El especialista tributario, docente y coordinador del blog Gerencia y Tributos, Camilo London, explicó que debe establecerse un decreto por parte del Estado que alivie tributariamente a las empresas afectadas por la emergencia tras los terremotos del 24 de junio e impulse la recuperación económica que han solicitado distintos sectores con anterioridad.
La Cámara de Comercio de La Guaira se reunió el 28 de julio con representantes de los sectores comercial, empresarial y logístico del estado para evaluar el impacto del terremoto del 24 de junio, destacando que unas 200 edificaciones sufrieron pérdidas totales y exigiendo alivio tributario ante el ahogo fiscal.
Camilo London precisó que antes de los terremotos, se venía planteando la necesidad de un alivio tributario enfocado en aminorar la carga impositiva, que se ha reconocido y se ha medido como muy elevada en el país. Afirmó que se pudiese estar generando una situación de rémora que afecta al sector productivo que requiere de este auxilio.
“No para obtener beneficios fiscales, sino para que los tributos dejen de ser una carga demasiado onerosa que afecte el desarrollo de la actividad económica, porque si afecta la actividad económica, afecta la fuente generadora de tributos”, detalló el especialista en una entrevista del programa A Tiempo transmitido por Unión Radio el lunes 3 de agosto.
London recordó que se estaban solicitando una serie de medidas, pero tras los terremotos, se ha vuelto urgente que se tomen medidas especiales, no solo por una situación de empresas que tienen pérdidas importantes sino también la aminoración importante del mercado.
La competencia del Estado
El asesor explicó que tanto el Ejecutivo nacional como el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) tienen la responsabilidad de atender al mercado y agilizar los procesos de trámites en el país.
“Hay competencias que le corresponden al Ejecutivo Nacional; como por ejemplo, el establecimiento general de una prórroga para el cumplimiento de obligaciones tributarias de algunas zonas del país debe venir de un decreto del Ejecutivo. Las facultades están establecidas en el Código Orgánico Tributario para ello”, precisó London.
También recordó que el Seniat no puede modificar una ley o un reglamento, pero dentro de sus competencias puede aminorar el trámite burocrático que representa el cumplimiento de obligaciones formales. Sugirió que se le puede dar una orientación a los funcionarios de la administración tributaria para que sean “más flexibles o menos punitivos” en el ejercicio de las funciones de fiscalización y verificación.
Camilo London exhortó a la entidad gubernamental a hacer que la tributación contribuya al objeto de desarrollo del país y no que obstaculice el desarrollo económico que genera la riqueza necesaria para que podamos seguir avanzando en ese desarrollo.
“No se puede hablar de desarrollo social sin desarrollo económico, y no se puede hablar de desarrollo económico si no hay una propensión a que el sistema tributario cumpla con lo que establece la Constitución Nacional, que promueva un sistema tributario eficiente y que propenda al desarrollo económico del país. No atacar a la fuente, sino ayudar a la fuente a producir más para que, de esa manera, pueda contribuir más”, concluyó.