• La coordinadora de Contraloría Electoral de Súmate, Nélida Sánchez, y el politólogo Ricardo Sucre Heredia explicaron a El Diario que los nuevos rectores del CNE no poseen competencias para revocar las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia que intervienen las tarjetas y juntas directivas de diferentes organizaciones políticas

El Consejo Nacional Electoral (CNE) designado por la Asamblea Nacional oficialista  anunció que trabaja en la restitución de una serie de rectificaciones necesarias para la realización de elecciones confiables en Venezuela.

Antiguas exigencias como la entrada de observadores internacionales y la auditoría del sistema electoral, estarán en la agenda del presidente del ente electoral, Pedro Calzadilla. Uno de los puntos más importantes a tratar también es la revisión de las inhabilitaciones de partidos y dirigentes políticos. 

Varias de estas medidas coinciden con las condiciones exigidas por el gobierno interino de Juan Guaidó para retomar el camino electoral, luego de cuatro años sin que los principales partidos opositores participen en las urnas. No obstante, todavía hay escepticismo de parte de la Alternativa Democrática sobre la fiabilidad de la institución, a la que acusan de operar como un apéndice del régimen de Nicolás Maduro.

En un comunicado, la asociación civil especializada en procesos electorales Súmate declaró que el nuevo CNE todavía posee una ilegitimidad de origen. Esto por haber sido nombrada por una instancia sin reconocimiento internacional como la AN afín al régimen de Nicolás Maduro. No obstante, aclara que todavía puede “legitimarse en función de su desempeño” si actúa apegada a la ley y genera confianza en los electores. Por este motivo, la organización se mantendrá vigilante del cumplimiento de todas las garantías y del cronograma electoral.

Una tarea pendiente

El periodista de El Diario especializado en temas electorales, Eugenio Martínez, señaló previamente que una de las 11 tareas pendientes del nuevo CNE es revertir las inhabilitaciones políticas aplicadas contra líderes opositores. También revocar las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que intervienen las directivas de partidos políticos.

Indicó que el ente debe garantizar el derecho de todos los candidatos de postularse a cargos de elección popular. También permitir a las diferentes organizaciones políticas registrarse y presentar sus listas regidas por normas justas y universales. Esto aplica además para los candidatos independientes inscritos por grupos de electores.

“Elecciones sin opciones no califican como democráticas, tampoco las elecciones con opciones confinadas a un restringido menú de alternativas, todas complacientes con el Estado”, comentó.

La coordinadora de Contraloría Electoral de Súmate, Nélida Sánchez, indicó en entrevista para El Diario que desde hace años el CNE ha actuado en detrimento de los derechos de la población, y, sobre todo, del derecho a elegir y ser elegido. Eso ha causado una pérdida de confianza de los ciudadanos en la institución, lo que se traduce en los altos índices de abstención de los últimos comicios.

¿Qué buscamos los venezolanos? que cuando recurras a los centros de votación tú decisión, que es tu voto, pueda realmente elegir y no que simplemente sea el resultado de algo que se venga diseñando dentro del órgano electoral y donde se dan resultados que no respetan la voluntad popular”, acota.

¿Puede el CNE legalizar los partidos inhabilitados?

Ante la posibilidad de revertir la intervención de las toldas e inhabilitación de líderes políticos, el propio rector Calzadilla reconoció que escapa de sus competencias. Declaró que las decisiones definitivas sobre estos asuntos “corresponden a la anuencia de otras instancias del Estado venezolano”.

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Sánchez aplaude que la nueva directiva del órgano electoral reconozca el problema y demuestre voluntad de mediar. Sin embargo, todas las sentencias fueron tomadas por la Sala Constitucional del TSJ, por lo que su derogación solo corre a cargo de sus magistrados.

“Para lograr que se restablezcan sus derechos políticos, los ciudadanos que están hasta inclusive inhabilitados, la Sala Constitucional debe revertir esas decisiones para que entonces el CNE pueda convocar a las organizaciones a sus respectivas elecciones internas a los efectos de darle continuidad a lo que establece el marco regulatorio que es la Ley de Partidos Políticos”, afirma.

¿Qué garantías ofrece el nuevo CNE para los partidos políticos?
Foto: Archivo

Explica que en el mejor de los casos, los rectores podrían escribir una carta a la Sala Constitucional. La solicitud de un pronunciamiento sobre los resultados de estas sentencias, pues uno de los puntos que establecen era la realización de elecciones internas en los partidos para renovar legítimamente sus directivas, lo cual hasta el momento no se ha cumplido.

Coincide con ella el politólogo y profesor universitario Ricardo Sucre Heredia, quien indicó para El Diario que el Poder Electoral no posee competencias para actuar directamente sobre las decisiones del TSJ. No obstante, cree que la institución podría jugar un papel más en el terreno político que en el legal, como parte de una negociación que lleve al tribunal a derogar sus medidas si los partidos se comprometen a participar en las elecciones.

“El CNE no puede hacer nada porque no tienen las competencias en lo legal e institucional, pero como no estamos en democracia, puede mediar en lo político. Es un ente que fue elegido con una lógica política y puede que la garantía sea que los partidos se incorporen a la lucha en las condiciones actuales”, observa.

¿Cómo se garantiza la participación?

El CNE abrió el 12 de abril de 2021 la convocatoria para la recepción de solicitudes de denominación provisional para la constitución de organizaciones con fines políticos. El aviso oficial figura con la firma de la expresidenta del ente, Indira Alfonzo.

De acuerdo con el texto, los interesados en formar nuevas organizaciones políticas nacionales y regionales para participar en las elecciones del 21 de noviembre de 2021 deberán llenar la plantilla dispuesta en el portal del organismo y consignarla en las Oficinas Electorales Regionales de sus respectivos estados o en la sede principal del CNE. 

La coordinadora de Súmate destaca que la habilitación del proceso constituye un paso fundamental para garantizar el derecho a la participación, por lo que debe abrirse previo a cada evento electoral. Asevera que para las elecciones parlamentarias de 2020, la institución entonces presidida por Alfonzo “abrió de todas las gavetas y archivos” para aprobar la solicitud de constitución de varios partidos que estaban pendientes de años anteriores.

Del mismo modo, en el cronograma electoral anunciado por los cinco rectores el 13 de mayo de 2021, se contempla entre el 9 y 29 de agosto el plazo para la postulación de candidatos a las elecciones regionales y municipales del 21 de noviembre. Las organizaciones también tendrán del 8 al 22 de septiembre para realizar modificaciones o sustituciones en la boleta electoral.

¿Qué garantías ofrece el nuevo CNE para los partidos políticos?
Foto. Cortesía MPPRE

El artículo 67 de la Constitución recoge el derecho de los ciudadanos de asociarse con fines políticos, y de presentarse a cargos de elección. Puede ser a través de organizaciones como partidos, o por iniciativa propia, nominados por grupos de electores. Sáchez resalta que los grupos de electores se usan principalmente en comicios locales, donde participan líderes comunitarios que no están vinculados a una militancia partidista.

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Señala que es necesario dentro del proceso de constitución que el CNE garantice los derechos de los grupos de electores. Agrega que apenas se les da una semana para constituirse, un lapso mínimo al tener en cuenta que necesitan recoger un mínimo de firmas. Especialmente si se considera la representación de la población votante del municipio o estado.

Es difícil realmente que se puedan constituir este tipo de agrupaciones ni que se puedan legalizar porque el CNE no permite con sus lapsos que estas cosas se puedan realizar. Son poco viables. Por ese motivo en 2020 no hubo grupos de electores en las elecciones”, asevera.

Órgano subordinado

Sánchez trabajó durante 27 años como contadora y abogada del CNE, hasta el año 2015. Conoce bien la estructura y funcionamiento de la organización, así como todos sus procesos. Afirma que desde hace años el Poder Electoral no cumple con el principio de autonomía e independencia que debe caracterizar su funcionamiento.

El artículo 7 de la Ley Orgánica del Poder Electoral señala que el CNE debe ejercer sus funciones “autónomamente y con plena independencia de las demás ramas del Poder Público, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y en la ley”. 

Recuerda que en los últimos años el árbitro electoral ha recibido órdenes de otras instancias como el TSJ o el propio régimen de Nicolás Maduro. También se plegó a las órdenes de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que desde su instalación en 2017 se encargó de convocar todos los procesos comiciales.

Señala que las sentencias del TSJ forman parte de esa subordinación entre los poderes públicos, los cuales dejaron de tener contrapeso en sus competencias. Ahora parecen actuar bajo una misma línea política.

“Sin la independencia de los demás poderes, el CNE está en este momento dependiendo de que el TSJ deje sin efecto o revoque esas sentencia. Fue la Sala Constitucional la que le quitó a los partidos políticos sus legítimas autoridades y tarjetas”, reitera.

¿Qué ocurrió con los partidos opositores?

El precedente de la ilegalización de los principales partidos que conforman la Alternativa Democrática se remonta a 2016. Ese año el TSJ ordenó la renovación de todas las organizaciones que hubiesen obtenido menos del 1% de los votos válidos en las últimas elecciones. 

De los 59 partidos que debieron someterse al proceso de validación de su militancia, estaban los 19 que conformaban la alianza opositora. Tanto  en las presidenciales de 2013 como en las parlamentarias de 2015, habían declinado de usar sus tarjetas propias. En cambio, acordaron para presentarse bajo la tarjeta única de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD). Por ese motivo la Sala Constitucional puso en entredicho la legitimidad de todos estos partidos.

La mayoría de los partidos lograron recoger en los lapsos establecidos una cantidad de firmas equivalente al 0,5% del padrón electoral de al menos 12 partidos. Los que no lo consiguieron, como fue el caso de Copei, Bandera Roja o PPT, pudieron en 2017 apelar a un proceso de reparo para recoger las manifestaciones de voluntad en los estados donde no habían alcanzado el mínimo requerido. Al final, la cantidad de partidos habilitados en el país quedó reducida a 22 organizaciones, mientras que partidos como La Causa R y Proyecto Venezuela quedaron formalmente ilegalizados.

El 10 de diciembre de 2017 la ANC ordenó un nuevo proceso de validación contra cinco organizaciones opositoras. Estas fueron Acción Democrática (AD), Voluntad Popular (VP), Primero Justicia (PJ), Puente y la MUD. Debido a las tensiones políticas entre la oposición y el régimen de Maduro, solo AD y PJ acudieron al proceso. Los demás partidos quedaron ilegalizados de facto. En esta oportunidad AD fue el único partido que superó la cantidad de firmas requeridas. Aunque PJ solicitó reparo,  el CNE, en vocería de la rectora Tania D’Amelio (que continúa en la actual directiva) rechazó la medida. 

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Usurpación de tarjetas

Con la ilegalización de tres de las principales toldas políticas opositoras (AD, PJ y VP), y el desmantelamiento de la MUD, la oposición decidió desde las elecciones regionales de 2017 no volver a las urnas. Su alegato se basó en las reiteradas violaciones de la ley y los procesos electorales del CNE presidido por Tibisay Lucena. También por la injerencia del TSJ y la ANC sobre el Poder Electoral.

La política de abstención se mantiene hasta la actualidad. De acuerdo Sánchez, esta postura llevó al TSJ a arremeter nuevamente contra los partidos opositores. El 15 junio de 2020 se emitió la sentencia 007 que autorizó la intervención de la junta directiva de AD. Un día después, el 16 de junio, una medida similar recayó sobre PJ. Como una avalancha, pronto se extendió a partidos como VP, Movimiento Republicano y Bandera Roja. También toldas identificadas con el chavismo, pero que habían roto lazos con el Gran Polo Patriótico, como Patria para Todos (PPT), Tupamaro y Compromiso País.

En el caso de PPT y Tupamaros, las nuevas directivas ad hoc se mantuvieron en el Polo Patriótico durante las elecciones parlamentarias de 2020. Por otro lado, las tarjetas de AD y VP también figuraron en la boleta, a pesar de estar VP ilegalizado desde 2018. La única excepción fue PJ, cuya directiva fue devuelta por el TSJ en septiembre de 2020, además de quedar habilitada nuevamente para postularse en elecciones.

Irregularidades en la intervención

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Foto: Cortesía

Sánchez resalta múltiples irregularidades en la sentencia 0071 del TSJ que ordenaba la intervención de AD. Indica que la medida se dio en respuesta a un recurso de amparo constitucional introducido el 28 de junio de 2018 por los militantes de la tolda Otto Medina y Jesús María Mora. Añade que la ley establece un plazo máximo de 72 horas para dar respuesta a la solicitud, pero tardaron casi dos años en admitirla.

En segundo lugar, señala que la sentencia se realizó en contra de las tres máximas autoridades del partido blanco: Isabel Carmona, Henry Ramos Allup y Bernabé Gutiérrez. Sin embargo, en la sentencia del TSJ Gutiérrez queda designado como secretario general de la junta ad hoc

“Resulta legalmente inverosímil, que siendo parte de la directiva a la que le fue impuesta una medida de suspensión, precisamente secretario de Organización, la Sala, en el mismo acto designe a Bernabé Gutiérrez para presidir la mesa directiva ad hoc del partido. Es decir, el demandado resultó ser el beneficiario de la medida”, comenta la abogada.

También señala que la razón del recurso de amparo fue la presunta imposición de las autoridades del partido en el estado Aragua por parte del Comité Ejecutivo Nacional, sin respetar un proceso de elecciones internas o siquiera consultar a sus bases. Sobre este punto Sánchez se cuestiona si el TSJ tomó en consideración la opinión de los militantes de la tolda al nombrar la junta ad hoc, o si se ha acatado, casi 11 meses después de la intervención, el proceso de elecciones internas requerido para renovar la directiva.

En el caso de las otras sentencias posteriores, acota que obedecen a razones estrictamente políticas que usaron como base la medida sobre AD. En el caso de VP y PJ, la mesa directiva fue entregada a los dirigentes José Gregorio Noriega y José Brito, respectivamente. Ambos habían sido expulsados de sus organizaciones por participar en la denominada “Operación Alacrán”. Agrega que con PPT y Tupamaros, fueron represalias por  intentar deslindarse del Polo Patriótico para postular sus propios candidatos en las parlamentarias.

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Sin cambios

Sucre Heredia considera que a pesar de la mediación del nuevo CNE, la Sala Constitucional no revocará sus sentencias sobre los partidos intervenidos. 

Asegura que actualmente el régimen de Nicolás Maduro reconoce solo a Bernabé Gutiérrez como secretario general de AD, con el cual ha tenido acercamientos a través de la Mesa de Diálogo Nacional. Por ese motivo cree que muy difícilmente perderá su reconocimiento a cambio de devolver la dirigencia a una figura mucho más confrontativa, como la de Ramos Allup.

Para el politólogo y psicólogo social, si la facción de Ramos Allup llegara a tomar la decisión de medirse en los comicios del 21 de noviembre, su mejor opción sería reunirse con la directiva de Gutiérrez. “Va a depender de la propia dinámica interna de los adecos. De que ambas partes puedan conversar en un congreso nacional y superar sus diferencias para participar bajo la misma tarjeta”, añade.

Hasta el momento, la militancia de AD encabezada por Ramos Allup mantiene la línea del gobierno interino de desconocer al CNE y exigir condiciones electorales a través del Acuerdo de Salvación Nacional. Uno de sus principales requisitos para volver a las urnas es, precisamente, la devolución de su tarjeta y junta directiva.

Sucre Heredia señala que la misma situación ocurre con PPT y Tupamaro, donde sus estructuras fueron ya totalmente asimiladas por sus directivas leales al régimen de Maduro. Con Voluntad Popular ocurre un caso diferente. Asevera que el partido dirigido por Leopoldo López, y en el que militó Juan Guaidó, difícilmente será habilitado, pues dentro de la narrativa del régimen son considerados una “organización subversiva”. Además, desde mayo de 2020 existe en la Sala Constitucional del TSJ una solicitud de la Fiscalía para declarar a la tolda naranja como un grupo terrorista.

¿Qué garantías ofrece el nuevo CNE para los partidos políticos?
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Del mismo modo, VP es quizás el partido más reacio dentro de la Alternativa Democrática de participar en las elecciones regionales de 2021. Agrega que su tarjeta seguirá intervenida mientras no cambie su postura abstencionista. Opina, además, que desde 2020 existe un deslinde de diferentes dirigentes y organizaciones que sí desean postularse, y han marcado distancia del gobierno interino.

Destaca que una de las opciones más probables para los opositores que se midan en los comicios será participar bajo una tarjeta electoral distinta a la de su partido. Esto ya se vio anteriormente, cuando alcaldes pertenecientes a las filas de PJ se postularon en las municipales de 2017 representados por organizaciones pequeñas como Por Amor a los Pueblos (PAP) o La Fuerza del Cambio. 

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