• La diligencia se lleva a cabo por las ejecuciones extrajudiciales de Oscar Pérez y otras seis personas por parte de agentes de seguridad del régimen de Nicolás Maduro 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó un caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra el régimen de Nicolás Maduro por las ejecuciones extrajudiciales de Oscar Pérez y otras seis personas, por parte de agentes de seguridad estatales en 2018 durante la denominada masacre de El Junquito.

En un comunicado, la organización señaló que en el informe de fondo la CIDH concluyó que el uso de la fuerza letal por parte del Estado venezolano “fue incompatible con las obligaciones internacionales”. 

En este sentido, consideran que no se cumplió con el principio de absoluta necesidad ni se adoptaron medidas menos lesivas, lo que dio como resultado la “ejecución extrajudicial” de siete personas ya neutralizadas. 

La comisión señaló que las víctimas fueron acorraladas y posteriormente ejecutadas, lo cual evidenció la violación del derecho a la vida y de la integridad personal”, destacó. 
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Los hechos

La CIDH recordó que Oscar Pérez, agente activo del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), fue considerado crítico al régimen tras emitir declaraciones en contra de Nicolás Maduro y ser cofundador del Movimiento Equilibrio Nacional.  

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A mediados de diciembre de 2017, el Movimiento Equilibrio Nacional ingresó a un cuartel de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) en San Pedro de Los Altos, a las afueras de Caracas, donde se llevaron varios fusiles y pistolas. 

Posteriormente, Oscar Pérez publicó un video de lo ocurrido a través de su cuenta de Twitter, en el que manifestó que había realizado “la Operación Génesis”. El mismo día, Maduro ordenó el uso de la fuerza contra el grupo, a quienes describió como terroristas.

En enero de 2018, alrededor de 500 funcionarios de fuerzas de seguridad atacaron la residencia en El Junquito donde se encontraban Oscar Pérez y otros seis miembros del movimiento. 

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“A pesar de que, tal y como lo muestran diversos videos grabados por Oscar Pérez, las víctimas se rindieron y manifestaron su disposición para iniciar una negociación, las autoridades estatales ingresaron a la vivienda, utilizando armamento pesado. Todas las víctimas perdieron la vida durante el operativo”, puntualizó la organización.

Trabajo de la CIDH

La CIDH, un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), describe que su mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“La CIDH tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia”, destaca en el comunicado.

La comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

Intimidaciones contra familiares

La CIDH detalló que las autopsias y fotos publicadas en medios indicaron que las víctimas habrían sido ejecutadas con “tiros de gracia”. Tras su muerte, los familiares enfrentaron intimidaciones y el Estado no les permitió realizar un funeral adecuado.

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Sobre las garantías judiciales, la comisión observó, entre otros elementos, la falta de documentación sobre la apertura de una investigación, la demolición del lugar de los hechos, así como la ausencia de preservación de evidencia.

La CIDH señala que hubo una impunidad persistente y violación de derechos de las familias, principalmente debido a la imposibilidad de realizar entierros y ritos funerarios de acuerdo con sus creencias para despedir a sus seres queridos.

(Esto) constituyó una afectación a su integridad psíquica y moral, y una violación a los derechos a la integridad personal y la libertad de conciencia y religión”, alegó la organización. 

El Estado es responsable

Debido a todo lo expuesto, la CIDH concluyó que “el Estado venezolano es responsable” por la violación de los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, libertad de conciencia y religión y protección judicial, “en perjuicio de las personas identificadas en cada una de las secciones del informe”.

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En consecuencia, la comisión recomendó al Estado de Venezuela las siguientes medidas de reparación: 

1-Reparar integralmente las violaciones de derechos humanos tanto en el aspecto material como inmaterial. 

2-Realizar una investigación diligente y oportuna de los hechos para identificar a las personas responsables y aplicar las sanciones correspondientes. 

3-Disponer mecanismos de no repetición que incluyan:

-La capacitación de agentes policiales y militares en cuanto a estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal.

-Establecer mecanismos adecuados de rendición de cuentas respecto de abusos cometidos por los miembros de tales cuerpos de seguridad.

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