• La mayoría de los casos están dirigidos a mujeres, quienes han denunciado ser víctimas de violencia por parte de sus exparejas

El Síndrome de Alienación Parental (SAP) surgió en la década de los años 80 gracias al psiquiatra estadounidense Richard Gardner. El profesional aseguraba que un menor de edad podía llegar a acusar falsamente a uno de sus padres de algún tipo de abuso, mediante la manipulación de su otro progenitor, durante un proceso de custodia.

Sin embargo, esta teoría fue rechazada por científicos y no es reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS). De hecho, activistas y organizaciones lo consideran una forma de violencia contra la mujer. De acuerdo con Marcela Huaita Alegre, presidenta del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi) de la Organización de Estados Americanos (OEA), el uso del SAP en juicios por custodias se ha convertido en un “negocio” para los defensores de “abusadores”. 

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En una entrevista para el diario El País de España el 4 de enero, Huaita Alegre mencionó que “el supuesto síndrome” se estaría utilizando en casos donde hay un ejercicio de la violencia contra las mujeres y que han sido denunciados.

“Como respuesta a este ejercicio de violencia, el hombre argumenta la alienación parental por parte de las madres y el pedido de custodia”, explicó la también abogada. 

¿Qué es el Síndrome de Alienación Parental y por qué se usa en casos legales de custodia?

Colombia prohíbe el uso del SAP

El 30 de noviembre de 2023 la Corte Constitucional de Colombia prohibí el uso del síndrome de alienación parental por considerar que lesiona los derechos prevalentes de niños, niñas y adolescentes; reproduce estereotipos de género y genera eventos de discriminación y, por lo tanto, violencia contra la mujer en razón del género.

La medida fue tomada por la magistrada Diana Fajardo, quien atendió un caso en el que un padre con antecedentes por violencia intrafamiliar denunciaba a su expareja por supuestamente arrebatarle a su hijo.

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En la sentencia se conoció que la madre se fue de la casa con su hijo en 2016 y solicitó medidas de protección para ambos, además de una demanda de custodia y cuidado personal en contra de su expareja. Por esta razón, un juzgado suspendió de forma inmediata y provisional el régimen de visitas y ante la negativa a los recursos que interpuso el padre, el juzgado emitió una acción de tutela. 

¿Qué es una acción de tutela?

De acuerdo con el blog AF Firma Legal, la acción de tutela es un mecanismo judicial que permite a cualquier individuo solicitar a los jueces, en cualquier lugar y momento, la salvaguarda inmediata de sus derechos fundamentales. Esta acción constitucional se activa cuando tales derechos son violados o amenazados por acciones o negligencias de las autoridades públicas y, en ciertas situaciones, de particulares.

En ese entonces, el niño llegó a afirmar que tenía miedo de su papá “porque iba a llevar a la cárcel a su mamá”. El hombre aseguró que las afirmaciones de su hijo eran el resultado de una “alineación parental” que también había detectado una trabajadora social de familia que había entrevistado al niño.

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Posteriormente, el hombre presentó una denuncia contra su expareja por presunto ejercicio arbitrario de la custodia, pero se archivó. Hasta que en 2019 un juzgado de familia suspendió provisionalmente el régimen de visitas del padre al menor de edad.

En octubre de 2021, la Sala de Selección de Tutelas número Diez de la Corte Constitucional seleccionó el caso para revisión de la Corte, con fundamento en el criterio subjetivo: “Necesidad de materializar un enfoque diferencial y urgencia de proteger un derecho fundamental”.

¿Qué es el Síndrome de Alienación Parental y por qué se usa en casos legales de custodia?

Un precedente en la región 

Teresa Inchaustegui, experta Mesecvi de la OEA, afirmó para el medio Efeminista que esta decisión de la Corte de Colombia marca un precedente en toda América Latina.

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“Se habían estado presentando varios casos en la región en los que se usaba este Síndrome de Alienación Parental y en los que se ha sacado a colación esto como un recurso para vulnerar los derechos humanos de las víctimas de violencia familiar y para generar fallos de custodia a favor de los agresores. Para nosotras que se dé este paso es algo muy alentador”, dijo.

Inchaustegui destacó que el precedente que deja esta sentencia es el cierre de todas las interpretaciones oficiosas que se hacen para modificar la defensa de los derechos de las víctimas de violencia. 

“Es un paso muy importante para que en el resto de países de la región, donde los jueces todavía están haciendo valer estos recursos, se detenga y en Colombia para desmantelar toda esta red que ha estado trabajando por esa línea”, expresó. 

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