El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó el miércoles 4 de junio una proclamación que restringe el ingreso de ciudadanos de 19 países, con el objetivo de «proteger» a ese país de amenazas relacionadas con el terrorismo y la seguridad nacional.
La medida entra en vigencia a partir de las 12:01 am del lunes siguiente a la firma, es decir, el 9 de junio de 2025.
La proclamación prohíbe totalmente la entrada a ciudadanos provenientes de 12 países considerados de “riesgo muy alto” y con deficiencias en los controles de seguridad: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Además, impone restricciones parciales a visitantes de Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela. En estos casos, las limitaciones varían según el tipo de visa y otros criterios específicos.
Contexto histórico y justificación del veto
Esta proclamación es la continuación de la política conocida como travel ban o “veto migratorio”, que Trump implementó por primera vez en enero de 2017.
En ese entonces, prohibió temporalmente la entrada de ciudadanos de siete países mayormente musulmanes (Irak, Siria, Irán, Sudán, Libia, Somalia y Yemen). La medida enfrentó múltiples desafíos legales hasta que una versión ajustada fue ratificada por la Corte Suprema en 2018.
El actual veto se basa en una orden ejecutiva firmada el 20 de enero de 2025, que instruyó a los departamentos de Estado, Seguridad Nacional y al Director de Inteligencia Nacional a evaluar el riesgo que representan ciertos países para la seguridad estadounidense, tomando en cuenta “actitudes hostiles” hacia Estados Unidos y deficiencias en los procesos de control migratorio.
Trump justificó la nueva medida diciendo: “Debo actuar para proteger la seguridad nacional y los intereses de Estados Unidos y su pueblo.”
Venezuela y Cuba bajo restricciones parciales
De acuerdo con el reporte oficial, Venezuela carece de una autoridad central competente o cooperativa para emitir pasaportes y documentos civiles, y no cuenta con mecanismos adecuados de revisión y evaluación de riesgos.
Además, históricamente ha rechazado aceptar a sus nacionales deportados, lo que dificulta la gestión migratoria estadounidense. La tasa de permanencia irregular (overstay) de visas B1/B2 venezolanas es del 9.83 %.
Cuba, catalogado como Estado patrocinador del terrorismo, tampoco coopera suficientemente con Estados Unidos en materia de intercambio de información de seguridad. Además, tiene una tasa de permanencia irregular del 7.69 % para visas B1/B2 y 18.75 % para visas F, M y J.
¿Qué significan las categorías de visas?
- Visa B1/B2: son visas temporales para visitantes que viajan por turismo, negocios o tratamiento médico. La B1 es para viajes de negocios, la B2 para turismo o visitas familiares, y la combinación B1/B2 permite ambos propósitos.
- Visa F: es una visa de estudiante académica para personas que ingresan a Estados Unidos con el objetivo de realizar estudios en instituciones académicas acreditadas.
- Visa M: es una visa para estudiantes de programas vocacionales o técnicos no académicos.
- Visa J: es una visa para visitantes de intercambio, incluyendo estudiantes, profesores, investigadores y profesionales que participan en programas aprobados de intercambio cultural y educativo.
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