• El incremento, fue publicado en Gaceta Oficial, representa un ajuste de 1.233% en comparación con el año anterior

Luego de haber concluido la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR) el 21 de marzo, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) aumentó el valor de la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 1.500 a Bs. 20.000 , de acuerdo con la providencia publicada en Gaceta Oficial con fecha del 6 de abril de 2021. Esta medida representa apenas un ajuste de 1,233% . 

Alza en 2020 En marzo de 2020, el valor de la UT tuvo un alza de 2.900% al pasar de Bs. 50 a Bs.1.500.

Alejandro Castro, economista y gerente de Operaciones de la firma Econométrica, expresó en exclusiva para El Diario que tomando en cuenta la inflación interanual en Venezuela (3.623% de marzo 2020 a marzo 2021) que registraron los expertos de la institución, el ajuste de la UT es insuficiente para hacer frente a la crisis económica del país.

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“La inflación fue tres veces mayor que el ajuste que plantearon en la Unidad Tributaria. Eso en la práctica quiere decir que la UT tiene en la actualidad un tercio del valor de lo que tenía hace un año. Para que tenga el mismo valor que tenía 2020, el ajuste debió haber sido cerca de los 60.000 bolívares”, agregó Castro.

El economista explicó que la recaudación de impuestos es el “núcleo principal” de los ingresos del Estado y si esa entrada de dinero sufre una caída debido al desnivel entre la inflación y el valor de la UT, el gobierno se ve tentado a financiarse por la vía monetaria.

El Estado va al Banco Central de Venezuela (BCV) y entrega un pagaré por una cifra específica de millones de bolívares y esta institución, realiza la transferencia para que el gobierno utilice esos bolívares para el pago de misiones, de compra de insumos para hospitales, en pagos a policías, etc. Eso, lamentablemente, va incrementando la inflación”, detalló el gerente de Operaciones de Econométrica.
¿Cómo incide el aumento del valor de la Unidad Tributaria en Venezuela?
Foto cortesía

Providencia administrativa mediante la cual se reajusta el valor de la UT

Artículo 1°. Se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) a VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00).nnArtículo 2°. El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.nnArtículo 3°. En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.nnArtículo 4°. Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2020/00006, de fecha 21 de enero de 2020, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.839, de fecha 13 de marzo de 2020.

Ya no se cancelan en UT sino en petros

Los trámites como multas, cálculo del bono de alimentación (o cestaticket), así como aranceles de importación, pasaporte y de vehículos, anteriormente se calculaban en función de la Unidad Tributaria. Sin embargo, con la implementación del petro, ahora los cálculos se realizan con base en esta moneda digital. 

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El 1° de julio de 2020, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) implementó la norma de una tarifa con anclaje en petro para todos los trámites que realiza el órgano. De igual forma, el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), fijó que sus trámites se deben cancelar en petros. Las tasas aeroportuarias también son canceladas en este criptomoneda.

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Foto: José Daniel Ramos

Código Órganico Tributario

El 29 de enero de 2020 se publicó en Gaceta Oficial N° 6.507 el Decreto Constituyente en el cual se dicta el Código Orgánico Tributario (COT), que es una ley que regula las relaciones entre las administraciones tributarias y los contribuyentes. El COT establece la forma en que deben desarrollarse los procedimientos del funcionamiento de la Administración Tributaria. 

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El decreto entró en vigencia el 29 de febrero de ese mismo año eliminando la exigencia de la opinión favorable de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional. Los entes públicos que usaban la UT para determinar beneficios laborales, tasas o contribuciones tuvieron que sustituirla por otras unidades de medida.

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