Víctor Hugo Quero Navas fue detenido el 1° de enero de 2025, en las inmediaciones de Plaza Venezuela, Caracas, por presuntos funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), sin una orden judicial. La Misión de Determinación de los Hechos de la ONU documentó que su madre, Carmen Teresa Navas, comenzó desde entonces una búsqueda que se prolongó durante más de 16 meses.
El caso forma parte del seriado “Textos sobre la Misión de la ONU” del periodista Luis Carlos Díaz, publicado en la página de la ONG Justicia, Encuentro y Perdón, que sirve como punto de partida para esta cuarta nota sobre los casos documentados por la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU sobre Venezuela.
El informe señala que la desaparición forzada comprende la privación de libertad por agentes del Estado, seguida de la negativa a reconocerla o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona. Se trata de una violación continuada mientras persista ese ocultamiento y hasta que el Estado informe oficialmente qué ocurrió con la persona desaparecida.
En el caso de Quero Navas, la Misión señaló que su madre acudió durante enero de 2025 a hospitales, morgues, centros de privación de libertad, servicios de emergencia, CICPC, DGCIM, Sebin, Fiscalía y Defensoría del Pueblo para preguntar por su hijo, sin obtener información sobre su paradero.
Para Díaz, el caso de Quero Navas “condensa casi todo lo que la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU intenta explicar sobre la desaparición forzada en Venezuela”, porque reúne la detención, la falta de información sobre el paradero, la búsqueda de los familiares y el posterior ocultamiento de la muerte.
Una búsqueda de más de 16 meses
La Misión documentó varias de las gestiones realizadas por Carmen Navas. Entre ellas, una denuncia por desaparición forzada presentada ante la Fiscalía General de la República el 28 de febrero de 2025 y otra denuncia escrita, con acuse de recibo, el 29 de octubre de ese año.
Navas acudió además al menos 10 veces a la Defensoría del Pueblo y al menos seis veces al centro penitenciario El Rodeo I. En este último caso, tanto el tribunal de la causa como la propia Defensoría le habían indicado que su hijo se encontraba recluido allí, pero funcionarios penitenciarios negaron reiteradamente su presencia. Funcionarios de la DGCIM también negaron que Quero Navas estuviera en esa sede.
Díaz describe esa búsqueda como “un mapa de todas las instituciones del Estado venezolano, recorridas una por una sin resultado”. La expresión resume el recorrido de Carmen Navas por organismos que, pese a recibir sus denuncias y solicitudes, no le permitieron conocer oficialmente el paradero de su hijo.
La búsqueda continuó en 2026. El 5 de marzo, Carmen Navas solicitó ante un tribunal especializado en terrorismo la aplicación de la Ley de Amnistía, el sobreseimiento de la causa y la libertad de su hijo. El 6 de abril le fue negada una acción de amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia y, el 6 de mayo, según la defensa de Navas, el tribunal rechazó la solicitud de amnistía al considerar que los delitos imputados no calificaban para ese beneficio.
Le entregaron un papel para informarle de su muerte
El 3 de mayo de 2026, la nueva defensora del pueblo citó a Carmen Navas para interesarse por su caso. Cuatro días después fue convocada nuevamente al despacho de la funcionaria, donde también se encontraba el ministro del Sistema Penitenciario, Julio García Zerpa, además de otros funcionarios.
Según la información recibida por la Misión, Carmen Navas no fue autorizada a entrar acompañada. Al ingresar, le entregaron un papel y le pidieron que lo leyera. Así fue comunicada oficialmente la muerte de su hijo.
El mismo 7 de mayo, el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario informó públicamente que Quero Navas había muerto el 24 de julio de 2025, después de ser trasladado desde El Rodeo I al Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo.
De acuerdo con ese comunicado, la causa de muerte fue una insuficiencia respiratoria aguda secundaria a un tromboembolismo pulmonar. El ministerio indicó que Quero Navas había ingresado al hospital el 15 de julio de 2025 por una hemorragia digestiva superior y un síndrome febril agudo.
El comunicado también afirmó que durante su reclusión ningún familiar se presentó a solicitar una visita formal. La Misión consideró que esa afirmación era difícil de conciliar con la información que había examinado sobre las numerosas gestiones realizadas por los familiares para determinar el paradero de Quero Navas.
El contraste es uno de los elementos que destaca Díaz en su análisis: “Carmen Navas lo hizo todo y el Estado lo negaba”. Durante meses, la madre presentó denuncias, acudió a instituciones y buscó información sobre su hijo, mientras las autoridades no reconocían oficialmente su detención ni informaban de que había muerto bajo custodia en julio de 2025.
La investigación y la exhumación
El Ministerio Público anunció el mismo 7 de mayo el inicio de una investigación penal sobre la muerte de Quero Navas y ordenó la exhumación de su cadáver. La investigación fue encomendada a la Fiscalía 80ª Nacional con competencia en protección de derechos humanos.
El cuerpo fue exhumado el 8 de mayo en el Parque Memorial Jardín La Puerta, al sureste de Caracas. Según el Ministerio Público, la exhumación y la posterior autopsia fueron practicadas por un equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Penal, con acompañamiento del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (SENAMECF), la Defensoría del Pueblo y familiares de la víctima.
La Misión también recibió el testimonio de una persona que estuvo presente durante la exhumación. Según ese testimonio, el cuerpo estaba desnudo, boca abajo y con los brazos entrelazados hacia las piernas. Parte de los funcionarios presentes preguntó a Carmen Navas si había llevado ropa para vestir a su hijo. El cuerpo fue sepultado ese mismo día y las pruebas de autopsia se realizaron allí, a pocos metros de las personas presentes.
El Ministerio Público informó el 2 de junio que la necropsia, junto con estudios histológicos, toxicológicos y otras experticias, determinó que la muerte se produjo por un tromboembolismo pulmonar y que el cadáver no presentaba lesiones traumáticas. El Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) realizó además una prueba genética que estableció una probabilidad de filiación biológica de 99,496 %, confirmando que los restos correspondían a Quero Navas.
Los familiares cuestionaron esos resultados el 3 de junio. Denunciaron que fueron divulgados como si fueran concluyentes o finales sin permitirles participar en los exámenes con médicos independientes ni revisar previamente las conclusiones. También pidieron que la investigación se realizara conforme al Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas.
Carmen Navas murió nueve días después
Carmen Teresa Navas murió el 17 de mayo de 2026, a los 83 años, nueve días después de conocer oficialmente el fallecimiento de su hijo.
En un comunicado del 3 de junio, sus familiares sostuvieron que su muerte estuvo relacionada con el sufrimiento físico y emocional provocado por la incertidumbre prolongada sobre el paradero y destino de Quero Navas. La Misión recogió esa afirmación y recordó que organismos y procedimientos especiales de Naciones Unidas han reconocido que la angustia, el sufrimiento y la incertidumbre prolongada de los familiares de personas desaparecidas pueden constituir, por sí mismos, tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
La Misión concluyó que los casos documentados muestran que los efectos de las desapariciones forzadas alcanzan también a los familiares. Señaló que la incertidumbre prolongada sobre la suerte o el paradero de una persona, agravada por las negativas oficiales y la falta de una respuesta efectiva, puede constituir una violación de la integridad personal de sus familiares.
El informe también identifica una dimensión diferenciada en el impacto sobre las mujeres. En la mayoría de los casos analizados, fueron ellas quienes asumieron las labores de búsqueda, denuncia y participación en manifestaciones públicas, mientras continuaban con responsabilidades familiares y de cuidado. La Misión señaló que esto las expuso a cargas físicas, emocionales y económicas adicionales, así como a riesgos de intimidación, hostigamiento y represalias.
El caso de Víctor Hugo Quero Navas es utilizado por la Misión como ejemplo de una modalidad particularmente grave de ocultamiento prolongado del destino y paradero de una persona detenida: fue detenido en enero de 2025 y las autoridades no informaron oficialmente de su muerte hasta mayo de 2026, aunque había fallecido bajo custodia en julio de 2025.