- En El Diario te explicamos las sanciones que se aplican en caso de infringir la Ley de Tránsito Terrestre
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) inició un operativo el 11 de enero de 2024 para el retiro de luces LED de todo tipo de vehículos en el territorio nacional. La Ley de Tránsito Terrestre en Venezuela penaliza las modificaciones de las estructuras de los automóviles.
La sanción está estipulada en el artículo 169, numeral 21 del reglamento, el cual restringe la instalación de dispositivos que puedan ocasionar daños o inconvenientes en la vialidad.
Quienes incumplan la norma están sujetos a una multa de 10 unidades tributarias (UT). Una persona que haya infringido la norma debe pagar 90 bolívares o 2,5 dólares, de acuerdo con la tasa fijada (Bs. 35,9) por el Banco Central de Venezuela (BCV) para la fecha.
¿Cuál es el valor de la Unidad Tributaria en Venezuela?
La Unidad Tributaria tiene un valor de 9 bolívares desde mayo de 2023.
La Ley de Tránsito Terrestre en Venezuela penaliza el uso de luces LED (Light Emitting Diode, que en español se traduce como diodo emisor de luz) por considerar que provocan daño en los ojos, ya que pueden acumular residuo celular llamado lipofuscina en el epitelio de la retina, de acuerdo con estudios realizados sobre sus efectos.
Otras modificaciones de vehículos que implican una multa
El reglamento también aplica restricciones en el caso de otros accesorios para vehículos, como el antiespías para placas. La legislación establece que si bien está permitido su uso, estos no deben impedir la visibilidad de la nomenclatura.
La Ley de Tránsito Terrestre regula su uso en el artículo 170, numeral 11, el cual explica que las placas identificadoras no podrán estar ocultas, ni ser impedida su visibilidad con objetos de carácter ornamental o de otro tipo; ni podrá adherirse o colocar inscripciones, dibujos o marcas. Quienes dispongan de estos detalles pueden ser sancionados con 5 UT (45 bolívares o 1,25 dólares).
Por otra parte, el numeral 12 de la legislación también multa el uso indebido de sirenas, luces o dispositivos audibles que sean utilizados para hacer presumir una situación de emergencia y generar confusión en las vías públicas. Quienes infrinjan esta norma pueden ser multados con 5 UT (45 bolívares o 1,25 dólares).
Reacciones en las redes sociales
Algunos usuarios han manifestado estar de acuerdo con la decisión del organismo de tránsito, pero otros les exigen a las autoridades otras medidas como, por ejemplo, el reacondicionamiento de las carreteras y autopistas del país.
Otro usuario llamado Miguel coincidió con la idea anterior y agregó lo siguiente a través de su cuenta personal:
Los usuarios coinciden en que la medida debe ser aplicada contra los infractores, pero también consideran necesarios los operativos por parte del INTT para que las vías se encuentren iluminadas.