- La sede consular confirmó que las fiestas decembrinas no interrumpirán la recepción de los documentos
El Consulado de España en Caracas informó el martes 8 de noviembre que aumentó un 10 % las citas disponibles para las solicitudes relacionadas con la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos.
La sede consular confirmó a través de sus redes sociales que, hasta el momento, han recibido 100 expedientes relacionados con esta ley.
Asimismo, el Consulado de España en Caracas confirmó que el periodo de fiestas navideñas no interrumpirá la recepción de los documentos.
“Respecto a la Ley de Memoria Democrática, no hagas caso a los bulos en redes sociales e infórmate por fuentes oficiales. Iremos publicando respuestas a las preguntas más frecuentes”, agregó.
Hoy en el Consulado hemos recibido el expediente número 100 de la #leydememoriademocrática y hemos aumentado un 10% las citas disponibles. La recepción de expedientes NO se interrumpe durante el periodo navideño. Hay citas disponibles (Registro Civil).#LMD
— Consulado General de España en Caracas (@ConsEspCaracas) November 8, 2022
Primeras solicitudes de la Ley de Nietos o LMD
El 4 de noviembre de 2022 fueron recibidas por el Consulado de España en Caracas las primeras solicitudes de nacionalidad española conforme a la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos.
Ese mismo día, la institución confirmó que las citas para la entrega de la documentación estaban agotadas. Por esta razón, el Consulado pidió a los solicitantes no tomar citas para otros trámites del Registro Civil Consular que no estén relacionados con la petición de la Ley de Nietos. Esto debido a que podría ocasionar retrasos en el proceso.
La Ley de Nietos o LMD entró en vigor el 21 de octubre de 2022. Sin embargo, no fue hasta el 3 de noviembre que el Consulado en Caracas comenzó a recibir la documentación, debido a que faltaba la publicación del Boletín Oficial del Estado español.
Esta ley fue aprobada en el Palacio de la Moncloa en Madrid (España) el 4 de octubre de 2022. Tiene como propósito reconocer la nacionalidad española de los hijos, hijas, nietos y nietas de españoles exiliados de su país por causas políticas o religiosas entre los años 1936 y 1978.
“Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil”, declara la nueva ley.