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  • El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) pidió una investigación por parte de las instituciones competentes en contra de los demandantes 

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró, este miércoles 24 de agosto, inadmisible el recurso de nulidad y amparo cautelar contra la demanda de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).

La Sala Político Administrativa aseguró que el recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo cautelar contra el instructivo de la Onapre es inadmisible porque los demandantes incumplieron los extremos de ley, al no acompañar al libelo, con original o copia del presunto acto administrativo, como documento fundamental de toda demanda.

En la sentencia del TSJ se lee lo siguiente en contra de la parte demandante: “Incumplió los extremos de ley, al no acompañar al libelo, con original o copia del presunto acto administrativo, como documento fundamental de toda demanda, entre otras deficiencias, lo que conllevó a la inadmisibilidad de la pretensión”.

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También se lee en el documento publicado por el Tribunal Supremo de Justicia lo siguiente: “Existe una estrecha vinculación entre el asunto que subyace a la presente demanda y la matriz comunicacional que se ha venido creando en los últimos meses, pretendiendo imputar a la Onapre y, en fin, al Estado venezolano, un acto cuya existencia no ha sido demostrada y, por ende, mucho menos su autoría, con lo cual, a pesar de su inexistencia, se ha utilizado para generar malestar en ciertos sectores de la colectividad, crear conflicto social y atentar contra valores y principios cardinales previstos en nuestro orden constitucional” 

Por otra parte, el TSJ impuso una multa y pidió una investigación por parte de las instituciones competentes para los demandantes.

“Debe ser objeto de investigación por parte de las instituciones competentes, incluso, determinar la posible existencia de forjamiento y otros ilícitos, tanto en el presente como en otros asuntos vinculados; caso en el que se deben determinar las posibles responsabilidades a que hubiere lugar (penal, disciplinaría, administrativa y/o civil).”, reza el dictamen del TSJ. 

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El máximo tribunal, afín al oficialismo, instó a la abogada actuante a no incurrir en faltas a la técnica procesal como la sentenciada y a no interponer acciones sin cumplir con los presupuestos esenciales exigidos taxativamente por la ley.

Demandas 

El día 15 de julio la Sala Político Administrativa del TSJ admitió dos demandas que pretendían anular el instructivo Onapre.

De acuerdo a lo publicado por Acceso a la Justicia (AJ) el instructivo impugnado contenía criterios que iban en detrimento de los salarios de los trabajadores públicos.

El recurso de nulidad fue interpuesto por cinco casas de estudios: la Universidad Central de Venezuela, Universidad de Carabobo, Universidad de Oriente, Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre y Universidad Pedagógica Experimental Libertador.

Luego se sumaron a la demanda de nulidad la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad de Carabobo. Así como el Sindicato de Trabajadores de esa casa de estudios.

Protestas

Desde hace meses, trabajadores y jubilados de universidades, sector salud, empresas estatales y de la administración pública han salido a las calles a manifestar su rechazo al instructivo Onapre. 

El 22 de junio se concentraron en el sector Quebrada Honda en Caracas. Desde allí expresaron que han perdido poder adquisitivo de su salario debido a las medidas con las que se calculan los sueldos en la administración pública.

El 4 de agosto tomaron las calles en varios estados del país por el mismo motivo sumado al de exigir el pago completo del bono vacacional y del bono de recreación de los docentes del país.

El 23 de agosto volvieron a las calles del Centro de Caracas, sin embargo un piquete de la Policía Nacional Bolivariana y la Guardia Nacional no los dejó avanzar hasta la esquina de Salas.

Destitución del director de la Onapre

Tras las protestas, Maduro destituyó a Marco Polo Cosenza de la dirección de la Oficina Nacional de Presupuesto y nombró en su lugar a Jennifer Quintero de Barrios, sin revelar los motivos de la destitución.

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