• La organización no gubernamental (ONG) OVV LGBTIQ+ exigió una investigación contra los funcionarios policiales encargados de la detención | Foto principal: OVV LGBTIQ+ | Twitter

El Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ (OVV LGBTIQ+) denunció el lunes 5 de febrero que el influencer Marcos Caraballo recibió la medida de libertad bajo régimen de presentación cada 30 días. Carballo fue acusado del delito de “ultraje al pudor” tras una sesión de fotos vestido de ángel frente a la Basílica Nuestra Señora de la Chiquinquirá en Maracaibo, estado Zulia.

El 4 de febrero se realizó la audiencia de presentación del influencer en donde se dio a conocer que Caraballo sería puesto en libertad bajo el régimen de presentación y se le prohibiría salir del país durante ocho meses.

Jeffrey Rodríguez, abogado y coordinador del OVV LGBTIQ+, advirtió en una nota de prensa sobre los peligros de imputar el delito de “ultraje al pudor” a personas LGBTIQ+.

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“El delito de ultraje al pudor se utiliza de manera discrecional por parte de las autoridades, fiscales o jueces. Primero, cuando un acto a nivel social puede haber causado algún tipo de molestia o repudio. Segundo, cuando hay una respuesta social de connotación negativa o abrumadora (…). Es peligroso que se le impute a personas LGBTIQ+ porque le deja ver a los demás que ser parte de esta población es un delito”, explicó.

De acuerdo con el OVV LGBTIQ+, Nerio Antonio Bello, de 58 años de edad, la otra persona detenida por facilitarle el disfraz de ángel a Carballo, salió en libertad sin cargos.

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EFE/Miguel Gutiérrez

¿Cómo ocurrieron los hechos?

El viernes 2 de febrero, la Policía de Zulia (PoliZulia) detuvo a Marcos Carballo, de 26 años de edad, por posar vestido de ángel frente a la Basílica Nuestra Señora de la Chiquinquirá en Maracaibo, Zulia.

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Las fotos de Carballo estaban publicadas en redes sociales desde el 30 de enero de 2024 y los funcionarios lo detuvieron luego de una serie de denuncias en su contra por parte de grupos religiosos católicos.

Tras la aprehensión, trasladaron a Carballo y Bello al Centro Diagnóstico Integral (CDI) de la Chamarrera para verificar el estado de salud de ambos. El caso estuvo bajo la jurisdicción de la Fiscalía N° 11 del Ministerio Público .

“Estamos ante un acto de homofobia porque hay una actuación diferenciada por parte de las autoridades y los cuerpos de seguridad respecto a otras manifestaciones artísticas u otras comisiones de otros delitos”, enfatizó el abogado Jeffrey Rodríguez.

Asimismo, el OVV-LGBTIQ+ solicitó una investigación a los funcionarios policiales que estuvieron a cargo de este caso.

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“Desde el OVV LGBTIQ+, se exige a las autoridades que liberen las restricciones impuestas al influencer, pues es inocente. Se exige que la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público investiguen”, se lee en el comunicado.

Antecedentes en los que se ha aplicado el delito “ultraje al pudor” a personas LGBTIQ+

De acuerdo con el Observatorio LGBTIQ+, este es el segundo caso en el que las autoridades aplican el delito “ultraje al pudor” a personas de la comunidad LGBTIQ+. El caso anterior ocurrió en Valencia, estado Carabobo.

En julio de 2023, las autoridades detuvieron a 33 hombres en un local LGBTIQ+, acusados de los delitos de “ultraje al pudor, agavillamiento y contaminación sónica”. Sin embargo, ante la presión en redes sociales, la Justicia venezolana sobreseyó la causa en contra de 30 de los 33 detenidos.

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“Finalmente, los 30 tienen su boleta de sobreseimiento. Eso ha sido gracias a la presión que se ha ejercido”, indicó el activista Yendri Velásquez, miembro del observatorio, en su cuenta de X (antes Twitter).

De acuerdo con Velásquez, las tres personas restantes detenidas, eran el dueño y los empleados del local, quienes debieron presentar fiadores.

A principios de agosto de 2023, el fiscal general Tarek William Saab no descartó la posibilidad de abrir una investigación en contra de los funcionarios que estuvieron a cargo del proceso de detención. Este anuncio se dio tras las denuncias de abusos, burla y malos tratos a los detenidos.

Qué estipula la ley venezolana sobre los delitos de ultraje al pudor, agavillamiento y contaminación sónica
Fotografía: Armando Díaz
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