• Según las investigaciones del CICPC, el sujeto, identificado como Daniel Rangel, usó a la niña para extorsionar a la madre y obligar a esta a que se prostituyera

El Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) rescató a una niña de un año y cuatro meses de edad que presuntamente fue raptada por su padrastro en Colombia y traída a Venezuela, según informó el 20 de abril Douglas Rico, director del organismo policial.

El sujeto, identificado como Daniel Rangel, de 25 años de edad —y apodado El Western— usó a la niña para presuntamente extorsionar a la madre para que esta se prostituyera en Venezuela, de acuerdo con datos de la Coordinación de Investigaciones de los Delitos Contra las Personas de la Delegación Municipal Sabana de Mendoza del CICPC, estado Trujillo.

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La pareja de Rangel y madre de la niña contó que un día regresó de su jornada laboral y se percató de que el hombre no se encontraba en la vivienda y se había llevado a la niña. Posteriormente, acudió a las autoridades colombianas para formular la denuncia, quienes le recomendaron que esperara respuesta.

Luego la mujer recibió una llamada de Daniel Rangel, quien le informó que había regresado a Venezuela con la niña y que no se la regresaría a menos que la denunciante se sometiera a explotación sexual.

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Dada la situación, la mujer retornó a Venezuela y formuló la denuncia ante los cuerpos policiales. Las autoridades realizaron un extenso trabajo de investigación y capturaron a Rangel en el sector de Altamira de Caus, parroquia Cheregüe, municipio Bolívar del estado Trujillo. El sujeto fue puesto a disposición de la Fiscalía 9ᵃ del Ministerio Público.

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El castigo por la sustracción de menores

De acuerdo con el artículo 227 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), la sustracción de menores del poder de quien lo tenga bajo custodia por mandato de la ley u orden de las autoridades será castigado con prisión de entre seis meses y dos años.

“Quien sustraiga a un niño, niña o adolescente del poder de quien lo tenga por virtud de la ley u orden de la autoridad, será penado con prisión de seis meses a dos años. En la misma pena incurre quien retenga indebidamente a un niño, niña o adolescente. El o la culpable deberá sufragar los gastos de envío del niño, niña o adolescente a su lugar de procedencia”, dice la LOPNNA en el mencionado artículo.

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A través de la página del Ministerio Público se puede formular la denuncia de estos casos, y también se puede acceder al ente acusador a través del número telefónico: 0-800-FISCA-00 (0800-347-22-00).

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