• La declaración de la Santa Sede son respuestas a las consultas de un obispos de Brasil sobre la participación de las personas transexuales en la iglesia | Foto: EFE

El Vaticano afirmó que una persona transexual puede ser bautizado y ejercer como padrino o madrina de este sacramento pero “con condiciones”, en respuesta a las dudas en esta materia de un obispo brasileño.

La Congregación para la Doctrina de la Fe publicó un texto firmado el 31 de octubre por el papa Francisco y su prefecto, el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, para responder a las dudas sobre la participación en bautismos y bodas de personas transexuales y homosexuales planteadas por el obispo de Santo Amaro, José Negri.

“Un transexual, que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o a una intervención quirúrgica de reasignación de sexo, puede recibir el bautismo con las mismas condiciones del resto de fieles”, fue la respuesta del Vaticano.

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EFE/Miguel Gutiérrez

Agregó que “en el caso de niños o adolescentes con problemáticas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos pueden recibir el bautismo”.

La Congregación considera que cuando haya dudas sobre la “situación moral objetiva” de una persona, la Iglesia enseña que cuando el sacramento es recibido sin un arrepentimiento por pecados graves, el sujeto no recibe la gracia santificadora pese a recibir su carácter sacramental.

El documento justifica esta postura citando a Santo Tomás de Aquino o San Agustín y recuerda que el propio papa Francisco defiende que el bautismo “es la puerta que permite a Cristo establecerse en la persona” y que la Iglesia “no es una aduana sino una casa paterna donde hay lugar para todos”.

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Sobre ser padrinos o madrinas

La segunda pregunta del obispo brasileño es si una persona transexual puede ser padrino o madrina en un bautismo.

“En determinadas condiciones, se puede admitir la tarea de padrino o madrina a un transexual adulto que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o una intervención quirúrgica de reasignación de sexo. Sin embargo, no constituyendo esto un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita cuando se verifique un peligro de escándalo, de indebidas legitimaciones o de una desorientación en ámbito educativo de la comunidad eclesial”, indica el documento.

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Sobre si una persona transexual puede ser testigo de una boda, el Vaticano mencionó que no hay nada en la vigente legislación canónica universal que prohíba a una persona transexual ser testigo de un matrimonio.

El documento también responde a la pregunta de si dos personas “homoafectivas” pueden figurar como padres de un niño que debe ser bautizado y que ha sido adoptado u obtenido con otros métodos como la maternidad subrogada o vientre de alquiler.

En este sentido, explica que para que un niño sea bautizado debe darse la fundada esperanza de que será educado en la religión católica.

Asimismo, respondiendo a la duda de si un homosexual puede apadrinar a un bautizado, se subraya que el derecho canónico dicta que pueden ser padrino o madrina quienes posean la actitud y conduzca una vida conforme a la fe y al encargo que asume.

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“En todo caso, la debida prudencia pastoral exige que cada situación sea sabiamente ponderada para proteger el sacramento del bautismo y sobre todo su recepción”, alega.

Pide considerar el “valor real” que la comunidad eclesial da a los papeles de padrino y madrina, así como a tener en cuenta “la posibilidad” de que alguien del círculo familiar haga de “garante” para la “correcta transmisión” de la fe católica al bautizado.

Por último, el Vaticano apuntó que no hay nada en la vigente legislación canónica universal que prohíba a una persona homoafectiva y que convive ser testigo en una boda.

Con información de EFE

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