• Tarek William Saab, fiscal general del régimen, dijo a finales de mayo que Venezuela no recibía el apoyo necesario de la CPI. Esta última rechazó sus afirmaciones y solicitudes y dio plazo hasta el 21 de julio para que presentaran los debidos alegatos. Foto: Télam

La denuncia que hizo el fiscal del régimen venezolano, Tarek William Saab, sobre la falta de apoyo de la Corte Penal Internacional (CPI) a Venezuela, fue rechazada por dicha instancia, la cual argumentó que se llevó a cabo de forma “prematura”. En cambio, el máximo tribunal –con sede en La Haya– señaló que prosigue el examen preliminar en cuestión.

A pesar de que la resolución preliminar tiene fecha del 2 de julio de 2021, se hizo pública tres días después. La CPI dictaminó el 21 de julio como fecha límite para que el régimen de Nicolás Maduro presente sus alegatos. Además, el organismo internacional anunció que el documento de evaluación en el que ha trabajado hasta ahora –con base en testimonios de víctimas y testigos– se expondrá, a más tardar, el 23 de julio. 

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La Sala rechazó que el artículo 21 (3) del Estatuto (de Roma) pudiera servir como base para el amparo buscado. La Sala indicó que el marco legal de la Corte prevé una oportunidad procesal para presentar el tipo de impugnaciones que se estaban introducido por Venezuela (…) La Sala señaló que la disposición pertinente es el artículo 18 del Estatuto, aunque para que esté disponible, el Fiscal debe determinar que existe una base para proceder con una investigación. Debido a que esa determinación aún no se había anunciado, la Sala concluyó que la solicitud de Venezuela era prematura y la rechazó”, acota parte del texto de la CPI, el cual fue firmado por tres jueces: Péter Kovács, María del Socorro Flores Liera y Reine Adélaïde Sophie Alapini-Gansou.

Sucesos previos CPI – Venezuela

El 14 de junio, un día antes de que Fatou Bensouda culminara su periodo en el cargo de fiscal de la CPI, la Sala de Cuestiones Preliminares rechazó la impugnación (solicitud de control judicial) que pidió el régimen venezolano a finales de mayo. Además, Bensouda adelantó que había llegado a una conclusión. 

Desde el 5 de junio, la entonces fiscal respondió de forma breve a las denuncias de Saab sobre la falta de colaboración y el trato discriminatorio hacia el país: “Con total respeto, es incorrecto. Mi oficina se ha comprometido extensivamente con Venezuela incluso con la más alta autoridad“. En ese momento adelantó que el caso de Venezuela estaba muy cerca de pasar a la tercera fase: investigación de crímenes de lesa humanidad. 

A mediados de diciembre de 2020, la CPI comenzó una fase que permitió hacer un examen preliminar de posibles crímenes de lesa humanidad en el territorio nacional. Después del primer trimestre de 2021, Bensouda anunció que estaban próximos a anunciar su decisión. Confió en que sería, incluso, antes de que tuviera que entregar el cargo de fiscal. 

Sin embargo, esto no fue así. Actualmente el cargo de fiscal de la CPI está en manos de Karim Khan. Un abogado especialista en derecho penal internacional e internacional en derechos humanos. 

Es muy posible que Khan continúe con los esfuerzos de Bensouda para esclarecer la realidad venezolana en materia de actos que atentan los derechos humanos; y si realmente es necesario un proceso investigativo minucioso, como suponía la anterior fiscal. De acuerdo con el abogado Simón Gómez, “el fiscal Khan no tendría obstáculo para pronunciarse sobre la apertura de la investigación en la situación de Venezuela”. 

Desde que comenzó este proceso, las dos posibles opciones fueron claras. Cerrar el expediente o llevar el proceso a un nivel más profundo por medio de investigación de crímenes. Conforme ha evolucionado el caso, parece que la decisión se inclina más hacia el segundo escenario; aunque bajo la tutela de Khan la definición del porvenir se torna borrosa debido al poco tiempo que tiene en el cargo. 

CPI Venezuela
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Si todos los requisitos finalmente se cumplen para proceder a la próxima etapa y durante esta hallan pruebas contundentes de crímenes de lesa humanidad, la CPI tiene la potestad de imputar a los individuos ya señalados en el examen preliminar. 

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