Falta de seguros en condominios deja que la reparación de daños tras los sismos recaiga en los propietarios

La analista especializada en la industria aseguradora María del Carmen Bouffard advirtió sobre las complicaciones jurídicas en edificios donde los vecinos solo cuentan con pólizas individuales
Fiorella Tagliafico
Fiorella Tagliafico - Redactora
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María del Carmen Bouffard, analista especializada en la industria aseguradora y expresidenta ejecutiva de la Cámara de Aseguradores de Venezuela (CAV), expresó, a mes y medio del doblete sísmico que afectó a Venezuela, que la falta de una cultura de aseguramiento en los condominios representa uno de los principales obstáculos para la rehabilitación estructural de edificaciones residenciales

Durante una entrevista concedida al programa Dos + Dos de Unión Radio el 10 de agosto, la especialista resaltó que, aunque un propietario haya tenido la previsión de adquirir una póliza de seguros individual para resarcir los daños particulares de su apartamento, la recuperación del inmueble queda comprometida si la junta de condominio no cuenta con una cobertura para las áreas comunes de la edificación.

“Tú tendrías la suerte o la buena asesoría de contar con una póliza que te puede respaldar en el resarcimiento de los daños de tu inmueble como tal. Pero ¿qué pasa si el resto del edificio o las áreas comunes no cuentan con este seguro? Allí es donde vemos que quedaron dañadas no solo las unidades residenciales, sino la estructura, y la reparación le queda al resto de la comunidad”, señaló Bouffard.

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Foto: Mauricio Villarreal

Seguros obligatorios

En ese sentido, comparó la situación venezolana con la de otros países de la región propensos a la actividad telúrica donde la legislación establece la obligatoriedad de contratar pólizas para los espacios compartidos en propiedad horizontal.

En Colombia, los seguros del condominio son obligatorios para las áreas comunes; deben tener cobertura de incendios y terremotos al menos. En Chile, es obligatorio tanto para las unidades individuales como para los condominios. Cuando un país tiene cultura sísmica cuenta con esta previsión a nivel condominial, cosa que no ocurre aquí en Venezuela”, precisó la analista.

Bouffard acotó que la figura de aseguramiento obligatorio aplica en inmuebles con créditos hipotecarios activos ya que, de acuerdo con la Ley del Deudor Hipotecario, las entidades bancarias exigen la adquisición de pólizas de incendio y de vida sobre los financiamientos otorgados, un mecanismo que se encuentra contraído debido a la paralización del crédito bancario en los últimos años.

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Procesos de indemnización

Con relación al procesamiento de reclamos, la expresidenta de la CAV indicó que las empresas aseguradoras han logrado resolver de forma rápida los siniestros de menor envergadura, correspondientes a daños parciales como reparaciones de mampostería o pintura.

Sin embargo, precisó que la complejidad administrativa se eleva cuando se determinan pérdidas totales o colapsos estructurales de edificios.

Bouffard explicó que los casos donde ocurre la pérdida total del inmueble o la muerte del titular asegurado, el cobro de la indemnización se encuentra sujeto a la acreditación legal de los herederos o a la presencia de un acreedor hipotecario preferencial.

“Si la persona falleció en el colapso, todo esto pasa a sus herederos, quienes deben hacer los procesos correspondientes ante las autoridades para tener su acreditación. O si hay un banco que otorgó un crédito sobre ese inmueble, este es el beneficiario preferencial. Una vez cobrada la deuda pendiente, el diferencial quedaría para los herederos”, detalló la consultora en materia de seguros.

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Asimismo, al ser consultada sobre las personas desaparecidas en desastres naturales, la consultora aclaró que para proceder con la ejecución de seguros de vida o patrimoniales se requiere la certificación de defunción emitida por las autoridades competentes o, en su defecto, la resolución judicial de declaración de muerte presunta.

Planes oficiales

Por otra parte, la especialista destacó la iniciativa de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), organismo que emitió una circular solicitando a las empresas del sector remitir información detallada sobre la infraestructura asegurada en las zonas afectadas, dividida en dos entregas con corte al 5 de agosto y al 30 de septiembre.

Bouffard valoró de forma positiva que la recolección de información incluya no solo los inmuebles con daños reportados, sino también aquellos que no sufrieron afectaciones pero se encuentran dentro del perímetro sísmico, lo que permitirá consolidar una estadística oficial por sectores residenciales, comerciales e industriales.

“Un plan de contingencia es para algo puntual, pero la continuidad del negocio es la forma en que a un empresario le permite seguir operando, quizás no en las mismas condiciones, pero le permite continuar independientemente de las circunstancias que puedan cambiar el contexto”, detalló Bouffard.

La analista enfatizó la importancia de que el sector empresarial venezolano promueva esquemas formales de gestión de riesgos, debido a que la formulación de planes de continuidad operativa resulta indispensable para garantizar la sostenibilidad de las organizaciones ante eventos naturales o emergencias en Venezuela.

Fiorella Tagliafico
Fiorella Tagliafico - Redactora
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