• Más de 300 organizaciones firmaron un documento en rechazo a la providencia 002-2021 que las obliga a demostrar que no forman parte de actividad terroristas. Además, aseguran que la normativa es inconstitucional 

326 ONG venezolanas firmaron un documento en el que exigen la revocación de la Providencia Administrativa 002-2021, del régimen de Nicolás Maduro. Esta obliga a las ONG a registrarse en la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo. La medida fue publicada en Gaceta Oficial el 30 de marzo; pero el 6 de mayo se publicó una modificación de la norma debido a fallas de impresión. 

Laura Louza, directora y fundadora de la ONG Acceso a la Justicia, aseguró para El Diario que la providencia es un instrumento represivo; además de crear una “gran incertidumbre” entre las organizaciones porque no se deja claro cuáles son las normativas que les van a aplicar. 

Todo esto es muy grave porque limita totalmente la actividad que realizan las ONG y las ponen en una situación de presunción de que son una organización ilegítima. Con la providencia se está violando el derecho de asociación que está establecido en la Organización de Naciones Unidas”, indicó Louza.
¿Por qué las ONG venezolanas no quieren registrarse en la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada?

Por su parte, Marino Alvarado, Coordinador del Programa Venezolano de Educación y Acción en Derechos Humanos (Provea), enfatizó que mantener una resolución como la 002-2021 es el primer paso para que el régimen de Maduro controle a las ONG del país. 

Van terminar incorporando la famosa Ley de Cooperación Internacional del Parlamento y eso significa que es el Estado venezolano el que va a establecer si la ayuda internacional que reciben las organizaciones en Venezuela puede ser usada o no”, alertó Alvarado.

La providencia 002-2021 es inconstitucional

El comunicado firmado por más de 300 ONG asegura que la normativa es inconstitucional. Además, tiene extralimitación legal e incurre en un “grave quebrantamiento” de las normas internacionales de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. En el texto se especifican cuatro puntos importantes sobre cómo afecta la providencia 002-2021 a las organizaciones. 

Leer más  CICPC capturó a uno de los 10 delincuentes más buscados del estado Barinas

-Crea un registro adicional a las normas de regulación a través de las cuales las organizaciones ya están registradas; creando nuevos requisitos que exceden arbitrariamente, los establecidos en las normas vigentes. Viola el propio mandato del Estado, a través de la Ley de simplificación de trámites administrativos, de no presentar documentos que ya están en manos del Estado. De hecho, muchos de los requisitos no podrían cumplirse porque, desde hace años, han sido objeto de permanentes trabas, obstáculos y suspensiones por parte del propio Estado. Incluso para trámites corrientes de las organizaciones.

-Establece un sistema de registro sujeto a la emisión de un documento que certifica estar bajo control y supervisión de la Oficina competente, solo si son cumplidos todos los requisitos y recaudos exigidos, incluyendo alianzas con otras OSFL y las fuentes de financiamiento para demostrar no ser culpables de tener vínculos con el terrorismo, el financiamiento al terrorismo y la delincuencia organizada, entre otros delitos, violando el principio de la presunción de inocencia.

-Crea un sistema que exacerba los controles discrecionales, no solamente porque los requisitos deben renovarse cada vez que haya cambios; sino porque permite a los funcionarios decidir el cumplimiento o no de los recaudos, con posibilidad de hacer fiscalizaciones in situ sin límites de alcance y duración. Este registro, además, se podría convertir en un requisito para hacer otro tipo de acciones registrales, sin las cuales no podrán funcionar las organizaciones, creando un cerco para obligar al registro, sin pena de caer en una situación de irregularidad permanente.

Leer más  Detuvieron a un hombre que raptó a su hijastra de un año en Colombia y se la llevó a Venezuela

-Crea además un régimen de autorización, sometido a renovación anual, por el cual solo quienes hayan obtenido credenciales emitidas por la Oficina competente pueden hacer actos de representación legal de las organizaciones. Adicionalmente, exige que cada organización cuente con la figura de un oficial de cumplimiento que se registre e igualmente obtenga credenciales; así como la firma de estados financieros por parte de contadores quienes pueden exigir el registro para poder estampar sus firmas.

Leer más  IPYS Venezuela denunció que Carlos Julio Rojas no ha tenido contacto con su familia

Lo más grave de la providencia 002-2021

La directora de Acceso a la Justicia consideró que uno de los puntos más graves de la medida es que el certificado que entregará la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo debe renovarse anualmente. Y en la actualidad ya existen fallas en los registros porque el régimen pone trabas. Agregó que la norma exige los nombres de los donantes de las ONG. 

En la actualización quitaron la exigencia de los nombres de las personas que son beneficiadas, pero dejaron el artículo donde piden los datos de los donantes. Esto es muy grave porque conocemos la narrativa del gobierno de criminalizar las donaciones internacionales como si fuera un tema de injerencia a la soberanía”, sentenció Louza.

El coordinador de Provea añadió como punto grave que ahora las ONG venezolanas están obligadas a ir a una “oficina antiterrorista” a demostrar que no están vinculadas a actividades relacionadas con la delincuencia organizada. Algo que, de acuerdo con Alvarado, viola la Ley de Reducción de Procedimientos Administrativos. 

“Esta norma indica que no se debe pedir ni a persona natural ni a persona jurídica documentos que ya están en poder del Estado. Además, actualmente nos bloquearon la posibilidad de registrar nuestros cambios de directiva y actas de asamblea. Lo hacíamos con regularidad, por lo tanto, la providencia 002-2021 no tiene ningún sentido más allá de poner obstáculos”, indicó Alvarado.

Leer más  Habitantes de Palo Verde protestaron para exigir la restitución del servicio eléctrico
¿Por qué las ONG venezolanas no quieren registrarse en la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada?
Foto cortesía

La providencia 002-2021 legaliza los allanamientos

La normativa especifica que el órgano rector, es decir, la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo, podrá realizar visitas a las sedes de las ONG venezolanas cada vez que lo considere conveniente. Louza explicó que esto se trata de una asistencia legalizada del organismo; que formaliza casos como el allanamiento a Azul Positivo, Mi Convive Caracas, Convite, entre otros. 

Alvarado comentó que en el caso de las ONG que trabajan en la defensa de los derechos humanos, la providencia es “bastante peligrosa”. Esto debido a que ellos se encargan de laborar los informes de violación a los derechos humanos que envían a las instancias internacionales. Una acción que, de acuerdo con el coordinador de Provea, incomoda al régimen. 

Desde hace varios años el régimen de Maduro hostiga a las organizaciones no gubernamentales. Las acusa de estar financiadas por el gobierno de Estados Unidos para que incurran en actos de desestabilización del poder que él representa en el país. 

Noticias relacionadas