• El despliegue comenzará el lunes 27 de febrero. El decreto implica más controles de verificación y el uso de la fuerza en casos específicos

El gobierno de Chile ordenó un despliegue militar en las fronteras con Perú y Bolivia a partir del lunes 27 de febrero en un intento por controlar el ingreso masivo de migrantes a través de pasos no habilitados en estas zonas.

El presidente de Chile, Gabriel Boric, aprobó un decreto que permitirá la militarización con el objetivo de aumentar la vigilancia policial en estos pasos no autorizados. 

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El decreto establece un marco legal bajo el cual los militares pueden actuar y solicitar documentación a los migrantes.

¿Cuáles son las medidas que establece el decreto?

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Foto: EFE

El instrumento legal detalla que la armada chilena podrá llevar a cabo un proceso de verificación de identidad en caso de que exista presunción de un posible de delito por parte del migrante.

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El diario El Mercurio de Chile reseñó que, en caso de una ilegalidad, los uniformados deberán actuar bajo un protocolo que implica como última opción el uso de la fuerza.

Los operativos se instalarán al norte del país en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta.

El uso de la fuerza en la frontera

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Foto: El Mercurio

El decreto establece que “antes de recurrir al uso de la fuerza o empleo del arma de fuego, se deben tomar todas las medidas razonables para disuadir a toda persona o grupo de cometer una agresión”.

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Si la persona o el grupo de personas que vulnere la frontera no se detiene, los funcionarios pueden accionar granadas de humo, gas pimienta o lacrimógeno.

El siguiente paso en caso de la negativa a un control es el uso de armamento no letal o antidisturbios. Se especifica que no se podrá disparar a quemarropa ni apuntar directo al rostro.

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En caso de que la negativa persista, el texto señala que los militares podrán “realizar disparos de advertencia”.

La medida prohíbe el uso de armas de fuego. El único caso donde se permite utilizar esta acción de defensa es cuando una persona tenga en su disposición “armas letales que pongan en peligro la vida de otras personas”.

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