Desaparición forzada en Venezuela: qué establece la ley y cuáles son las responsabilidades del Estado

Entre los casos más destacados se encuentran los presos políticos venezolanos Víctor Quero y Jorgen Guanares
Andreína Barreto Jové
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Las denuncias sobre desapariciones forzadas continúan como una de las principales alertas entre organizaciones de derechos humanos que documentan casos en Venezuela. 

Para instituciones independientes como Foro Penal y organismos internacionales como las Naciones Unidas, este tipo de prácticas constituye una grave violación de los derechos humanos y puede configurar un delito de carácter internacional.

Por su parte, Foro Penal advierte en diversos informes y pronunciamientos sobre situaciones en las que personas detenidas por razones políticas permanecen durante semanas sin que sus familiares o abogados conozcan su paradero o las autoridades responsables de su custodia.

Según la organización, este tipo de situaciones pueden encajar dentro de lo que el derecho internacional denomina “desaparición forzada”, especialmente cuando las autoridades no reconocen la detención o niegan información sobre el paradero de la persona.

Foro Penal informó en un balance compartido el 2 de marzo de 2026 que en Venezuela al menos 11 personas se encuentran en paradero desconocido, lo que podría constituir casos de desaparición forzada. 

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Foto: EFE

Sobre de las desapariciones forzadas

La Oficina del Alto Comisionado de DD HH de la ONU especificó en su página web que s  considera una “desaparición forzada” a toda forma de arresto, detención y secuestro; así como también cualquier otra modalidad de privación de libertad perpetrada por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, y el apoyo o la aquiescencia del Estado.

Esto también incluye la negativa de las autoridades a reconocer la situación de privación de libertad o a revelar el paradero de la persona, lo que sustrae a la víctima de la protección de la ley (Artículo 2 del ICPED y Preámbulo de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas).

La desaparición forzada se caracteriza por tres elementos definidos en el documento A/HRC/16/48/Add.3) de las Naciones Unidas:

-La privación de libertad contra la voluntad de la persona interesada.

-La participación de agentes gubernamentales, al menos indirectamente por aquiescencia.

-La negativa de las autoridades a reconocer el acto de privación de libertad o a revelar la suerte o el paradero de la víctima.

“Toda desaparición forzada genera una doble repercusión paralizante: sobre la víctima, que queda sustraída a la protección de la ley y con frecuencia se ve sometida a tortura y al temor constante de perder la vida; y sobre sus familiares, que desconocen la suerte de sus seres queridos y cuyas emociones van de la esperanza a la desesperación, que indagan y esperan, a veces durante años, por noticias que quizá nunca lleguen”, afirmó la organización internacional.

El Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas (WGEID, por sus siglas en inglés) denunció que la desaparición forzada es usada como estrategia para infundir terror en la sociedad. 

El sentimiento de inseguridad que esta práctica genera no se limita a los parientes más cercanos de la víctima, sino que afecta también a sus comunidades y a la sociedad en su conjunto”, agregó el WGEID.

La obligación de informar sobre las detenciones

De acuerdo con estándares de las Naciones Unidas, las autoridades tienen la obligación de informar de forma inmediata sobre el paradero de cualquier persona detenida. Asimismo, deben garantizar el acceso a abogados, familiares y tribunales.

La falta de información oficial sobre el lugar de reclusión o la negativa a reconocer una detención son elementos que pueden configurar el delito de desaparición forzada según el derecho internacional.

Para las Naciones Unidas, incluso cuando la persona reaparece posteriormente o es presentada ante un tribunal, el periodo durante el cual estuvo detenida sin reconocimiento oficial puede constituir una desaparición forzada.

Además, la organización internacional mencionó que los Estados tienen la obligación de investigar de forma exhaustiva cualquier denuncia de desaparición forzada, sancionar a los responsables y garantizar la reparación a las víctimas.

De acuerdo con las normas internacionales citadas por Naciones Unidas, la desaparición forzada es un delito continuo mientras no se esclarezca el paradero de la persona desaparecida. Esto significa que la violación se mantiene vigente hasta que se determine qué ocurrió con la víctima.

Por esa razón, organismos internacionales insisten en que los Estados deben garantizar registros transparentes de detenciones, acceso a la justicia y mecanismos efectivos de investigación que permitan prevenir y sancionar este tipo de violaciones.

Por su parte, el equipo de abogados y activistas de Foro Penal señaló que la documentación de estos casos es fundamental para la defensa legal de las víctimas y para el seguimiento de posibles violaciones de derechos humanos ante instancias internacionales

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Foto: Adriana Núñez / Cortesía

Algunos casos de desaparición forzada en Venezuela

Entre los casos más emblemáticos de desaparición forzada se encuentra el del preso político Víctor Quero, desaparecido desde enero de 2025.

Su madre, Carmen Teresa Navas, de 81 años de edad, denunció que ha recorrido varios centros de reclusión en el Área Metropolitana de Caracas para buscar información del paradero de su hijo, sin embargo, aún no recibe información.

“En 14 veces que he ido al Rodeo I no me han dejado verlo. Por favor, denme fe de vida”, dijo Navas durante una manifestación frente a la sede de la ONU en Caracas el 18 de febrero. 

Otro caso es el de la madre  del  activista Jorgen Guanares, quien denuncia la desaparición forzada de su hijo y asegura tener 19 meses sin conocer su paradero. Guanares se encuentra desaparecido desde agosto de 2024 y su madre también ha exigido en varias ocasiones información sobre el paradero de su hijo.

Andreína Barreto Jové
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