• La madre de la niña publicó un video en sus redes sociales en donde se simulaba una boda entre la menor de edad y su pareja

El Ministerio Público (MP) solicitó una orden de aprehensión contra una pareja acusada de cometer abuso sexual contra una niña de 5 años de edad. La información fue compartida por el fiscal general, Tarek William Saab, el 8 de mayo.

Saab explicó en la red social X (antes Twitter) que la madre de la niña, identificada como Mariana Zambrano, permitió que su pareja, Héctor Guevara, tocara y besara en la boca y cuello a su hija.

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El hecho deriva de un video que publicó Zambrano en su estado y grupos de WhatsApp, en el que simulan un “matrimonio infantil” entre la niña y Guevara.

“Y los declaro esposos, al príncipe y la princesa”, dice la madre de la niña en el video en el que se ve al sujeto besándola en la boca.

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https://x.com/TarekWiliamSaab/status/1788367168867893356

Los datos de abuso sexual infantil en Venezuela

Los últimos datos entregados por el Ministerio Público, en julio de 2023, revelaron que al menos 2.076 niños, niñas o adolescentes fueron abusados sexualmente durante el primer semestre de ese año. 

El fiscal explicó que la cifra significa una media de 11,4 registros de abuso a menores de edad cada día. La mayoría de los hechos ocurrieron en Caracas, Carabobo, Miranda y en Zulia. 

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Saab no ofreció detalles de las víctimas  o su relación con los victimarios. Sin embargo, mencionó que la Fiscalía acusó en 2022 a 2.164 personas por el delito de abuso sexual a niños o adolescentes, mientras que en la mitad de 2023 la cifra fue de 931 detenidos.

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Foto: Pixabay

Las penas por abuso sexual a niños y adolescentes en Venezuela

Las penas por abuso sexual en Venezuela están establecidas en el Código Penal. En su artículo 374 contempla condenas de entre 10 a 15 años de prisión para quienes cometan abuso sexual contra una persona mayor de edad.

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Si la víctima de abuso sexual es un menor de edad, la pena asciende a entre 15 y 20 años de prisión.

Foto: Cecodap

El artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) establece que la persona que realice actos sexuales con un niño, niña o adolescente, o participe en ellos, será penado con prisión de 2 a 6 años.

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