Las excarcelaciones progresivas de presos políticos que se han suscitado en lo que va de 2026 mantienen en expectativa a las familias de quienes han sido privados de libertad por razones políticas desde 1999. Entre esas familias destaca el caso de los Guevara, dos hermanos y un primo exfuncionarios que fueron encarcelados y acusados en 2004 por su presunta participación en el asesinato del fiscal Danilo Anderson.
Tras la excarcelación de los tres expolicías metropolitanos que cumplían condena por los hechos de abril de 2002, los Guevara se consolidan como los presos políticos más antiguos del gobierno venezolano.
Los Guevara estaban detenidos en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) en El Helicoide, Caracas, pero en agosto de 2025 fueron trasladados al Internado Judicial El Rodeo I, en Miranda.
El fiscal Danilo Anderson murió el 18 de noviembre de 2004 en una atentado con explosivos ocurrido en la ciudad de Caracas; dos días después fue detenido Juan Bautista Guevara Rodríguez por funcionarios de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), departamento conocido hoy como Sebin.
El 23 de noviembre, tres días después del primer arresto, se efectuó la detención de los hermanos Rolando Guevara Pérez y Otoniel Guevara Pérez, primos del primer detenido.
Desde el principio, organizaciones defensoras de derechos humanos denunciaron las irregularidades en torno al caso, como que los arrestos ocurrieron sin órdenes judiciales y que los Guevara fueron víctimas de desaparición forzada, Rolando y Otoniel por tres días y Juan Bautista por nueve días.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) relató en sus alegatos presentados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que los arrestos no se desarrollaron dentro de los parámetros legales venezolanos, es decir con orden judicial o en flagrancia de un delito.
“Por el contrario, la Comisión observó que las presuntas víctimas fueron presuntamente detenidas y después ‘liberadas’ para ser detenidas nuevamente, con el objetivo de dar una apariencia de legalidad a las declaraciones”, detalla un documento de la Corte IDH..
Las organizaciones también recogieron denuncias de preguntas torturas, efectuadas con la intención de obtener declaraciones autoinculpatorias, y de exclusión de pruebas de descargo presentadas por la defensa de los Guevara.
En 2025, la Corte IDH emitió una sentencia junto con un informe que resume el caso de Guevara y expone las denuncias contra el Estado venezolano por lo que la corte consideró “detención ilegal, torturas y falta de garantías judiciales”. El organismo declara culpable al Estado venezolano y ordena la liberación inmediata de Juan Bautista, Otoniel y Rolando Guevara.
El documento describe hechos de tortura como golpes en distintas partes del cuerpo, electrocución asfixia con bolsas y amenazas de matar de sus familiares. Esto habría ocurrido durante la desaparición forzada.
“La Comisión concluyó que el Estado venezolano es responsable por la violación de los derechos establecidos en los artículos 3, 5, 7, 8 y 25 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de los señores Juan Bautista Guevara Rodríguez, Rolando Jesús Guevara Pérez y Otoniel José Guevara Pérez y sus familiares. Asimismo, la CIDH concluyó que el Estado es responsable por la violación de los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; y los artículos I a), I b) y XI de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de quePersonas”, sostiene el informe.
Juicio contra los Guevara
En el año 2005 comenzó el juicio en contra de Rolando, Otoniel y Juan Bautista Guevara. El proceso judicial estuvo marcado por una alta presión política y denuncias de irregularidades procesales.
Una de las irregularidades resaltada por organizaciones de derechos humanos y por la defensa de los Guevara fue el uso de testigos con identidad protegida “de forma indebida”.
El juicio se prolongó hasta diciembre de 2009, cuando el tribunal dictó sentencia condenatoria contra los tres acusados. Juan Bautista fue condenado a 30 años de prisión, la pena más alta contemplada en la ley venezolana, mientras que Rolando y Otoniel recibieron una sentencia de 27 años y seis meses de cárcel.
Solicitudes de excarcelación y medidas sustitutivas
Ante la condena establecida por el tribunal, la defensa de los Guevara se ha abocado a buscar medidas alternativas para reducir los años de cárcel o cumplir la sentencia bajo arresto domiciliario.
En el año 2011, los procesados cumplieron el tiempo requerido por la ley venezolana para solicitar medidas alternativas de cumplimiento de pena (destacamento de trabajo, libertad condicional). Sin embargo, las solicitudes fueron denegadas reiteradamente por los tribunales.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llevó en 2017 el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) tras constatar que el Estado venezolano no cumplió con las recomendaciones hechas años antes..
El caso de los Guevara es señalado frecuentemente por las ONG como una prueba del “patrón de impunidad” y de la falta de independencia del sistema judicial venezolano, dado que, incluso habiendo superado los lapsos de las penas originalmente impuestas, el Estado ha evadido su excarcelación.
Denuncias sobre el deterioro en la salud de los detenidos
Entre los años 2020 y 2022, familiares denunciaron un agravamiento severo de las condiciones de salud de los tres detenidos, sumado a restricciones de visitas y falta de acceso a especialistas médicos dentro de la sede del Sebin.
A finales de mayo de 2026, medios y defensores de derechos humanos destacaron nuevamente el caso, enfatizando que los hermanos siguen siendo los presos políticos con mayor antigüedad en el país. La abogada y esposa de Rolando, Jackeline Sandoval, ha realizado diligencias ante el Servicio Nacional de Medicina Forense para verificar el estado de salud de los detenidos, subrayando que su condición física se ha deteriorado gravemente tras más de dos décadas de aislamiento y falta de atención médica especializada.
De acuerdo con Sandoval, Rolando sufre de episodios de obstrucción de arterias coronarias, una condición de alto riesgo que requiere monitoreo especializado constante, que no ha recibido durante su reclusión. Además, ha presentado dolencia en el nervio ciático y articulaciones por la falta de movilidad como consecuencia del aislamiento en su celda por al menos 23 horas diarias.
Las denuncias de la abogada subrayan el impacto del sedentarismo, la falta de luz natural y la atención médica inadecuada que afecta a los tres presos políticos, incluyendo a Otoniel y Juan Bautista, agravando padecimientos que no han sido tratados.
Estado actual del caso de los Guevara
En lo que va de 2026, la defensa de los Guevara, encabezada por Sandoval, se ha centrado en darle visibilidad al caso, gestionar pruebas forenses del estado de salud de los detenidos y en el cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte IDH.
El equipo legal no ha solicitado ante los tribunales una medida de amnistía para los exfuncionarios, debido a que su estrategia no es buscar un perdón político, sino que se haga justicia a través de lo que han solicitado organismos internacionales y reparación para quienes fueron víctimas del sistema judicial venezolano.
La Ley de Amnistía y Convivencia Democrática ha sido además fuertemente criticada por organizaciones defensoras de derechos humanos, debido a las limitaciones que contempla en cuanto al tiempo de los hechos amnistía les y los cargos que enfrentan los presos políticos. Esto podría ser un obstáculo para la revisión de los casos de los Guevara, debido a que se les condenó por un caso de asesinato y esta es una de las primeras excepciones.