la protección de los capitales venezolanos. 

La AN no aprobó la continuidad del presidente encargado, sino su eliminación para darle vida al inconstitucional gobierno parlamentario, con control absoluto sobre los activos que serán manejados políticamente”, escribió en su cuenta de Twitter.

En cuanto al texto presentado para su segunda discusión, Brewer Carías aseguró que persistían los mismos problemas que en la anterior. El Diario accedió al informe y corroboró que en algunos artículos se restituía la figura del procurador y daba mayor participación al presidente interino. No obstante, también se mantenía la injerencia y control de la Comisión Delegada sobre las juntas ad hoc. Esto se modificó en la sesión, donde se mostró su versión definitiva tras lo que Solórzano describió como “horas de debate para poder alcanzar un acuerdo”.

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El futuro del interinato

¿Cuáles son los cambios aprobados por la Asamblea Nacional en el estatuto que rige la transición?
Foto: EFE

Durante la sesión del 3 de enero, los diputados Luis Barragán y Dignora Hernández anunciaron que la bancada del partido Vente Venezuela salvaría su voto. De acuerdo a Hernández, el proyecto se compartió apenas horas antes de la reunión, lo que impedía su estudio a fondo. No obstante, ya desde el 27 de diciembre de 2021 la tolda política había anunciado que no respaldarán la continuidad del gobierno interino a partir del 5 de enero de 2022.

“Hoy ganó la Constitución”, declaró Juan Guaidó con respecto a la reforma del Estatuto de Transición, que le concede un año más como presidente tanto encargado, como de la AN. Reiteró su compromiso con la lucha democrática, resaltando que la sesión del lunes fue un paso fundamental para la reunificación de la Plataforma Unitaria.

Vencimos la pretensión de querer dividir a la alternativa democrática. Vencimos la pretensión de Nicolás Maduro quien, a través de Jorge Rodríguez, trató de operar para dividir a la alternativa democrática, pero no lo lograron y no lo van a lograr”, aseguró.

Aunque el gobierno interino de Guaidó logró preservar su autonomía, aún tiene el reto de aplicarla efectivamente. Sobre todo en un momento en el que la Asamblea Nacional afín al oficialismo, presidida por Jorge Rodríguez, mantiene el control del Palacio Federal Legislativo y las funciones parlamentarias. Aunque Nicolás Maduro también sigue ejerciendo de facto la presidencia, países como Estados Unidos ratificaron su reconocimiento a Guaidó de cara a un 2022 que apenas está comenzando.

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