• El agresor reconoció haber causado heridas en el tórax a la víctima luego de perseguirlo al salir de la casa de un vecino

El Ministerio Público (MP) informó que Leonard José Sánchez, de 26 años de edad, fue condenado a 10 años de prisión luego de admitir en el juicio su responsabilidad en el homicidio de Arístides José Rengel, de 56 años de edad, en el sector El Nazareno de Maturín (Monagas).

Según el reporte policial, la investigación inició la noche del 28 de octubre de 2018, cuando la víctima fue interceptada por Sánchez cuando regresaba de casa de un vecino. 

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El agresor, sin mediar palabras, le causó heridas con un cuchillo en la zona del tórax y posteriormente huyó del lugar.  

Pese a que Rangel fue auxiliado por un vecino, murió minutos después en el lugar tras sufrir una hemorragia.

A la orden del Ministerio Público

Luego de las averiguaciones por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), Leonard Jose Sánchez fue puesto a la orden del Ministerio Público tras ser detenido en la parroquia Las Cocuizas, en la misma entidad.

La Fiscalía 17ª de Monagas ratificó la acusación en contra del agresor por “homicidio calificado con alevosía”.

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El Tribunal 7º de Juicio en esa jurisdicción dictó la condena en su contra y fue recluido en el Internado Judicial de Monagas, conocida también como la cárcel de La Pica, en Maturín.

¿Qué dice la ley venezolana sobre los delitos de homicidio?

Algunos de los artículos relevantes del Código Penal Venezolano relacionados con el homicidio incluyen:

-Homicidio Simple: el artículo 407 del Código Penal establece que “el que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de 12 a 18 años”. 

-Homicidio calificado: el Código Penal también establece circunstancias agravantes que pueden aumentar la pena por homicidio. Estas circunstancias se detallan en varios artículos del código, como los artículos 406 y 408.

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El artículo 412 del Código Penal indica que el que “con actos dirigidos a ocasionar una lesión personal, causare la muerte de alguno, será castigado con presidio de 6 a 8 años, en el caso del Artículo 407; de 8 a 12 años, en el caso de Artículo 408; y de 7 a 10 años, en el caso del Artículo 409.

Otra condena por homicidio

El Ministerio Público confirmó el viernes 29 de septiembre que un funcionario de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) fue condenado a 23 años de cárcel por matar a un hombre en Cumaná, estado Sucre.

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De acuerdo con el informe del MP, el funcionario Darwin Vallejo, de 28 años de edad, estaba ebrio y mantuvo una discusión con Luis Dionicio Jiménez Lanza, de 33 años de edad, el 10 de mayo de 2021 durante la celebración del Día de las Madres. 

Posteriormente, sacó su arma de fuego y le disparó al hombre en el abdomen.

El Tribunal 3° de Juicio de Sucre dictó la condena contra el agresor, quien permanece recluido en la sede de la PNB de la entidad.

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