- Mariano de Alba, abogado especialista en derecho internacional, y Juan Manuel Raffalli, abogado constitucionalista, opinaron para El Diario que el reconocimiento de los países a la Asamblea Nacional liderada por Juan Guaidó dependerá de una decisión política y no jurídica
La decisión de la Asamblea Nacional presidida por Juan Guaidó de dar continuidad a sus funciones a través de la Comisión Delegada a partir de este 5 de enero es vista por abogados más como un hecho político que constitucional. Y aunque a efectos prácticos en el ámbito local su operatividad será cuanto menos reducida –el régimen de Nicolás Maduro instaló su propio Parlamento como resultado de las elecciones fraudulentas del 6D y controla el resto de poderes públicos–, en el internacional creó un conflicto que hasta ahora parecía zanjado: avalar una decisión política legalmente infundada.
Por ello, analistas entienden que el funcionamiento del Legislativo electo en 2015 dependerá, en gran medida, de una reorganización y consenso de los actores políticos en torno a nuevas estrategias.
El proceso de continuidad comenzó, sin embargo, con divisiones desde su origen. Con el voto salvado de Acción Democrática, el 26 de diciembre la AN reformó el Estatuto que Rige la Transición hacia la Democracia. De esta forma, el artículo 12 del mismo refiere que “la continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual funcionará a través de la Comisión Delegada”. Aunque la Comisión en principio funcionaría durante un año, a efectos de la realidad actuará hasta que se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias libres. Es decir, sin límite de tiempo.
Interpretaciones
La reciente postura de la Unión Europea (UE) refleja la encrucijada en la que esta decisión puso a la comunidad internacional. Por un lado, y aunque nunca reconoció formalmente a Guaidó como presidente interino –Italia y Chipre no lo reconocieron–, se refirieron a él sin la investidura del presidente del Parlamento. Además, nombraron al legislativo que él representa como “Asamblea Nacional saliente”.
A falta de la posición que adopte cada país miembro, podría interpretarse entonces que la UE no reconocería la continuidad adoptada por la AN electa en 2015.
Otros países, como los integrantes del Grupo de Lima –a excepción de México y de Argentina–, mantuvieron su respaldo a Guaidó como presidente de la Asamblea Nacional legítima y, por lo tanto, como presidente encargado de Venezuela. Entre ellos, Estados Unidos, a falta de saber qué postura tomará la Administración de Joe Biden, cuando asuma el poder en ese país. Panamá se plegó al discurso de la UE al respaldar a Guaidó como líder, pero considerar al Parlamento que lidera como “Asamblea Nacional saliente”.
Para Mariano de Alba, abogado experto en derecho internacional, estos apoyos son más políticos que jurídicos.
De Alba agregó que luego de cinco años de aciertos y errores de la oposición al régimen chavista, “tampoco hubo una manifestación clara de la sociedad venezolana de que los diputados se mantuvieran en sus cargos”. En este sentido, cree que la Consulta Popular que organizó la AN en diciembre de 2020 “prefirió preguntar otras cosas, con respuestas obvias”.

El problema de la Comisión Delegada
Para entender el conflicto internacional, sin embargo, hay que adentrarse en la legitimidad constitucional de la continuidad de la AN.
El abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli explicó para El Diario que en la reciente reforma del estatuto de la transición democrática se invoca el artículo 333 de la Constitución para crear una Comisión Delegada sui generis.
El referido artículo, que ya usó Guaidó en el año 2019 para amparar su proclamación como presidente interino de Venezuela, permite el restablecimiento del orden constitucional y no dejar, en teoría, un vacío de poder. De allí la tesis de proclamar a Guaidó como presidente y, ahora, de dar continuidad “constitucional” a la AN: al igual que en las presidenciales de 2018, las parlamentarias del pasado 6 de diciembre tampoco estuvieron apegadas a la Constitución, por lo que el resultado es espurio y los poderes recaen en la AN electa democráticamente en 2015.
Hasta ahí, coinciden los analistas, podría haber un mayor consenso en la comunidad internacional. La lógica podría ser la siguiente: si reconocieron la aplicación de los artículos 233 (falta del presidente) y 333 de la Constitución para proclamar a Guaidó como presidente, también reconocerían su aplicación para dar continuidad al Parlamento en sus funciones. No obstante, el mayor inconveniente en esta ocasión es la forma en la que se dio esa continuidad: a través de la Comisión Delegada.
En el estricto sentido de la Constitución, esta herramienta, según lo establecen los artículos 196 y 197 de la Carta Magna, no puede funcionar como un Poder Legislativo en sí misma. “Eso es para cuando hay un receso parlamentario. Es decir, hay una vigencia absolutamente temporal y breve. La Asamblea Nacional es la que puede ejercer todas las funciones que están en el artículo 187, no la Comisión Delegada”, explicó Raffalli.

El apartado 196 constitucional señala que son atribuciones de la Comisión Delegada: convocar a la AN a sesiones extraordinarias; autorizar al presidente de la República para salir del territorio nacional; autorizar al Ejecutivo Nacional para decretar créditos adicionales y designar comisiones temporales integradas por miembros del Parlamento. También, ejercer las funciones de investigación atribuidas a la AN; autorizar al Ejecutivo Nacional por el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes para crear, modificar o suspender servicios públicos en caso de urgencia comprobada y “las demás que establezcan esta Constitución y la ley”.
Continuidad completa
A este inconveniente de origen, se le añade otro problema con varias aristas: varios diputados electos en 2015 han renunciado a sus cargos. Entre ellos destacan Marialbert Barrios, parlamentaria de Primero Justicia por Caracas. También representantes de Acción Democrática, quienes borraron su investidura de sus perfiles oficiales de Twitter. Una de ellas, la representante por Cojedes Dennis Fernández, adujo que tomó la decisión debido a que es la Comisión Delegada quien asume las funciones.
Sin embargo, Raffalli aclara: “Si no hay diputados, no puede haber Comisión Delegada. Es decir, si no hay un Parlamento, que está integrado por todos los diputados que fueron electos, no puede haber una Comisión. De hecho, es la sustituta del Parlamento para ciertas funciones específicas, pero no puede nunca subrogarse la condición de Asamblea Nacional”.
Pero, además, la renuncia de los diputados resta vigor a la unidad opositora y, por lo tanto, la confianza de la comunidad internacional.
Por lo tanto, Raffalli como De Alba consideran que hubiera sido preferible, en el sentido de tener más legitimidad, que la continuidad se hubiera dado a través de todo el Parlamento, como también lo propuso la bancada de AD.
A esto se le agrega otro problema jurídico: de acuerdo con Efecto Cocuyo, la sesión de la AN en la que se aprobó la reforma del Estatuto que Rige la Transición hacia la Democracia no habría contado con el quórum necesario.
Entender el momento
Entender la decisión de dar continuidad a la AN con apego estricto a la Constitución, dice Raffalli, no es posible en un contexto como el venezolano. “Lo que realmente interesa en esto es que realmente ni la posición del gobierno ni la posición de la oposición encuadra dentro del funcionamiento de organización normal de los poderes públicos en Venezuela”, dijo.
Para el abogado constitucionalista, el problema es entonces el “pacto social”. “Al perderse el sufragio como expresión natural de la soberanía popular para legitimar al poder público, entonces ya no encuentras ninguna respuesta dentro de la Constitución, y el tema es muy grave. Eso implica que la Constitución no está funcionando y que cualquier solución tiene que pasar por rescatar el sufragio a través de un acuerdo. Este acuerdo llega por dos vías: la ruptura, que no se ha logrado, y la negociación que supone, evidentemente, seguir intentándolo”.
No obstante, hay algo que internacionalmente favorece a la AN electa en 2015: las consideraciones jurídicas generalmente son evaluadas, estudiadas, pero son los criterios políticos los que finalmente se imponen en la decisión de los Estados, dijo Mariano de Alba.
Pero a su juicio esto no debe significar una posición estática de la comunidad internacional. Es decir, que simplemente apoyen la postura democrática, pero sin ningún impacto real en la resolución de la crisis.
Nuevos esfuerzos
Esto no quiere decir, sin embargo, que la operatividad de la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional dependa de la comunidad internacional. De acuerdo con Mariano de Alba, su funcionamiento dependerá de los actores políticos venezolanos que la impulsaron. Aseguró que las distintas cancillerías seguirán evaluando la situación y adoptando la posición que consideren que privilegie su interés nacional o los intereses políticos de sus gobernantes.
Sobre el reconocimiento a Juan Guaidó como presidente interino, considera que es posible que buena parte de los países que lo reconocieron como tal en 2019 empiecen a considerarlo como un “interlocutor más dentro de la oposición y ya no como presidente interino o el interlocutor privilegiado”. Esto podría limitar, todavía más, las funciones del gobierno interino en el exterior, como la recuperación de activos. Aunque el abogado especialista en derecho internacional considera que estos permanecerán congelados.
“Es poco probable que algún país quiera entregar a algún actor político venezolano para que los activos sean usados en la represión en el caso de Maduro, o puedan verse afectados por hechos de corrupción, dada la precariedad institucional de la Asamblea Nacional y ahora Comisión Delegada liderada por Guaidó”, dijo de Alba.
En consecuencia, opinó que la diplomacia debe hacer un “esfuerzo adicional en escuchar voces diversas sobre lo que está ocurriendo y cómo responder”. En caso de insistir en la estrategia actual, cree que “solo alargará más la tragedia”.