• El Consulado de España en Caracas ha recibido 3.000 solicitudes para obtener la nacionalidad española con esta nueva legislación 

La Embajada de España en Venezuela, otorgó este jueves 16 de febrero, la nacionalidad española a 71 personas que viven en el país, como parte del proceso que contempla la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre pasado.

“Hoy debe ser un día feliz para todos ustedes, regresan a su patria de origen, sin dejar por ello su patria de adopción, Venezuela, donde se criaron, la tierra que acogió a sus padres, a sus abuelos y que aprendieron a amar por encima de cualquier otra”, señaló el embajador de España en Venezuela, Ramón Santos, en un acto en la sede de la Hermandad Gallega en Caracas.

Asimismo, dijo que la Ley de Memoria Democrática corrige “los vacíos” que dejó la Ley de Memoria Histórica, aprobada en 2007, sobre la posibilidad de que los hijos de españoles mayores de edad puedan obtener la nacionalidad, así como los descendientes de mujeres que perdieron la ciudadanía al casarse con un extranjero.

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“Lo que me importa resaltar es que estamos ante una ley ampliatoria de derechos, la nacionalidad española les da derechos políticos, votar en las elecciones generales, en las elecciones autonómicas, les dará tener un pasaporte, (…) les da derechos sociales y económicos, que podrán solicitar sobre la base de ciertas condiciones personales”, añadió.

Santos indicó a EFE que hasta el momento, el Consulado de España en Venezuela ha recibido 3.000 solicitudes para la nacionalización con esta nueva ley.

“Pensábamos, la verdad, que iban a haber más, pero es mejor para el consulado que la secuencia tenga ese ritmo. Nos da tiempo a ir sacando las nacionalizaciones con bastante velocidad”, indicó.

Harry Luis, de 44 años de edad, señaló a EFE que después de la aprobación de esta ley, tardó tres meses en obtener la nacionalidad española.

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“Desde el año 2007 estoy en la lucha de obtener la nacionalidad española y, gracias a Dios, primeramente, y a la Ley de Memoria Democrática, recién aprobada, pude optar siendo hijo mayor (de edad)”, explicó.

71 venezolanos se beneficiaron con la Ley de Memoria Democrática en lo que va a de 2023
EFE/ Rayner Peña R.

¿De qué trata la Ley de Memoria Democrática?

En julio de 2022, la Cámara Baja del Congreso de España aprobó el Proyecto de Ley de Memoria Democrática, también llamada Ley de Nietos.

Esta legislación permite a algunos descendientes de españoles exiliados, que perdieron su nacionalidad, optar por la nacionalidad.

“Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil u0022”, contempla la ley.

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¿Qué requisitos se necesitan para obtener la nacionalidad española por esta ley?

La persona solicitante deberá firmar un formulario por Internet.  Además, tiene que llenar la hoja declaratoria con sus datos, este proceso puede realizarse a mano o a computadora.

Los otros requisitos que debe llevar hasta el consulado son:

-Original y copia de la cédula de identidad o pasaporte que lo acredite como solicitante de la cita. (Se entrega luego de que se cotejen los datos).

-Original de la partida de nacimiento del solicitante expedido por el Registro Civil venezolano debidamente apostillada.
La fecha de emisión del documento debe ser como máximo cinco años anterior a la presentación de los documentos. (El original queda en el expediente).

-Original de la partida de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela, exiliado del solicitante que originariamente hubieran sido españoles.

-Copia compulsada o autenticada del documento que acredite la identidad de los progenitores del solicitante (cédula de identidad o pasaporte). Puede presentarse el original y una copia y se sellará en el momento de entregar la documentación.

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-Documentación que acredite la condición de exiliado del padre, madre, abuelo o abuela (si son documentos extranjeros han de estar apostillados o legalizados).

-Si el solicitante es nieto o nieta de una persona originalmente española. Además, se aportará original o copia certificada de la partida de nacimiento del padre o madre de la persona que tramita.
En el caso de no tener la partida de nacimiento del abuelo o abuela, el Consulado aceptará que se presente una copia del certificado de bautismo.

-Si el padre o madre, abuelo o abuela originariamente español nació en Venezuela, se deberá presentar su partida de nacimiento apostillada. La fecha de emisión del documento debe ser como máximo cinco años anterior a la presentación de los documentos. (El original queda en el expediente).

Con información de EFE

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