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  • Las principales autoridades aeroportuarias se reunieron con representantes de la Cancillería y el Saime para aclarar las condiciones de entrada a Venezuela de sus propios ciudadanos

La Asociación de Líneas Aéreas de Venezuela (ALAV) publicó el 2 de octubre un acuerdo al que llegaron diferentes autoridades sobre el ingreso de venezolanos al país con el pasaporte vencido. En el comunicado, informa que se establecieron varias excepciones que permitirían a sus beneficiarios eludir la medida establecida por el gobierno de Nicolás Maduro.

Esta aclaración de la normativa surgió tras una reunión sostenida este mismo miércoles entre la ALAV y representantes de la Cancillería, el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) y el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime). También participaron delegados de las principales líneas aéreas que operan en el país, así como de la Asociación Venezolana de Agencias de Viajes y Turismo (Avavit), la Asociación Venezolana de Mayoristas y Empresas de Representaciones Turísticas (Avemarep) y Conseturismo. 

Allí se ratificó que solo se podrá ingresar al país con el pasaporte vigente, lo cual obliga a gestionar un salvoconducto en un consulado o embajada venezolana acreditado. Algo especialmente complicado para aquellos países con los que el gobierno ha roto relaciones diplomáticas.

¿Cuáles son las excepciones aprobadas?

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Foto: @TransporteGobVe | Twitter

En la minuta de la reunión publicada por la ALAV, se aclaran las siguientes excepciones:

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– Pasajeros venezolanos con doble nacionalidad. Podrán entrar sin salvoconducto aun teniendo su pasaporte venezolano vencido.

– Pasajeros con residencia legal en otros países. Tampoco necesitarán del salvoconducto.

– Se mantiene el convenio Mercosur que permite a los ciudadanos viajar entre sus países miembros solo con la cédula de identidad. No obstante, esto solo aplica para vuelos directos y sin escalas desde países del Mercosur. Es decir, únicamente se podría usar en este momento si se vuela directamente desde Bolivia hacia Venezuela.

También se aclaró la siguiente información respecto al trámite del permiso especial que se debe pedir en las sedes diplomáticas venezolanas:

– El documento de viaje o salvoconducto permite el tránsito no superior a cinco horas en otro país, sin haber migración en el mismo. Esto debido a que solo autoriza volar a Venezuela como destino final.

– Se creó el correo electrónico documentodeviaje.digital.orc@gmail.com para responder dudas sobre el procedimiento o atender casos particulares que lo requieran.

Sin aranceles

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Consulado de Venezuela en Bogotá, Colombia. Foto: EFE/ Carlos Ortega

En la reunión, la Cancillería del gobierno de Maduro informó que a partir del 14 de octubre estará disponible un portal para atender las solicitudes de salvoconductos de venezolanos en países sin representación consular. Agregó que allí se podrá hacer el trámite sin pagar aranceles. Los permisos serán enviados posteriormente por correo electrónico.

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En el caso de los países que aún tienen embajadas venezolanas, estos deberán atender presencialmente en sus oficinas a los viajeros bajo el procedimiento que ya estaba aprobado. Esto incluye el pago de los aranceles consulares por un monto de 60 dólares. 

Para cualquiera de los casos, el salvoconducto se debe gestionar con un mínimo de 72 horas de antelación al viaje con los datos del vuelo. En caso de producirse algún cambio en el vuelo se debe tramitar un nuevo documento. Destacó que se podrán tramitar salvoconductos de manera directa con la Cancillería para situaciones de emergencia, siempre que se trata de problemas de salud o de pasajeros varados en un aeropuerto. Estas deberán estar debidamente documentadas en la solicitud.

Por su parte, el INAC añadió que está trabajando en una actualización de su sistema Timatic, el cual es usado por las aerolíneas para documentar los requisitos de ingreso a todos los países.

Sin derechos

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Venezolanos manifestando en Madrid, España. Foto: EFE/ Borja Sánchez-trillo

A pesar de que la reunión entre los representantes del gobierno y los gremios permitió algunas concesiones, todavía sigue sin resolver el problema de fondo de la medida. De hecho, solo favorece a grupos determinados como los venezolanos con doble nacionalidad, o con residencia legal. Esto ignorando el contexto de casi 8 millones de venezolanos en el exterior, de los cuales 1,5 millones son refugiados o solicitantes de asilo, mientras otro porcentaje posee estatus migratorio irregular.

Diferentes organizaciones como el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) han calificado la medida como ilegal, inconstitucional y arbitraria. Principalmente porque se le está negando a los ciudadanos la entrada a su propio país, además de obligarlos a pagar para hacerlo. Siendo además catalogado como una forma de discriminación contra los venezolanos que, por una u otra razón, tuvieron que abandonar el país y desean regresar. 

Por ejemplo, la Constitución establece en su artículo 50: “Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas”.

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