• El ministro de Interior, Justicia y Paz, Remigio Ceballos, también informó sobre la suspensión de porte de armas y transporte de maquinaria pesada | Foto principal: cortesía

Remigio Ceballos, ministro de Interior, Justicia y Paz, informó el martes 28 de noviembre que queda suspendido el expendio de bebidas alcohólicas, el porte de armas de fuego y el transporte de maquinaria pesada, debido a la aplicación de la ley seca de cara al referendo por el Esequibo que se realizará el 3 de diciembre.

Pese a que Ceballos no detalló la fecha de entrada en vigor de la ley, las restricciones suelen quedar suspendidas entre 48 y 72 horas antes del proceso electoral, por lo que podría iniciar a partir del jueves 30 de noviembre.

El ministro ordenó crear una comisión de seguridad en la que participarán funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) y de la Policía Nacional Bolivariana (PNB).

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“(Ambas comisiones) deben estar atentas a cualquier alteración de orden público durante los comicios de las venideras elecciones del 3 de diciembre. El Sistema Nacional de Gestión de Riesgo estará alerta para atender emergencias prehospitalarias, antrópicas o cualquier eventualidad”, puntualizó el ministro de Interior, Justicia y Paz.

El domingo 3 de diciembre se realizará una consulta electoral sobre la disputa por el territorio de casi 160 mil kilómetros cuadrados al oeste del río Esequibo, entre Guyana y Venezuela.

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La elección se pautó luego de que la Asamblea Nacional electa en 2020 aprobó en septiembre de 2023 el referendo consultivo que, a su juicio, tiene como propósito “reforzar” los derechos de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequiba.

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Foto: EFE

¿Qué dice la ley?

Cada vez que se  celebran elecciones en Venezuela, se deben hacer cumplir los artículos 129, 130 y 131 de los contemplados en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Artículo 129: La jornada electoral se llevará a cabo sin alteración del orden público. Ninguna persona podrá concurrir armada al acto de votación aun cuando estuviese autorizada para portar armas, salvo los efectivos del Plan República en cumplimiento del deber de velar por la seguridad de los electores o las electoras y de la Mesa Electoral y por el orden del acto de votación en general. 

Artículo 130: Queda prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas con 24 horas de antelación al acto de votación y con posterioridad al mismo. 

Artículo 131: Está prohibida la celebración de reuniones y espectáculos públicos con 24 horas de antelación al acto de votación y con posterioridad al mismo.

Otras actividades prohibidas durante los procesos electorales

La ley restringe la circulación de vehículos de custodia y transporte de valores, además, se suspenden los trabajos de obra o infraestructura en las vías públicas y autopistas.

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Asimismo, quedan prohibidas las labores de mantenimiento de cableras y empresas de telecomunicaciones una semana antes y 72 horas después de los comicios.

También habrá control estricto de desplazamiento fronterizo de personas en vía terrestre, marítima y aérea, así como la suspensión de actividades académicas.

Sin embargo, entre las actividades que están permitidas, los ciudadanos podrán pleno uso de los espacios públicos y abiertos y laborarán los comercios que se dediquen al rubro de comida y farmacia.

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