¿ La Asamblea Nacional aumentará a 70 años la pena máxima de prisión en Venezuela?

La información que se ha difundido en redes sociales es falsa y no se conoce ninguna propuesta del Parlamento para ajustar las penas de cárcel
Tahiana González
Tahiana González - Redactora
5 Min de lectura

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Es falso. En redes sociales circula una información que asegura que la Asamblea Nacional (AN) modificará la legislación venezolana para elevar de 30 a 70 años la pena máxima de prisión. Sin embargo, la afirmación es falsa y parte de una interpretación errónea de las normas vigentes, además de confundir el Código Penal con el Código Orgánico Procesal Penal (COPP).

“Extraoficial. En cualquier momento la AN modificará el Artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal venezolano y el artículo 44 numeral 3 de la Constitución que establece la pena máxima de 30 años de prisión por delitos graves será cambiada a 70 años de prisión”, dice la publicación con información falsa.

No obstante, el artículo 94 del COPP no regula las penas de prisión, sino el procedimiento de recusación de funcionarios del Ministerio Público. El límite de 30 años de cárcel está contemplado en el artículo 94 del Código Penal, por lo que la publicación mezcla dos normativas distintas.

Además, el máximo de las penas de cárcel está consagrado en el artículo 44, numeral 3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que éstas “no excederán de 30 años”. La Carta Magna no puede ser modificada mediante una simple decisión de la Asamblea Nacional, ya que la misma establece que cualquier cambio a su texto debe realizarse a través de mecanismos como la enmienda, la reforma constitucional o una Asamblea Nacional Constituyente.

Es decir, el proceso requiere obligatoriamente la aprobación de los ciudadanos mediante un referéndum.

De acuerdo con una publicación de Cazadores de Fake News, hasta el momento no existe registro de un proyecto de ley o propuesta parlamentaria orientada a modificar el límite constitucional de 30 años de prisión.

¿ La Asamblea Nacional aumentará a 70 años la pena máxima de prisión en Venezuela?

Además, el equipo de El Diario realizó una búsqueda en Google para validar el registro de publicaciones de fuentes confiables y solo se encontró publicaciones en Facebook con la información falsa.

“Régimen de Delcy estudia aumentar a 70 años la pena máxima de prisión en Venezuela. Así los presos políticos del futuro nunca podrán volver a salir”, dice una de las publicaciones con información falsa en Facebook.

¿Quiénes podrían enfrentar 30 años de cárcel?

El Código Penal de Venezuela asigna la pena máxima a quienes cometan los delitos más graves contra la vida, la seguridad de la nación o la integridad de las personas.

Estos serían los casos contemplados en la ley que podrían enfrentar 30 años de prisión:

El artículo 128 dice que cualquiera que, de acuerdo con país o República extranjera, enemigos exteriores, grupos o asociaciones terroristas, paramilitares, insurgentes o subversivos, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o las hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de 20 a 30 años.

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Artículo 406, numeral 3: de 28 a años de prisión para los que lo perpetran homicidio por medio de veneno, incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en el Título VII del mismo Código, con alevosía o por motivos fútiles o innobles:

a. En la persona de su ascendiente o descendiente o en la de su cónyuge.

b. En la persona del Presidente de la República o de quien ejerciere interinamente

las funciones de dicho cargo

c. En la persona de su ascendiente, descendiente (padres o hijos) o cónyuge.

En el artículo 459 se establece que quien infundiendo por cualquier medio el temor de un grave daño a las personas, en su honor, en sus bienes, o simulando órdenes de la autoridad, haya constreñido a alguno a enviar, depositar o poner a disposición del culpable, dinero, cosas, títulos o documentos, será castigado con prisión de cuatro a ocho años. La pena se aumentará hasta en una tercera parte cuando el constreñimiento se lleve a efecto con la amenaza de ejecutar acto del cual pueda derivarse calamidad, infortunio o peligro común.

Tahiana González
Tahiana González - Redactora
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