- Desde 2007 no existen cifras oficiales sobre el trabajo infantil, aunque organizaciones como Cecodap y la Rednna estiman que podía haberse duplicado por factores como la desescolarización y la emergencia humanitaria compleja. Esto expone a los niños a formas de explotación y trabajos de alto riesgo como la minería
Bajo un semáforo de Plaza Venezuela, en pleno corazón de Caracas, un grupo de niños aprovecha la luz roja para limpiar los parabrisas de los carros a cambio de una limosna. En Los Teques (estado Miranda), un adolescente de unos 12 años de edad vende caramelos en los autobuses, sin ir más a la escuela, para ayudar a su familia. Al sur de Bolívar, bajo el sol abrasador, un adolescente de 15 años saca barro con una pala en una mina ilegal de oro.
Ninguna de esas actividades es apropiada para ellos, pero forman parte de una realidad que, desde hace años, se ha normalizado en Venezuela. De acuerdo con la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (Lopnna), la edad mínima que el Estado consiente para trabajar es de 14 años de edad. Esto siempre que sea por un tiempo menor a seis horas diarias y no comprometa ni su seguridad ni su derecho a la educación y recreación.
El 21 de julio se celebra el Día del Niño como una forma de promover el bienestar y los derechos de las infancias. Sin embargo, un mes antes, 12 de junio, se conmemoró también el Día Mundial contral el Trabajo Infantil. En esa fecha, diferentes organizaciones expresaron su preocupación pues actualmente no existen estadísticas oficiales que permitan sondear este problema en el país, a pesar de que en los últimos años se ha vuelto más visible en las calles y campos.
Informalidad
En una entrevista para Radio Fe y Alegría, el representante de la organización no gubernamental Caleidoscopio Humano, Emmanuel Rivas, indicó que el último registro sobre trabajo infantil en Venezuela publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) data del año 2007. Para ese entonces se contabilizaban alrededor de 81 mil menores de edad incorporados al campo laboral.
Los informes del INE señalan en ese momento que las actividades realizadas por los jóvenes solían estar relacionadas a trabajos en el campo como la agricultura y ganadería, o al comercio informal (buhoneros). Una tendencia que podría mantenerse en la actualidad, aunque se estima que la cifra podría haberse duplicado o triplicado.
El hecho de que la mayoría de los niños, niñas y adolescentes trabajen en el sector informal resulta extremadamente problemático para las organizaciones encargadas de velar por sus derechos. Cecodap advirtió que, al igual que como ocurre con los adultos, el no tener un contrato firmado hace que no estén amparados por la leyes laborales ni gozan de garantías como seguridad social, vacaciones, derecho a la huelga y participación en sindicatos, u otros requisitos que establece la Lopnna.
¿Qué dicen las leyes venezolanas sobre el trabajo infantil?
El Capítulo III de la Lopnna está especialmente dedicado al derecho a la protección en materia de trabajo. La ley permite a los adolescentes incorporarse al mundo laboral, buscando que exista una armonía con el disfrute efectivo de su derecho a la educación. Es decir, que el Estado, así como la familia, la sociedad, e incluso sus patronos deben velar para que los jóvenes no abandonen sus estudios.
La Lopnna establece en sus artículos 98 y 99 que para trabajar, deben estar inscritos en el Registro de adolescentes trabajadores y trabajadoras, manejado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este organismo puede autorizar en casos especiales, como ocurre en el mundo artístico o deportivo, la participación de niños y niñas menores de 14 años de edad, siempre que no infrinjan la ley.
También establece en sus artículos siguientes que la obligación por parte de los patronos de inscribir a sus trabajadores adolescentes en el Sistema de Seguridad Social. Además de proveerles vacaciones y un examen médico anual, o al menos facilidades para que los atiendan periódicamente. Igualmente, gozarán de libertad sindical y de celebrar convenciones colectivas.
En el caso del trabajo rural, sin importar que sea dentro del ámbito familiar, los adolescentes deben percibir un ingreso mínimo mensual fijado de conformidad con la ley, y que no puede ser menor al de los trabajadores adultos por la misma labor. Mismo caso con los trabajadores domésticos, quienes podrán gozar de un descanso mínimo de dos horas durante su jornada laboral, sin perjuicio de otros descansos previstos en las leyes laborales.
Por necesidad
La emergencia humanitaria compleja que vive Venezuela desde el año 2014 ha agudizado muchas de las razones estructurales que llevaban a los niños, niñas y adolescentes a trabajar en 2007. En muchos casos, la falta de ingresos y la inseguridad alimentaria fueron los detonantes que los han llevado a ganarse la vida para ayudar a sus familias, incluso abandonando la escuela.
“Entendemos que hay familias que, por sus múltiples necesidades, se ven obligadas a permitir que niños, niñas o adolescentes realicen algún tipo de actividad económica. Sin embargo, se deben garantizar las condiciones que permitan resguardar la integridad de los menores de edad”, indicó Julio Parra, coordinador de la organización Geografía Viva en un informe para la Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes (Rednna).
Por su parte, Cecodap indicó que tras la pandemia de covid-19 de 2020 en se interrumpieron las actividades escolares, muchos jóvenes no regresaron a las aulas de clase, sino que comenzaron a trabajar para generar ingresos en sus casas. Algo a lo que también ha contribuido la propia situación educativa del país, con escuelas cerradas por falta de maestros o infraestructuras deficientes, y que han llevado a muchos jóvenes a ver clases en jornadas reducidas o entre dos a tres días a la semana en escuelas públicas.
La Encuesta Nacional de Condiciones de Vida (ENCOVI) de 2023 arrojó que 31 % de los hombres entre 12 y 17 años reportó haber dejado la escuela por tener que trabajar, aunque aclaró que no todos obedecen necesariamente a razones económicas. Un aumento respecto al 14 % registrado en el año 2017. Por su parte, 2,6 millones niños, niñas y adolescentes han sido afectados por la asistencia irregular a clases, lo que representa al 40 % de la población en edad escolar.
Alto riesgo
“Hay labores que realizan niños, niñas y adolescentes en muy precarias condiciones en distintos lugares, donde no se respeta la condición de estos trabajadores menores de 18 años a quienes, en muchas oportunidades, les toca desempeñar actividades de trabajo que no son aptas para su edad”, declaró Parra.
La Lopnna establece que la edad mínima de 14 años no es aplicable para trabajos que supongan riesgos para la integridad y el desarrollo del adolescente. Sin embargo, en la práctica, muchos menores de edad se exponen a trabajos de alto riesgo. En su informe Análisis de tendencias de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Venezuela, la Rednna documentó que entre agosto de 2023 y febrero de 2024 al menos tres menores de edad murieron mientras trabajaban. Dos de ellos buscando agua para sus familias en pozos profundos, y uno electrocutado mientras trabajaba en una finca.
También el caso de 34 adolescentes y 61 niños que debieron ser evacuados de un campamento minero en La Paragua, estado Bolívar. Sobre este punto, el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) reportó que al menos 1.300 menores de 18 años de edad trabajan en minas ilegales de Bolívar y Amazonas. Muchos de ellos son usados como “buzos” para ingresar a espacios en los que no cabría un adulto.
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En su informe, la Rednna enumera en la lista de trabajos en los que han registrado la muerte o lesiones graves de menores de edad: minería, acarreo de agua en pozos profundos y trabajo con animales de granja sin supervisión adulta. Esto sin mencionar la exposición a accidentes y diferentes formas de violencia a la que se exponen los niños y adolescentes que trabajan en la calle en la economía informal o prestando servicios como limpiar vidrios, lustrar zapatos o cuidar carros.
“Estos hechos nos impulsan a insistir en que, si bien el permitir el acceso a fuentes de empleo a los y las adolescentes es un derecho que no se les puede conculcar, la propia independencia de los derechos humanos obliga a examinar las formas, medios, ventajas y riesgos que implica trabajar para ellos y ellas. Corresponde entonces al Estado garantizar y a las familias vigilar que existan condiciones mínimas para que las personas menores de edad puedan trabajar sin renunciar a sus otros derechos y no porque lo necesiten, sino porque lo desean”, concluye el estudio.