El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) eliminó la exigencia de homologar los sistemas informáticos utilizados para generar facturas, una medida que busca reducir las barreras técnicas y los costos asociados con la formalización de los contribuyentes.
Román Maniglia, superintendente del Seniat, explicó que la decisión se tomó después de escuchar las propuestas y necesidades de distintos sectores económicos.
“En el proceso de escuchar a todos los sectores, sus propuestas y necesidades, consideramos derogar la normativa anterior que exigía una homologación de sistemas informáticos para la generación de facturas, eliminando así una barrera técnica que podría dificultar el acceso al proceso de formalización”, señaló Maniglia en su cuenta de Instagram.
La modificación está contemplada en la Providencia SNAT/2026/00084, que derogó la Providencia SNAT/2024/000121, normativa que establecía las condiciones para la autorización y homologación de sistemas informáticos utilizados en los procesos de facturación.
¿Qué significa eliminar la homologación de los sistemas?
La principal modificación está relacionada con el software utilizado para generar las facturas. El contribuyente ya no debe utilizar obligatoriamente un sistema informático que haya pasado por un proceso de homologación ante el Seniat.
La medida busca facilitar el acceso a herramientas de facturación y reducir los costos que podían enfrentar pequeños comerciantes, emprendedores y otros contribuyentes para adecuarse a los requisitos técnicos establecidos por la Administración Tributaria.
Esto no significa que desaparezcan las obligaciones fiscales relacionadas con la emisión de facturas. Los documentos deben continuar cumpliendo con los requisitos establecidos por el Seniat y los contribuyentes deben conservar los controles correspondientes.
¿La medida elimina la obligación de usar máquinas fiscales?
No. La eliminación de la homologación de los sistemas informáticos no significa que los comercios puedan prescindir de las máquinas fiscales cuando la normativa establezca que deben utilizarlas.
La diferencia está en que la nueva disposición elimina la exigencia de homologación para los sistemas informáticos de facturación, mientras que las obligaciones relacionadas con las máquinas fiscales continúan vigentes para los contribuyentes y actividades que estén sujetos a este mecanismo.
Por ello, un comercio no puede interpretar la nueva medida como una autorización general para sustituir una máquina fiscal por cualquier programa de facturación.
La obligación dependerá del tipo de actividad, las características del contribuyente y las disposiciones específicas establecidas por el Seniat.
¿Qué cambia para quienes utilizan Forma Libre?
La modificación puede facilitar la utilización de sistemas informáticos para generar facturas bajo la modalidad de Forma Libre, al desaparecer el requisito de que el software utilizado esté homologado por el Seniat.
Sin embargo, esto no significa que una Forma Libre pueda elaborarse de cualquier manera. El contribuyente debe cumplir con las condiciones fiscales correspondientes y utilizar los formatos que establece la normativa.
En particular, la Forma Libre no equivale a una factura escrita manualmente. La eliminación de la homologación del software no elimina los requisitos formales que debe cumplir este mecanismo de facturación.
¿Por qué el Seniat eliminó este requisito?
De acuerdo con Maniglia, la decisión forma parte de un proceso de revisión de las exigencias aplicadas a los contribuyentes y busca eliminar obstáculos que puedan dificultar la formalización.
La homologación implicaba que los desarrolladores de sistemas y los contribuyentes debían adecuarse a determinados estándares técnicos establecidos por la Administración Tributaria.
Con la derogación de esa exigencia, el Seniat busca reducir trámites y costos de adaptación para las empresas, especialmente aquellas que requieren soluciones informáticas para sus procesos de facturación.
La medida, sin embargo, no elimina el control tributario sobre las operaciones comerciales. Los contribuyentes siguen sujetos a las obligaciones de facturación, declaración y pago de los tributos que correspondan.