• Los bancos e instituciones financieras están obligados a registrar que tengan este beneficio

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) fijó en Gaceta Oficial los requisitos para exonerar el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las estaciones de servicio por la venta de gasolina.

La providencia indica que también quedarán excluidos de este pago los productos que sean empleados para el mejoramiento de la calidad del combustible o insumos derivados de hidrocarburos.

La Gaceta Oficial señaló que los sujetos activos que se beneficiarán de la exoneración del IGTF son el Estado a través de empresas de su propiedad, compañías mixtas con participación de capital estatal y privado, y las empresas privadas.

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Seniat fijó requisitos a estaciones de servicio por exoneración del IGTF a la venta de gasolina
Gaceta Oficial La Gaceta Número 42.570 fue publicada el 13 de febrero de 2023.

La Gaceta Número 42.570 fue publicada el 13 de febrero de 2023.

Asimismo, los sujetos pasivos anteriormente mencionados deberán proporcionar una cuenta bancaria exclusivamente para realizar las operaciones previstas en el referido Artículo 4 del decreto 4.767.

“Los beneficiarios deberán dirigirse ante la Gerencia Regional, Sector o Unidad de Tributos Internos correspondiente a su domicilio fiscal, a los fines de actualizar su Registro de Información Fiscal (RIF) e informar la cuenta destinada para realizar las operaciones previstas anteriormente, cumpliendo con las formalidades y requisitos que establezcan en el Portal Fiscal”, detalló el Seniat.

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Las instituciones financieras y bancos designados como agentes de percepción del IGTF deberán identificar y registrar obligatoriamente todas las operaciones objeto del beneficio.

Pagos con tarjeta internacional fue exonerado del IGTF hasta 2024

La medida de exoneración del IGTF también aplica para los pagos que se realicen con tarjetas internacionales. La medida entró en vigor el 26 de febrero y se extenderá hasta febrero de 2024, así lo estableció el decreto N° 4.787.
Tanto las personas naturales como jurídicas que poseen cuentas en divisas no tendrán que pagar el 3 % extra que corresponde al pago del IGTF.

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Dólares

En Venezuela, los clientes que se beneficiarán de la medida son aquellos con cuenta en dólares en los bancos Banesco, Banco Exterior, Bancamiga, Banco Nacional de Crédito, Bancaribe, Mercantil, Bicentenario, Banco de Venezuela y Banco de Tesoro.

¿Qué sucederá con las divisas en efectivo?

A los pagos que se realicen con divisa en efectivo en supermercados, restaurantes y otros rubros sí se le sumará el porcentaje de IGTF.

Por su parte, las entidades bancarias internacionales que serán excluidas de ese pago son Bank of America, Wells Fargo, Mercantil Panamá, Banesco Panamá y TD Bank.

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Las tarjetas internacionales que estén asociadas a las billeteras virtuales Wally Tech y Zinli también se ahorrarán el pago del 3 % de IGTF. También aplicará para las transacciones de remesas en las casas de cambio autorizadas Italcambio, Zoom e Insular.

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