• A los sujetos también se les señala por el delito de usurpación de la identidad de un médico 

El director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), Douglas Rico, informó sobre la detención de dos falsificadores de certificados médicos en Caracas.

La División de Investigaciones de Delitos Contra la Salud Pública contó con el apoyo del Colegio de Médicos de Caracas para dar con la identidad y ubicación de los detenidos.

Leonardo Alfonso Ortega García, de 28 años de edad, y Daniel Antonio Rangel Guillen, de 29 años de edad, ofrecían los falsos certificados necesarios para conducir por un monto de 5 y 10 dólares, según informó Rico a través de Instagram este 30 de enero.

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Además de la falsificación de los documentos sanitarios, los detenidos usurparon la identidad de un médico y simularon su sello para los documentos.

El CICPC detuvo a los dos hombres en la avenida Urdaneta de Caracas y les incautó 16 certificados médicos y cuatro sellos. El caso se encuentra en manos del Ministerio Público.

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Segundo caso del CICPC sobre estafa y usurpación de la profesión en menos de una semana

El 27 de enero el CICPC detuvo a un hombre que se hacía pasar por funcionario de la Policía Nacional Bolivariana (PNB).

La delegación del CICPC de El Paraíso arrestó a Alejandro Alberto Luque Lira, de 24 años de edad, en la avenida Francisco Ustáriz,, parroquia San Bernardino, municipio Libertador, según informó el portal Notitarde el 27 de enero.

El hombre fingía hacer un pago móvil, mostrando capturas de transferencias falsas, en los hoteles donde se hospedaba y en locales de comida rápida.

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El sujeto tenía una solicitud de captura del Juzgado Sexto de Control del estado Táchira por estafa continuada.

¿Cuántos años de prisión por falsificación de documentos?

El artículo 327 del Código Penal establece una pena de 15 días a 3 meses de prisión para quienes falsifican documentos.

“El que haciéndose de licencias, pasaportes, itinerarios o permisos de residencia se atribuyere en estos documentos un falso nombre o apellido o una falsa calidad, y también el que con su testimonio haya contribuido a que se den así alterados los documentos dichos, será castigado con prisión de 15 días a 3 meses”, contempla el artículo.

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En cuanto a la usurpación de la profesión y el uso indebido de insignias o uniformes relacionados a una institución científica, el artículo 214 estipula una multa de entre 50 a 1.000 unidades tributarias. Cada unidad tributaria está en 0,4 bolívares según el Seniat, por lo que la multa es de entre 20 a 400 Bs.

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