La organización no gubernamental (ONG) Acceso a la Justicia propuso un baremo para la conformación del Comité Preliminar como primer paso para la selección de los nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en contexto de la mesa de diálogo entre el gobierno encargado y la Asamblea Nacional 2015. El proceso busca que los funcionarios electos sean un ejemplo de excelencia.
Los directivos de la ONG, Laura Louza y Alí Daniels, explicaron en una rueda de prensa, celebrada el viernes 25 de septiembre, que la propuesta fue basada en experiencias de países latinoamericanos y de España, esto debido a que ‘‘en Venezuela desde hace décadas no se selecciona a un magistrado del TSJ por concurso de credenciales’’, de acuerdo con el medio Efecto Cocuyo.
‘‘Todos los venezolanos debemos colaborar para que el cambio sea posible, y al mismo tiempo, se requiere que los responsables del proceso evidencien con hechos la aplicación de la Constitución, llevando a que el resultado final sea la escogencia de los magistrados independientes e imparciales que dicho texto exige’’, expresó Louza.
Los acuerdos de la mesa de diálogo sólo han alcanzado la reforma del artículo 65 de la Ley Orgánica del TSJ, mediante el cual se amplió de 10 a 12 el número de representantes de la sociedad civil en el Comité de Postulaciones Judiciales. “Ni siquiera se ha designado la comisión preliminar de diputados que reclutará a esos 12 representantes de la sociedad civil”, precisó Daniels.
Para esta propuesta se han considerado, en primer lugar, los requisitos constitucionales y legales exigidos para ser magistrado del TSJ. Asimismo, ante la ausencia de baremos públicos utilizados en procesos de selección anteriores en Venezuela, se examinaron como referencia criterios y metodologías de evaluación aplicados en procesos de selección judicial de España, México, El Salvador, Chile y Guatemala.
Por su parte, el abogado Alí Daniels destacó que para la elaboración de esta propuesta se han seleccionado únicamente aquellos criterios que resultan aplicables a la realidad actual del país y que establece el ordenamiento jurídico vigente.
Etapas
Louza remarcó que el procedimiento establecido en la ley obliga al cumplimiento riguroso de una serie de etapas:
- Convocatorias con lapsos precisos.
- Publicación del cronograma.
- Recepción de recaudos.
- Períodos de impugnación ciudadana.
- Descargos de los postulados.
- Entrevistas públicas.
- Publicación detallada de las calificaciones del baremo.
Cada paso se extiende hasta dos meses y medio, es decir, al menos 75 días. Sin embargo, la directora de Acceso a la Justicia considera que la intervención de la mesa de diálogo puede abreviar algunos trámites.
Proceso público
Daniels y Louza insistieron que cada paso, incluyendo las entrevistas de los postulados que avancen en cada etapa, ‘‘debe ser público’’ y transmitido por los medios de comunicación. Enfatizaron que el lapso de impugnaciones es muy corto y la difusión del proceso facilitaría la identificación de algún precalificado que no cumpla con alguna de las exigencias previstas en el baremo.
Daniels detalló que los postulantes deben inscribirse para la sala que concuerde con su perfil profesional, académico o judicial.
El perfil de ejercicio profesional debe contar con 15 años de experiencia y con un postgrado en materia jurídica la evaluación que variará de 5 a 8 puntos máximo. El perfil académico debe contar con 15 años como profesor de ciencias jurídicas, un punto por cada 5 años, y debe ser profesor titular.
Mientras que el perfil judicial debe contar con 15 años de carrera judicial, un punto por cada 5 años. Además de un nombramiento de acuerdo al artículo 255 de la Constitución, juez superior y/o maestría o doctorado.
En cuanto la importancia del Ítem Reconocida Honorabilidad, Daniels mencionó que el postulante no puede tener denuncias ante el Colegio de Abogados o Inspectoría General de Tribunales, ni amonestaciones judiciales por conducta impropia. Tampoco puede acumular denuncias por violación a los derechos humanos por parte de organizaciones no gubernamentales tanto nacionales como internacionales.
Independencia efectiva
Acceso a la Justicia plantea tres exigencias:
- Admitir la participación libre y autónoma y sin riesgo de represalias de las organizaciones de la sociedad civil como observadoras del proceso.
- Permitir la asistencia técnica o la observación internacional por parte de órganos internacionales calificados, como la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
- La evaluación de los aspirantes debe investigar su eventual participación en violaciones de derechos humanos.
Daniels explicó que en otros países, como España, el ejercicio de la judicatura es uno de los factores más determinantes para la selección de las máximas autoridades del Poder Judicial, pero que “en Venezuela los jueces son designados a dedo”.
Louza afirmó que el saneamiento institucional al cual se aspira requiere que las autoridades judiciales sean verdaderamente independientes de factores de poder político o económico. La ley establece que los aspirantes a magistrados deben renunciar a la militancia partidista, pero Acceso a la Justicia considera que la renuncia es una formalidad insuficiente, por ello, la desafiliación partidista efectiva se debe incluir en la ley.
Honorabilidad de los aspirantes
Acceso a la Justicia construyó una herramienta que pondera los requisitos establecidos en la Carta Magna en una escala del 1 al 100. La propuesta de la organización establece que la nota o puntaje mínimo aprobatorio que debe obtener un profesional del derecho para ser considerado elegible es de 15/100 puntos.
Para operativizar esta exigencia constitucional, la propuesta de baremo exige la verificación estricta de las siguientes causales éticas:
- No poseer sanciones ni denuncias declaradas con lugar ante el Colegio de Abogados o la Inspectoría General de Tribunales, ni amonestaciones por conducta impropia.
- En caso de haber ejercido cargos públicos, no estar señalado en informes de organismos nacionales o internacionales de protección por violaciones a los derechos humanos.
- No tener denuncias ni procesos por violencia contra la mujer.
- No haber sido objeto de señalamientos por faltas a los deberes esenciales de la función judicial por parte de tribunales superiores.
- No registrar denuncias ni sanciones por plagio en trabajos académicos o publicaciones jurídicas.
La falta de honorabilidad tiene la mayor penalización. Cada falta ética resta 20 puntos de la evaluación general.
Transparencia
Para que no quede duda del alcance de la transparencia que se requiere, Acceso a la Justicia hizo una lista de 10 puntos que deben hacerse públicos:
- Los recaudos de los postulados, tanto para el Comité de Postulaciones Judiciales como para los candidatos a magistrados.
- La convocatoria a la sociedad civil para ser parte del Comité de Postulaciones Judiciales y los estándares establecidos de selección de sus miembros.
- Un cronograma que incluya todos y cada uno de los lapsos y actos.
- La convocatoria con los requisitos correspondientes, el número de vacantes por Sala y el lapso para presentar los recaudos.
- El baremo aprobado.
- La lista de candidatos a magistrados.
- Las entrevistas a los postulados.
- La lista de candidatos impugnados.
- Las decisiones sobre las impugnaciones de los candidatos.
- El resultado de la aplicación del baremo con las calificaciones obtenidas por cada candidato.
Los representantes de Acceso a la Justicia, tras aclarar que no pretenden participar en el proceso, afirmaron estar atentos ante la ‘‘lentitud para seleccionar el Comité Preliminar’’ e indicaron que cada fase tiene su tiempo previsto. Sin embargo, aseguraron que de continuar la indefinición no habrá nuevo TSJ en diciembre, según lo previsto por la mesa de diálogo, y menos aún un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE).