Detuvieron a un hombre por abuso sexual de una adolescente en Zulia

Andreína Barreto Jové
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  • Javier Enrique Aconcha Ruidíaz, de 31 años de edad, fue detenido in fraganti dentro de su vivienda | Foto principal: Pixabay

La Policía del estado Zulia (CPEZ) detuvo a un hombre por el presunto abuso sexual de una adolescente, de 15 años de edad, en el sector Rafel Caldera, parroquia El Rosario, en el municipio Rosario de Perijá.

De acuerdo con la información que publicó el cuerpo policial en su cuenta de Instagram, Aconcha Ruidíaz fue detenido in fraganti dentro de su vivienda, donde se encontraba con la adolescente.

La menor de edad fue trasladada al Centro de Diagnóstico Integral San Andrés para que se le realizara la evaluación forense correspondiente. Mientras que el detenido fue puesto a disposición de la Fiscalía 41 del Ministerio Público del estado Zulia.

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Foto: CPEZ
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Foto: Revista CICPC

Otro detenido por abuso sexual 

Un hecho similar ocurrió el 8 de abril de 2024, cuando el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) detuvo a un hombre apodado como el “Depredador de los Telares”, por presunto abuso sexual infantil en Caricuao, municipio Libertador de Caracas.

El operativo de búsqueda y captura comenzó luego de que el cuerpo policial recibió varios denuncias de violencia sexual en los sectores Ruiz Pineda y Los Telares, en la parroquia Caricuao.

Según el CICPC, Chaparro supuestamente se valió de su trabajo de parquero de un zona comercial para cometer los abusos y, posteriormente, tomar fotografías de las menores de edad y amenazarlas de muerte.

Javier Chaparro fue puesto a disposición de la Fiscalía 101° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.

Condenas por abuso sexual infantil en Venezuela

La Ley Orgánica de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna) establece las penas contra los actos de violencia y abuso contra menores de edad en Venezuela. Mientras que las condenas por abuso sexual infantil en el país están establecidas en el Código Penal.; el artículo 183.3 contempla un tipo agravado del delito a menores de 16 años de edad.

Además, la ley establece que los agravantes en el delito de abuso sexual a menores de 16 años de edad son: si la víctima se encontraba en una situación especial vulnerabilidad; si los hechos se cometían por la actuación conjunta de dos o más personas o cuando el responsable se prevalía de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, hermano o afín con la víctima para cometer el delito, entre otros.

Andreína Barreto Jové
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